Ley 10/2018, de 5 de diciembre, sobre la transferencia de recursos de 19,99 hm³ desde la Demarcación Hidrográfica de los ríos Tinto, Odiel y Piedras a la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir. - Boletín Oficial del Estado de 06-12-2018
Índice
Texto
Relacionados
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 07 de Diciembre de 2018
F. entrada en vigor: 07/12/2018
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 294
F. Publicación: 06/12/2018
PREÁMBULO
Artículo 1. Objeto y condiciones generales de la transferencia.
Artículo 2. Condiciones ambientales.
Artículo 3. Condiciones de ejecución y explotación.
Artículo 4. Reglas de explotación y gestión de la transferencia.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Garantía de recursos superficiales en la cuenca cedente previstos en la planificación hidrológica.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Autorización para el desarrollo reglamentario.
D.F. 2ª. Habilitación competencial.
D.F. 3ª. Entrada en vigor.
ANEXO I. Obras que se declaran de Interés General del Estado