Legislación
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LEY 1/2009, de 30 de marzo, del Consejo Consultivo de Aragon. - Boletín Oficial de Aragón de 08-04-2009

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: Aragón

Estado: VIGENTE. Validez desde 02 de Octubre de 2021

F. entrada en vigor: 08/04/2009

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ARAGON

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 68

F. Publicación: 08/04/2009


PREÁMBULO
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1.-Naturaleza. Artículo 2.-Autonomía. Artículo 3.-Sede.
TÍTULO II. Composición
Artículo 4.-Miembros. Artículo 5.-Nombramiento del Presidente. Artículo 6.-Nombramiento de los miembros. Artículo 7.-Participación de las Cortes de Aragón. Artículo 8.-Duración del mandato. Artículo 9.-Incompatibilidades. Artículo 10.-Deber de abstención. Artículo 11.-Cese. Artículo 12.-Retribuciones.
TÍTULO III. Competencias
Artículo 13.-Solicitud de dictamen. Artículo 14.-Naturaleza de los dictámenes. Artículo 15.-Dictámenes preceptivos. Artículo 16.-Dictámenes facultativos.
TÍTULO IV. Funcionamiento
Artículo 17.-Funciones del Presidente. Artículo 18.-Del Pleno y de la Comisión. Artículo 19.-Atribuciones del Pleno. Artículo 20.-Atribuciones de la Comisión. Artículo 21.-El Secretario. Artículo 22.-Adopción de acuerdos. Artículo 23.-Plazos para la emisión de dictámenes y publicidad de su actividad. Artículo 24.-Documentación y audiencia.
TÍTULO V. Medios personales y materiales
Artículo 25.-Personal. Artículo 26.-Presupuesto.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única.-Términos genéricos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.-Constitución del Consejo Consultivo. D.T. 2ª.-Reglamento provisional de funcionamiento. D.T. 3ª.-Personal de la Comisión Jurídica Asesora.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.-Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.-Reglamento orgánico. D.F. 2ª.-Entrada en vigor.