Legislación
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Ley 10/2003, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2004. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 31-12-2003

Tiempo de lectura: 13 min

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Ambito: Murcia

Estado: VIGENTE. Validez desde 28 de Diciembre de 2004

F. entrada en vigor: 01/01/2004

Órgano emisor: COMUNIDAD AUTONOMA DE LA REGION DE MURCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 301

F. Publicación: 31/12/2003


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CAPÍTULO I. De los créditos iniciales y su financiación
Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales de la Región de Murcia. Artículo 2. Créditos iniciales y financiación del Presupuesto de la Comunidad Autónoma. Artículo 3. Créditos iniciales y financiación de los presupuestos de los organismos autónomos. Artículo 4. Créditos iniciales y financiación de los presupuestos de las empresas públicas regionales. Artículo 5. Presupuesto consolidado de la Comunidad Autónoma y sus organismos autónomos. Artículo 6. Distribución funcional del gasto. Artículo 7. Beneficios Fiscales. Artículo 8. Limitación a los compromisos de gastos.
CAPÍTULO II. Normas sobre modificación de los créditos
Artículo 9. Vinculación de los créditos. Artículo 10. Ampliaciones de crédito por reconocimiento de obligaciones. Artículo 11. Ampliaciones de crédito por mayores ingresos. Artículo 12. Otros créditos ampliables. Artículo 13. Modificaciones en los créditos del capítulo I. Artículo 14. Retenciones en los créditos financiados con ingresos finalistas. Ajustes en los estados de Gastos e Ingresos. Artículo 15. Ingresos finalistas cuyos objetivos estén ya previstos en el Presupuesto de gastos. Artículo 16. Generación de créditos por reintegros derivados de situaciones de incapacidad temporal. Artículo 17. Modificaciones para transferencias a Corporaciones Locales. Artículo 18. Medidas de fomento del patrimonio histórico y medidas de fomento social. Artículo 19. Habilitación de nuevos conceptos del Presupuesto de Ingresos.
CAPÍTULO III. De los gastos de personal
Artículo 20. Gastos del personal al servicio del sector público regional. Artículo 21. Personal del sector público regional sometido a régimen administrativo y estatutario. Artículo 22. Personal laboral del sector público regional. Artículo 23. Retribuciones de los Altos Cargos. Artículo 24. Retribuciones de los funcionarios al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia. Artículo 25. Retribuciones de los funcionarios interinos. Artículo 26. Retribuciones del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud. Artículo 27. Normas especiales. Artículo 28. Variación de las retribuciones del personal al servicio del sector público. Artículo 29. Contratación de personal laboral con cargo a los créditos de inversiones. Artículo 30. Relaciones de puestos de trabajo. Artículo 31. Contratación temporal y retribución de horas extraordinarias.
CAPÍTULO IV. Normas sobre gestión presupuestaria
Artículo 32. Autorizaciones de gastos. Artículo 33. Proyectos de gasto. Artículo 34. Proyectos nominativos. Artículo 35. Fondos de Compensación Interterritorial. Artículo 36. Gestión de los créditos correspondientes a la Política Agraria Común.
CAPÍTULO V. Cooperación con las entidades locales
Artículo 37. Pagos con cargo al Plan de Cooperación Local y Programas Operativos Locales. Artículo 38. Remanentes en Planes de Cooperación Local y Programas Operativos Locales. Artículo 39. Pagos con cargo al Fondo de Cooperación Municipal. Artículo 40. Justificación de la financiación del Fondo de Cooperación Municipal.
CAPÍTULO VI. De las operaciones financieras
Artículo 41. Operaciones financieras. Artículo 42. Avales. Artículo 43. Organismos autónomos, empresas públicas regionales y otros entes públicos.
CAPÍTULO VII. Normas tributarias
Artículo 44. Incremento de tasas y precios públicos. Artículo 45. Tasa Fiscal sobre los Juegos de suerte, envite o azar.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Contratos de obras y servicios que superen 150.000 euros. D.A. 2ª. Costes de personal de las Universidades Públicas de la Región de Murcia. D.A. 3ª. Seguimiento de objetivos presupuestarios. D.A. 4ª. Módulo económico para el sostenimiento de centros concertados. D.A. 5ª. Fiscalización de gastos y pagos. D.A. 6ª. Contratos Programa. D.A. 7ª. Pacto Local. D.A. 8ª. Consejo Económico y Social. D.A. 9ª. Organismos autónomos. D.A. 10ª. Adaptaciones técnicas por reorganizaciones administrativas o traspaso de competencias. D.A. 11ª. Modificación de la Ley 3/2002, de 20 de mayo, de Tarifa del Canon de Saneamiento. D.A. 12ª. Modificación de la Ley 7/1997, de 29 de octubre, de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales. D.A. 13ª. Excepciones al establecimiento de garantías en los supuestos de anticipos de subvenciones. D.A. 14ª. Autorización para la creación de una empresa pública regional.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Texto Refundido de la Ley 7/1997, de 29 de octubre, de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales. D.F. 2ª. Desarrollo y ejecución de la Ley. D.F. 3ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Estructura de funciones y programas para el ejercicio 2004 ANEXO II. Proyectos de gasto nominativos ANEXO III. Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados