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LEY 1/2021, de 11 de febrero, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2021. - Boletín Oficial del Pais Vasco de 17-02-2021

Tiempo de lectura: 13 min

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Ambito: País Vasco

Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Febrero de 2021

F. entrada en vigor: 18/02/2021

Órgano emisor: LEHENDAKARITZA

Boletín: Boletín Oficial del Pais Vasco Número 35

F. Publicación: 17/02/2021

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

TÍTULO I. APROBACIÓN Y CONTENIDO DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE EUSKADI PARA EL EJERCICIO 2021
Artículo 1.- Aprobación. Artículo 2.- Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Artículo 3.- Presupuestos de los organismos autónomos. Artículo 4.- Presupuestos de los entes públicos de derecho privado. Artículo 5.- Presupuestos de las sociedades públicas. Artículo 6.- Presupuestos de las fundaciones del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Artículo 7.- Presupuestos de los consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Artículo 8.- Presupuesto consolidado del ente público Radio Televisión Vasca y de la sociedad pública de gestión de los servicios públicos de radio y televisión. Artículo 9.- Prestación de garantías y reafianzamiento. Artículo 10.- Operaciones de endeudamiento y financieras.
TÍTULO II. EL ESTADO DE GASTOS
CAPÍTULO I. TIPOS DE CRÉDITOS. ESPECIALIDADES
Artículo 11.- Créditos ampliables y medios de financiación. Artículo 12.- Créditos de compromiso. Artículo 13.- Plantillas presupuestarias.
CAPÍTULO II. RÉGIMEN DE LOS CRÉDITOS. MODIFICACIONES
Artículo 14. - Régimen de transferencias de créditos. Otras modificaciones. Artículo 15.- Créditos de personal. Artículo 16.- Créditos para gastos de funcionamiento. Artículo 17.- Créditos para transferencias y subvenciones para operaciones corrientes y de capital. Artículo 18.- Variaciones de los presupuestos.
CAPÍTULO III. RÉGIMEN DE RETRIBUCIONES Y HABERES PASIVOS
Artículo 19.- Retribuciones del personal. Artículo 20.- Personal de la Ertzaintza. Artículo 21.- Requisitos para la firma de acuerdos de condiciones de trabajo y convenios colectivos. Artículo 22.- Personal directivo de los entes públicos de derecho privado, sociedades públicas, fundaciones y consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma. Artículo 23.- Créditos de haberes pasivos. Artículo 24.- Suspensión de acuerdos.
CAPÍTULO IV. MÓDULO ECONÓMICO DE SOSTENIMIENTO DE LOS CENTROS EDUCATIVOS CONCERTADOS
Artículo 25.- Módulo económico de sostenimiento de los centros educativos concertados.
CAPÍTULO V. GESTIÓN DE LOS FONDOS VINCULADOS AL PLAN DE RECUPERACIÓN NEXT GENERATION EU
Artículo 26.- Habilitación de créditos. Artículo 27.- Programa multidepartamental. Artículo 28.- Créditos de pago y de compromiso vinculados al plan de recuperación Next Generation EU. Artículo 29.- Modificaciones presupuestarias. Artículo 30.- Ejecución del gasto. Artículo 31.- Especialidades en la tramitación de los procedimientos. Artículo 32.- Justificación de la ejecución de las actuaciones y proyectos. Artículo 33.- Información al Parlamento.
TÍTULO III. EL ESTADO DE INGRESOS
CAPÍTULO I. APORTACIONES DE LAS DIPUTACIONES FORALES
Artículo 34.- Aportaciones de las diputaciones forales. Artículo 35.- Coeficientes de aportación.
CAPÍTULO II. NORMAS DE CARÁCTER TRIBUTARIO
Artículo 36.- Tasas.
TÍTULO IV. NORMAS DE AUTORIZACIÓN DEL GASTO Y DE CONTRATACIÓN
Artículo 37.- Normas de autorización del gasto. Artículo 38.- Normas de contratación.
TÍTULO V. INFORMACIONES AL PARLAMENTO
Artículo 39.- Informaciones periódicas. Artículo 40.- Otras informaciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.- Medidas financieras en materia de vivienda y suelo. D.A. 2ª.- Medidas de fomento. D.A. 3ª.- Régimen de determinados ingresos patrimoniales. D.A. 4ª.- Declaración de utilidad pública de proyectos de infraestructuras. D.A. 5ª.- Modificación de los contratos del sector público. D.A. 6ª.- Cuantía de las prestaciones previstas en el Decreto 147/2010, de 25 de mayo, de la Renta de Garantía de Ingresos. D.A. 7ª.- Prestación complementaria de vivienda. D.A. 8ª.- Jubilación forzosa del personal funcionario. D.A. 9ª.- Gestión de los créditos para formación del personal empleado de las administraciones públicas vascas. D.A. 10ª.- Reorganizaciones administrativas del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. D.A. 11ª.- Convocatoria extraordinaria para la provisión de los puestos de trabajo de los servicios de investigación y de apoyo a la docencia. D.A. 12ª.- Vivienda protegida en régimen de alquiler asequible y mecanismos de colaboración para su fomento y gestión.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.- Modificación del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre. D.F. 2ª.- Modificación de la Ley 13/2019, de 27 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2020. D.F. 3ª.- Modificación del texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre. D.F. 4ª.- Modificación del texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes sobre Régimen Presupuestario de Euskadi, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo. D.F. 5ª.- Modificación de la Ley 4/1986, de 23 de abril, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi. D.F. 6ª.- Desarrollo y ejecución. D.F. 7ª.- Entrada en vigor. ANEXO I. CRÉDITOS DE COMPROMISO ANEXO II. PRESUPUESTOS DE LAS SOCIEDADES PÚBLICAS ANEXO III. CRÉDITOS AMPLIABLES ANEXO IV. MÓDULO ECONÓMICO DE SOSTENIMIENTO DE LOS CENTROS CONCERTADOS PRESUPUESTOS GENERALES 2021