Legislación
Legislación

Ley 11/2005, de 19 de octubre, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de La Rioja. - Boletín Oficial de La Rioja de 25-10-2005

Tiempo de lectura: 32 min

Tiempo de lectura: 32 min

Ambito: La Rioja

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023

F. entrada en vigor: 25/12/2005

Órgano emisor: PRESIDENCIA Y ACCION EXTERIOR

Boletín: Boletín Oficial de La Rioja Número 141

F. Publicación: 25/10/2005


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Disposiciones generales
CAPÍTULO I. Objeto, concepto, clasificación y régimen jurídico
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Patrimonio de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Artículo 3. Clasificación. Artículo 4. Dominio público. Artículo 5. Dominio privado. Artículo 6. Régimen jurídico. Artículo 7. Autonomía patrimonial de las Universidades.
CAPÍTULO II. Capacidad, competencia, funciones y responsabilidades
Artículo 8. Capacidad de obrar de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Artículo 9. Autonomía patrimonial del Parlamento de La Rioja. Artículo 10. Autonomía patrimonial de los demás órganos estatutarios. Artículo 11. Capacidad para celebrar contratos privados con la Comunidad Autónoma de La Rioja. Artículo 12. Competencias. Artículo 13. Deber de administración, conservación e información. Artículo 14. Deber general de cooperación y obligación de comparecer.
CAPÍTULO III. Disposiciones comunes a los negocios jurídicos sobre el patrimonio
Artículo 15. Régimen jurídico de los negocios jurídicos patrimoniales. Artículo 15 bis. Convenios patrimoniales y urbanís­ticos. Artículo 16. Expediente patrimonial. Artículo 17. Formalización.
CAPÍTULO IV. Seguros, rendimientos, valoración y obras sobre el patrimonio
Artículo 18. Seguros. Artículo 19. Rendimientos del patrimonio y custodia de valores. Artículo 20. Valoración. Artículo 21. Contratos de obras en inmuebles de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
CAPÍTULO V. Adscripción y desadscripción
Artículo 22. Adscripción y desadscripción de bienes y derechos a las Consejerías del Gobierno de La Rioja. Artículo 23. Adscripción y desadscripción de bienes y derechos a Organismos Públicos integrantes del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Artículo 24. Subrogación.
TÍTULO II. Protección y defensa del patrimonio
CAPÍTULO I. De la obligación de proteger y defender el patrimonio
Artículo 25. Extensión de la obligación.
CAPÍTULO II. Del inventario y registro de los bienes
Sección 1.ª Inventario General de Bienes y Derechos
Artículo 26. Inventario General de Bienes y Derechos. Artículo 27. Formación, actualización y valoración. Artículo 28. Inventario de los Organismos Públicos. Artículo 29. Inventario de los Consorcios integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Artículo 30. Naturaleza del Inventario General de Bienes y Derechos.
Sección 2.ª Inscripciones registrales
Artículo 31. Órganos competentes para la formalización e inscripción de documentos. Artículo 32. Inscripciones registrales.
CAPÍTULO III. Prerrogativas y potestades de la Comunidad Autónoma de la Rioja con respecto a sus bienes
Sección 1.ª Inembargabilidad
Artículo 33. Inembargabilidad de bienes y derechos.
Sección 2.ª Disposiciones comunes a las potestades de defensa del patrimonio
Artículo 34. Enumeración de potestades. Artículo 35. Normas generales aplicables a las potestades de defensa.
Sección 3.ª Potestad de investigación
Artículo 36. Naturaleza. Artículo 37. Inicio del procedimiento. Artículo 38. Procedimiento.
Sección 4.ª Potestad de deslinde
Artículo 39. Naturaleza. Artículo 40. Inicio del procedimiento. Artículo 41. Procedimiento. Artículo 42. Resolución.
Sección 5.ª Potestad de recuperación posesoria
Artículo 43. Naturaleza. Artículo 44. Procedimiento.
Sección 6.ª Potestad de desahucio administrativo
Artículo 45. Naturaleza. Artículo 46. Procedimiento.
CAPÍTULO IV. De las limitaciones a la disponibilidad de los bienes y derechos
Artículo 47. Régimen de disponibilidad de los bienes y derechos. Artículo 48. Transacción y arbitraje.
TÍTULO III. Adquisición de bienes y derechos
CAPÍTULO I. Adquisición de bienes y derechos
Sección 1.ª Formas de adquisición de bienes y derechos
Artículo 49. Adquisición de bienes y derechos.
Sección 2.ª Adquisiciones a título gratuito
Artículo 50. Herencias, legados y donaciones. Artículo 51. Cesiones administrativas.
Sección 3.ª Adquisiciones a título oneroso
Artículo 52. Adquisiciones a título oneroso. Artículo 53. Adquisición de bienes inmuebles y derechos reales a título oneroso. Artículo 54. Adquisición de edificios en construcción a título oneroso. Artículo 55. Afectación, adscripción y conservación de los bienes inmuebles y derechos adquiridos. Artículo 56. Adquisición de bienes muebles a título oneroso. Artículo 57. Adquisición por expropiación.
Sección 4.ª Formas especiales de adquisición
Artículo 58. Adquisición como consecuencia de transferencias. Artículo 59. Adquisición por usucapión, accesión u ocupación. Artículo 60. Adjudicación y dación en pago de bienes y derechos mediante resolución judicial o administrativa. Artículo 61. Adquisición derivada de actuaciones urbanísticas. Artículo 62. Adquisición de bienes por extinción de Organismos Públicos, por reducción de capital o fondos propios, o por restitución de aportaciones.
CAPÍTULO II. Arrendamiento de bienes
Artículo 63. Arrendamiento de bienes inmuebles. Artículo 64. Contratos mixtos. Artículo 65. Arrendamiento de bienes muebles.
CAPÍTULO III. Constitución de sociedades y adquisición a título oneroso de acciones, participaciones y valores
Artículo 66. Constitución de sociedades mercantiles y adquisición de posición mayoritaria. Artículo 67. Adquisición de acciones, participaciones y valores.
CAPÍTULO IV. Adquisición de derechos de propiedad incorporal
Artículo 68. Adquisición de derechos de propiedad incorporal.
TÍTULO IV. Régimen de los bienes y derechos de dominio público
CAPÍTULO I. Afectación y desafectación
Artículo 69. Afectación. Concepto y clases. Artículo 70. Afectación expresa. Artículo 71. Afectación tácita. Artículo 72. Afectación presunta. Artículo 73. Desafectación.
CAPÍTULO II. Mutaciones demaniales
Artículo 74. Mutaciones demaniales. Concepto y clases. Artículo 75. Mutación demanial interna. Artículo 76. Mutación demanial externa.
CAPÍTULO III. Utilización de los bienes demaniales y su explotación
Sección 1.ª Formas de uso de los bienes demaniales
Artículo 77. Destino de los bienes demaniales y su explotación. Artículo 78. Uso de los bienes demaniales: clases. Artículo 79. Uso común general. Artículo 80. Uso común especial. Artículo 81. Uso privativo.
Sección 2.ª Disposiciones comunes a autorizaciones y concesiones
Artículo 82. Competencia para otorgar autorizaciones y concesiones. Artículo 83. Condiciones generales para otorgar determinadas autorizaciones y concesiones. Artículo 84. Procedimiento en régimen de concurrencia. Artículo 85. Contenido de las resoluciones. Artículo 86. Pérdida de la condición demanial de los bienes sobre los que exista concesión o autorización. Artículo 87. Extinción.
Sección 3.ª Autorizaciones administrativas
Artículo 88. Autorización administrativa. Artículo 89. Procedimiento.
Sección 4.ª Concesiones demaniales
Artículo 90. Concesión demanial. Artículo 91. Procedimiento. Artículo 92. Principios que rigen las concesiones de dominio público. Artículo 93. Condiciones de la concesión. Artículo 94. Derechos reales sobre obras en dominio público. Artículo 95. Transmisión de derechos reales. Artículo 96. Titulización de derechos de cobro. Artículo 97. Destino de las obras a la extinción del título.
Sección 5.ª Supuestos especiales
Artículo 98. Derecho de adquisición preferente. Artículo 99. Ocupación de espacios en edificios administrativos. Artículo 99 bis. Autorizaciones especiales de uso sobre bienes afectados. Artículo 100. Autorizaciones y concesiones vinculadas a contratos. Artículo 101. Reserva demanial.
TÍTULO V. Régimen de los bienes de dominio privado
CAPÍTULO I. Enajenación a título oneroso de bienes y derechos
Artículo 102. Enajenación de bienes y derechos a título oneroso. Artículo 103. Enajenación de bienes litigiosos. Artículo 104. Enajenación de bienes inmuebles y derechos reales. Artículo 105. Formas de enajenación de bienes inmuebles y derechos reales. Artículo 106. Aportación a Juntas de Compensación. Artículo 107. Enajenación de bienes muebles. Artículo 108. Enajenación de acciones, participaciones y valores. Artículo 109. Enajenación de derechos de propiedad incorporal.
