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LEY 1/2019, de 30 de enero, de la actividad física y el deporte de Canarias. - Boletín Oficial de Canarias de 08-02-2019

Tiempo de lectura: 22 min

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Ambito: Canarias

Estado: VIGENTE. Validez desde 09 de Abril de 2019

F. entrada en vigor: 08/02/2019

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

Boletín: Boletín Oficial de Canarias Número 27

F. Publicación: 08/02/2019

  • Hay que tener en cuenta que las secciones 3ª y 4ª, del Capítulo II del Título VI entrarán en vigor el 8 de febrero de 2020.

PREÁMBULO
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la ley. Artículo 2. Funciones, reconocimiento y principios rectores del deporte. Artículo 3. Colectivos de atención específica. Artículo 4. Igualdad efectiva de mujeres y de hombres. Artículo 5. Diversidad sexual e inclusión en el deporte. Artículo 6. Definiciones.
TÍTULO II. LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS CANARIAS Y EL DEPORTE
Artículo 7. Principios generales. Artículo 8. Planificación de la política deportiva. Artículo 9. Competencias comunes de las administraciones públicas canarias. Artículo 10. Competencias de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Artículo 11. Competencias de los cabildos insulares. Artículo 12. Competencias de los ayuntamientos canarios. Artículo 13. Relaciones interadministrativas. Artículo 14. El Consejo Canario del Deporte. Artículo 15. Observatorio Canario de la Actividad Física y el Deporte.
TÍTULO III. LA ACTIVIDAD DEPORTIVA
CAPÍTULO I. LAS COMPETICIONES DEPORTIVAS
Artículo 16. Tipología de la actividad deportiva. Artículo 17. Clasificación de las competiciones y actividades deportivas. Artículo 18. De la seguridad en las competiciones deportivas. Artículo 19. Los derechos y deberes de las personas deportistas, personal técnico, arbitral y jueces y juezas deportivos. Artículo 20. Derechos de retención y formación. Artículo 21. Deportistas de alto rendimiento y practicantes de deporte autóctono de alto nivel. Artículo 22. Actividades deportivas con riesgo intrínseco. Artículo 23. Competiciones no oficiales. Artículo 24. El Centro Canario de Apoyo al Deportista.
CAPÍTULO II. LOS DEPORTES Y JUEGOS MOTORES AUTÓCTONOS Y TRADICIONALES
Artículo 25. Principios rectores. Artículo 26. El centro de tecnificación de la lucha canaria. Artículo 27. Modalidades.
CAPÍTULO III. DEPORTE Y SALUD
Artículo 28. La asistencia sanitaria de las personas deportistas. Artículo 29. El seguro de accidentes obligatorio. Artículo 30. Prevención del dopaje. Artículo 31. La Comisión Antidopaje de Canarias.
CAPÍTULO IV. LAS TITULACIONES, EL EJERCICIO PROFESIONAL DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y LA INVESTIGACIÓN DEPORTIVA
Artículo 32. Las titulaciones deportivas. Artículo 33. Servicios deportivos. Artículo 34. La investigación deportiva. Artículo 35. La Escuela Canaria del Deporte.
CAPÍTULO V. DEPORTE EN EDAD ESCOLAR Y UNIVERSITARIO
Artículo 36. El deporte en edad escolar. Artículo 37. Deporte universitario.
CAPÍTULO VI. EL FOMENTO DEL DEPORTE
Artículo 38. Las subvenciones y becas. Artículo 39. Premios. Artículo 40. El patrocinio deportivo. Artículo 41. Difusión de los deportes autóctonos y tradicionales.
TÍTULO IV. LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS
CAPÍTULO I. ORDENACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS
Artículo 42. Normativa en instalaciones deportivas. Artículo 43. El Plan Director de Instalaciones Deportivas de Canarias (Pdidcan). Artículo 44. Los planes insulares de instalaciones deportivas. Artículo 45. El planeamiento municipal de instalaciones deportivas. Artículo 46. Instrumentos de ordenación. Artículo 47. Declaración de utilidad pública. Artículo 48. Apertura de establecimientos. Artículo 49. Planificación y diseño de las instalaciones públicas. Artículo 50. Uso de las instalaciones. Artículo 51. El Censo de Instalaciones Deportivas de Canarias. Artículo 52. Tipología y clasificación.
CAPÍTULO II. LOS ESPACIOS DEPORTIVOS EN SU ENTORNO
Artículo 53. Los espacios deportivos para el deporte en el medio urbano. Artículo 54. Los espacios deportivos para el deporte en el medio natural.
CAPÍTULO III. SEGURIDAD E INFORMACIÓN
Artículo 55. Cobertura de riesgos de instalaciones y equipamientos. Artículo 56. Información en las instalaciones y equipamientos.
TÍTULO V. LAS ENTIDADES DEPORTIVAS
CAPÍTULO I. GENERALIDADES
Artículo 57. Entidades deportivas. Artículo 58. Clasificación de las entidades deportivas. Artículo 59. Certificado negativo del registro de las personas delincuentes sexuales.
