Legislación
Legislación

Ley 10/2005, de 21 de junio, de puertos de las Islas Baleares. - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 02-07-2005

Tiempo de lectura: 25 min

Tiempo de lectura: 25 min

Ambito: Baleares

Estado: VIGENTE. Validez desde 20 de Octubre de 2020

F. entrada en vigor: 03/07/2005

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LES ILLES BALEARS

Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 100

F. Publicación: 02/07/2005


Preambulo EXPOSICION DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto de la ley. Artículo 2. Objetivos fundamentales. Artículo 3. Puertos de competencia autonómica. Artículo 4. Definiciones.
TÍTULO I. Régimen jurídico de los puertos
CAPÍTULO I. El dominio público portuario
Artículo 5. Bienes demaniales. Artículo 6. Zona de servicio del puerto. Artículo 7. Uso de los bienes demaniales.
CAPÍTULO II. Planificación y ordenación de los puertos
Sección 1.ª Plan general de puertos
Artículo 8. Naturaleza y objetivos. Artículo 9. Composición. Artículo 10. Categorías. Artículo 11. Contenido. Artículo 12. Procedimiento de aprobación y modificación.
Sección 2.ª Los planes de uso y gestión
Artículo 13. Naturaleza y contenido. Artículo 14. Procedimiento de aprobación. Artículo 15. Obras urgentes o excepcionales. Artículo 16. Modificación de los planes.
Sección 3.ª Coordinación con el planeamiento urbanístico
Artículo 17. Principios. Artículo 18. Informe de la administración portuaria. Artículo 19. Control urbanístico. Artículo 20. Obras que afectan a la zona de servicio.
Sección 4.ª Promoción de nuevos puertos y de ampliaciones sustanciales
Artículo 21. Iniciativa. Artículo 22. Tramitación y aprobación de los planes de uso y gestión y de los proyectos básicos.
TÍTULO II. Organización administrativa
CAPÍTULO I. La administración portuaria
Artículo 23. Concepto. Artículo 24. Principios de actuación. Artículo 25. Funciones de la consejería competente en materia de puertos.
CAPÍTULO II. El ente público Puertos de les Illes Balears
Sección 1.ª Naturaleza y régimen jurídico
Artículo 26. Naturaleza jurídica. Artículo 27. Funciones. Artículo 28. Derecho aplicable. Artículo 29. Impugnación de actos. Artículo 30. Responsabilidad patrimonial.
Sección 2.ª Organización
Artículo 31. Estructura básica. Artículo 32. Presidencia y Vicepresidencia. Artículo 33. Consejo de administración. Artículo 34. Director gerente. Artículo 35. Consejo asesor.
Sección 3.ª Recursos económicos y humanos
Artículo 36. Régimen patrimonial. Artículo 37. Financiación. Artículo 38. Régimen de personal. Artículo 39. Régimen presupuestario y de control. Artículo 40. Régimen tributario.
TÍTULO III. Prestación de servicios en los puertos
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 41. Servicios prestados en los puertos.
CAPÍTULO II. Servicios portuarios
Sección 1.ª Concepto y tipología
Artículo 42. Concepto, normas generales y tipología.
Sección 2.ª Los servicios portuarios generales
Artículo 43. Concepto y delimitación de los servicios portuarios generales. Artículo 44. Prestación de servicios generales.
Sección 3.ª Los servicios portuarios básicos
Artículo 45. Concepto y delimitación de los servicios portuarios básicos. Artículo 46. Normas generales. Artículo 47. Obligaciones de servicio público. Artículo 48. Prestación de los servicios básicos. Artículo 49. Títulos habilitantes. Artículo 50. Registro de Prestadores de Servicios Portuarios Básicos.
CAPÍTULO III. Servicios comerciales y otras actividades
Artículo 51. Ámbito de aplicación. Artículo 52. Prestación de servicios comerciales y otras actividades por parte de terceros. Artículo 53. Servicios comerciales prestados por Puertos de las Illes Balears.
CAPÍTULO IV. Prestación de servicios en puertos deportivos
Artículo 54.
CAPÍTULO V. Régimen económico
Artículo 55. Tarifas.
TÍTULO IV. Gestión del dominio público portuario
CAPÍTULO I. Régimen de utilización
Artículo 56. Formas de gestión demanial. Artículo 57. Usos permitidos. Artículo 58. Usos prohibidos. Artículo 59. Utilización del dominio público portuario por parte de terceros.
CAPÍTULO II. Disposiciones comunes relativas a concesiones y autorizaciones
Artículo 60. Procedimiento de otorgamiento. Artículo 61. Contenido del título. Artículo 62. Modificación, revisión y extinción de autorizaciones y concesiones.
CAPÍTULO III. Autorizaciones
Sección 1.ª Disposiciones generales