CAPÍTULO II. Permuta de bienes y derechos
Artículo 110. Permuta de bienes y derechos. Artículo 111. Permuta por cosa futura.
CAPÍTULO III. Cesiones gratuitas
Artículo 112. Cesiones gratuitas de propiedad de bienes inmuebles. Artículo 113. Cesiones gratuitas de uso de bienes inmuebles y derechos reales. Artículo 114. Cesiones gratuitas de derechos de superficie y otros derechos reales sobre bienes inmuebles. Artículo 115. Cesiones en precario de bienes inmuebles y derechos reales. Artículo 116. Cesiones gratuitas de bienes muebles. Artículo 117. Cesiones gratuitas de derechos incorporales.
CAPÍTULO IV. Prescripción
Artículo 118. Prescripción de los derechos sobre bienes patrimoniales.
CAPÍTULO V. Explotación de bienes patrimoniales
Artículo 119. Obligación de explotación del dominio privado con criterios de rentabilidad. Artículo 120. Explotación por medio de Organismo Público o ente instrumental. Artículo 121. Explotación por particulares de bienes inmuebles patrimoniales. Artículo 122. Duración de los contratos de explotación de bienes inmuebles. Artículo 123. Contraprestación económica. Artículo 124. Efectos y extinción. Artículo 125. Verificación de las condiciones de explotación.
TÍTULO VI. Órganos y actuaciones de coordinación en la utilización de edificios administrativos
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 126. Concepto de edificios administrativos. Artículo 127. Gestión patrimonial de los edificios administrativos.
CAPÍTULO II. Órganos de coordinación en la gestión patrimonial de los edificios administrativos
Artículo 128. Órganos de Coordinación. Artículo 129. Comisión Coordinadora de Edificios Administrativos. Artículo 130. Coordinación y Colaboración.
CAPÍTULO III. Planes y programas de actuación en la gestión de los edificios administrativos
Artículo 131. Objeto y contenido de los Planes y Programas de Actuación. Artículo 132. Planes de Actuación. Artículo 133. Programas de Actuación. Artículo 134. Facultades del Órgano Superior de Gestión Patrimonial de los Edificios Administrativos. Artículo 135. Subordinación de los actos de adquisición y disposición de inmuebles a la ejecución de planes y programas. Artículo 136. Programación de actuaciones de adquisición o modificación de superficies en inmuebles para uso administrativo. Artículo 137. Actuaciones de Colaboración.
TÍTULO VII. Infracciones y sanciones
Artículo 138. Infracciones. Artículo 139. Tipificación de las infracciones. Artículo 140. Calificación de las infracciones. Artículo 141. Responsables. Artículo 142. Prescripción de infracciones. Artículo 143. Sanciones. Artículo 144. Prescripción de sanciones. Artículo 145. Procedimiento sancionador y competencia. Artículo 146. Reparación e indemnización de daños y perjuicios. Artículo 147. Multas coercitivas. Artículo 148. Medidas cautelares. Artículo 149. Ejecución subsidiaria. Artículo 150. Vía de apremio. Artículo 151. Hechos constitutivos de delito o falta.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Propiedades administrativas especiales. D.A. 2ª. Especialidades respecto del Inventario General de Bienes y Derechos. D.A. 3ª. Actualización de cuantías. D.A. 4ª. Modificación de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja. D.A. 5ª. Creación de la Comisión Coordinadora de Edificios Administrativos. D.A. 6ª. Modificación del artículo 81 de la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de la Comunidad Autónoma de La Rioja. D.A. 7ª. Sentido desestimatorio del silencio administrativo en procedimientos que afecten a bienes patrimoniales. D.A. 8ª. Viviendas oficiales. D.A. 9ª. Modificación de la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja. D.A. 10ª. Operaciones de promoción económica y apoyo empresarial.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Normativa aplicable a los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la presente Ley. D.T. 2ª. Régimen transitorio de las concesiones demaniales vigentes. D.T. 3ª. Aplicabilidad del apartado 5 del artículo 50 a las adquisiciones a título gratuito producidas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley. D.T. 4ª. Regularización de la situación de los órganos estatutarios.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario. D.F. 2ª. Entrada en vigor.