CAPÍTULO II. LAS ENTIDADES DEPORTIVAS BÁSICAS
Artículo 60. Los clubes deportivos. Artículo 61. Los grupos de recreación físico-deportiva. Artículo 62. Los clubes o grupos de recreación físico-deportiva constituidos por entidades no deportivas. Artículo 63. Las agrupaciones deportivas. Artículo 64. Las sociedades anónimas deportivas.
CAPÍTULO III. LAS FEDERACIONES DEPORTIVAS CANARIAS
SECCIÓN 1.ª Concepto y funciones
Artículo 65. Las federaciones deportivas canarias. Artículo 66. Las funciones de las federaciones deportivas canarias.
SECCIÓN 2.ª Reconocimiento y organización
Artículo 67. Reconocimiento. Artículo 68. Organización interna y territorial. Artículo 69. Código de buen gobierno. Artículo 70. Las comunicaciones y notificaciones.
SECCIÓN 3.ª Régimen económico-financiero
Artículo 71. Régimen económico-financiero. Artículo 72. Remuneración del personal directivo de las federaciones.
SECCIÓN 4.ª Régimen electoral
Artículo 73. Régimen electoral.
SECCIÓN 5.ª Tutela de la Administración
Artículo 74. Facultades de tutela de la Administración.
CAPÍTULO IV. LAS FEDERACIONES CANARIAS DE LOS DEPORTES Y JUEGOS MOTORES AUTÓCTONOS Y TRADICIONALES
Artículo 75. Las federaciones canarias de deportes y juegos motores autóctonos y tradicionales.
CAPÍTULO V. LAS SELECCIONES CANARIAS
Artículo 76. Selecciones canarias.
CAPÍTULO VI. EL REGISTRO DE ENTIDADES DEPORTIVAS DE CANARIAS
Artículo 77. El Registro de Entidades Deportivas de Canarias.
TÍTULO VI. LA JUSTICIA DEPORTIVA
CAPÍTULO I. LOS RECURSOS EN EL ÁMBITO DEPORTIVO
Artículo 78. Tipología de los recursos. Artículo 79. Cumplimiento de requisitos de las instalaciones deportivas.
CAPÍTULO II. LA DISCIPLINA DEPORTIVA
SECCIÓN 1.ª Generalidades
Artículo 80. Ámbito de la disciplina deportiva. Artículo 81. Concepto. Artículo 82. Potestad disciplinaria. Artículo 83. Ejercicio de la potestad disciplinaria. Artículo 84. Contenido mínimo de la normativa disciplinaria.
SECCIÓN 2.ª Clasificación y tipificación de las infracciones
Artículo 85. Clasificación de las infracciones. Artículo 86. Infracciones muy graves. Artículo 87. Infracciones graves. Artículo 88. Infracciones leves.
SECCIÓN 3.ª Sanciones
Artículo 89. Sanciones.
SECCIÓN 4.ª Causas modificativas o extintivas de la responsabilidad
Artículo 90. Causas modificativas o extintivas de la responsabilidad.
SECCIÓN 5.ª La prescripción
Artículo 91. Prescripción.
SECCIÓN 6.ª Procedimiento
Artículo 92. Condiciones mínimas del procedimiento. Artículo 93. Ejecutividad de las sanciones. Artículo 94. Compatibilidad de la disciplina deportiva.
SECCIÓN 7.ª El Comité Canario de Disciplina Deportiva
Artículo 95. Generalidades. Artículo 96. Composición.
CAPÍTULO III. LA JUNTA CANARIA DE GARANTÍAS ELECTORALES DEL DEPORTE
Artículo 97. Generalidades. Artículo 98. Composición.
CAPÍTULO IV. LA RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE CONFLICTOS EN EL DEPORTE
Artículo 99. La mediación, conciliación y el arbitraje. Artículo 100. El Tribunal Arbitral del Deporte Canario.
TÍTULO VII. EL VOLUNTARIADO DEPORTIVO
Artículo 101. El voluntariado deportivo.
TÍTULO VIII. USO DE LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS, INFORMÁTICOS Y TELEMÁTICOS
Artículo 102. Uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Régimen electoral singular. D.A. 2ª. El reconocimiento de nuevas modalidades deportivas. D.A. 3ª. Ley canaria del ejercicio profesional de los servicios deportivos. D.A. 4ª. Aprobación de planes estratégicos de la lucha canaria y de los juegos y deportes autóctonos y tradicionales. D.A. 5ª. Aprobación del Observatorio Canario del Deporte.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Adaptación de las normas estatutarias y reglamentarias de las entidades deportivas anteriores a la entrada en vigor de la ley. D.T. 2ª. Clubes deportivos ya constituidos y registrados antes de la entrada en vigor de la ley. D.T. 3ª. Reglamentación jurídico-deportiva vigente. D.T. 4ª. Mecenazgo deportivo. D.T. 5ª. Federaciones canarias sin código de buen gobierno. D.T. 6ª. Régimen sancionador en materia de dopaje, violencia, xenofobia, racismo e intolerancia.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Disposiciones que se derogan.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 2ª. El Plan Director de Instalaciones Deportivas de Canarias. D.F. 3ª. Ley 4/2011, de 18 de febrero, de fomento de la colombofilia canaria y protección de la paloma mensajera de la Comunidad Autónoma de Canarias. D.F. 4ª. Régimen jurídico de juegos motores y deportes autóctonos y tradicionales. D.F. 5ª. Entrada en vigor.