Artículo 63. Reglas generales. Artículo 64. Naturaleza. Artículo 65. Procedimiento. Artículo 66. Revocación. Artículo 67. Efectos de la extinción.
Sección 2.ª Disposiciones específicas para el uso de puestos de amarre de embarcaciones de recreo
Artículo 68. Principios generales. Artículo 69. Características de las autorizaciones. Artículo 70. Cesiones de derechos en puertos gestionados en régimen de concesión. Artículo 71. Registros generales.
CAPÍTULO IV. Concesiones
Sección 1.ª Disposiciones generales
Artículo 72. Ámbito de aplicación. Artículo 73. Plazo de las concesiones.
Sección 2.ª Procedimiento de otorgamiento
Artículo 74. Iniciación. Artículo 75. Solicitudes. Artículo 76. Tramitación de los proyectos. Artículo 77. Aprobación de los proyectos. Artículo 78. Condiciones de otorgamiento del título. Artículo 79. Concursos. Artículo 80. Resolución de los concursos.
Sección 3.ª Régimen específico
Artículo 81. Concesiones de obra pública portuaria.
Sección 4.ª Régimen jurídico de las concesiones
Artículo 82. Título concesional. Artículo 83. Explotación y gestión. Artículo 84. Actos de transmisión y de gravamen. Artículo 85. Publicidad registral.
Sección 5.ª Modificación y extinción de las concesiones
Artículo 86. Modificación de las concesiones. Artículo 87. Extinción de las concesiones. Artículo 88. Prolongación de la explotación. Artículo 89. Reversión.
CAPÍTULO V. Fianzas y avales
Artículo 90. Fianzas para autorizaciones. Artículo 91. Fianza provisional. Artículo 92. Fianza definitiva. Artículo 93. Garantía de explotación.
CAPÍTULO VI. Régimen económico
Artículo 94. Canon de aprovechamiento.
TÍTULO V. Régimen de infracciones, sanciones y policía
CAPÍTULO I. Principios generales
Artículo 95. Medidas administrativas.
CAPÍTULO II. Infracciones
Artículo 96. Concepto y clasificación. Artículo 97. Infracciones leves. Artículo 98. Infracciones graves. Artículo 99. Infracciones muy graves. Artículo 100. Sujetos responsables. Artículo 101. Prescripción.
CAPÍTULO III. Sanciones
Sección 1.ª Disposiciones generales
Artículo 102. Principios generales. Artículo 103. Tipología de sanciones. Artículo 104. Sanciones accesorias. Artículo 105. Gradación. Artículo 106. Reconocimiento voluntario de la responsabilidad. Artículo 107. Prescripción. Artículo 108. Responsabilidad por daños.
Sección 2.ª Competencia y procedimiento
Artículo 109. Órganos competentes. Artículo 110. Procedimiento.
CAPÍTULO IV. Policía de puertos
Artículo 111. Funciones. Artículo 112. Inspección y vigilancia. Artículo 113. Obras y actividades no amparadas por título habilitante. Artículo 114. Medidas de protección. Artículo 115. Embarcaciones, vehículos y objetos abandonados. Artículo 116. Protección del medio ambiente y de los valores culturales y patrimoniales. Artículo 117. Medidas contra deudores. Artículo 118. Multas coercitivas. Artículo 119. Ejecución forzosa.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Red de Infraestructuras y de Instalaciones Portuarias. D.A. 2ª. Modificaciones de las Directrices de Ordenación Territorial. D.A. 3ª. Inscripciones en el Registro General de usuarios de amarres. D.A. 4ª. Actualización de multas. D.A. 5ª. Adaptación en materia de personal a las previsiones de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. D.A. 6ª. Exención de elaboración del plan de uso y gestión. D.A. 7ª. Planes de utilización de espacios portuarios y proyectos de construcción o ampliación en tramitación. D.A. 8ª. Régimen de los plazos de las concesiones para la construcción o la explotación de puertos, dársenas, marinas e instalaciones náutico-deportivas y recreativas.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Delimitaciones de la zona de servicio portuaria. D.T. 2ª. Obras. D.T. 3ª. Procedimientos administrativos en tramitación. D.T. 4ª. Concesiones otorgadas. D.T. 5ª. Desistimiento en los procedimientos iniciados con anterioridad en la entrada en vigor de la ley. D.T. 6ª. Prestación de los servicios. D.T. 7ª. Extinción de concesiones vigentes. D.T. 8ª. Personal laboral existente.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Constitución de la entidad Puertos de las Illes Balears. D.F. 2ª. Actividad normativa del Gobierno. D.F. 3ª. Entrada en vigor. ANEXO. Red de puertos, de instalaciones portuarias y de instalaciones complementarias que son competencia de la Administración Autonómica de las Illes Balears