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LEY 11/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Tributarias de la Comunidad Autonoma de Aragon. - Boletín Oficial de Aragón de 31-12-2008

Tiempo de lectura: 53 min

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Ambito: Aragón

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2009

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ARAGON

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 222

F. Publicación: 31/12/2008

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Modificación del texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón
Artículo 1. -Modificaciones relativas al concepto «transmisiones patrimoniales» del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Artículo 2. -Modificaciones relativas al concepto «actos jurídicos documentados» del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Artículo 3. -Modificaciones relativas al concepto «sucesiones» del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Artículo 4. -Modificaciones relativas al concepto «donaciones» del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Artículo 5. -Modificaciones relativas a los procedimientos tributarios en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Artículo 6. -Modificaciones de la tasa fiscal sobre el juego que grava la explotación de máquinas recreativas con premio o de azar.
CAPÍTULO II. Modificación del texto refundido de las tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón
Artículo 7. -Modificación de la Tasa 14 por servicios en materia de ordenación de actividades industriales, energéticas, metrológicas, mineras y comerciales. Artículo 8. -Modificación de la Tasa 17 por servicios facultativos y administrativos en materia de montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias. Artículo 9. -Modificación de la Tasa 20 por autorizaciones, inspecciones y otras actuaciones en materia de centros y establecimientos farmacéuticos. Artículo 10. -Modificación de la Tasa 21 por autorizaciones, inspecciones y otras actuaciones en materia de centros y establecimientos de servicios sociales. Artículo 11. -Modificación de la Tasa 28 por servicios administrativos en materia de protección del medio ambiente.
CAPÍTULO III. Modificación del Texto Refundido de la Legislación sobre los Impuestos Medioambientales de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2007, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón
Artículo 12. -Modificación relativa a los supuestos de no sujeción del Impuesto sobre el daño medioambiental causado por las grandes áreas de venta.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA.-Entrada en vigor.
ANEXO I. TEXTO ACTUALIZADO DE LAS DISPOSICIONES DICTADAS POR LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGÓN EN MATERIA DE TRIBUTOS CEDIDOS
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones Generales
Artículo 000-1.-Régimen jurídico aplicable a los tributos cedidos. Artículo 000-2.-Tributos cedidos con facultades normativas.
TÍTULO I. Disposiciones específicas aplicables a los tributos cedidos
CAPÍTULO I. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Artículo 110-1.-Deducciones de la cuota íntegra autonómica del impuesto por nacimiento o adopción del tercer hijo o sucesivos. Artículo 110-2.-Deducciones de la cuota íntegra autonómica del impuesto por nacimiento o adopción del segundo hijo en atención al grado de discapacidad. Artículo 110-3.-Deducción de la cuota íntegra autonómica del impuesto por adopción internacional de niños. Artículo 110-4.-Deducción de la cuota íntegra autonómica del impuesto por el cuidado de personas dependientes. Artículo 110-5.-Deducción por donaciones con finalidad ecológica. Artículo 110-6.-Deducción de la cuota íntegra autonómica del impuesto por adquisición de vivienda habitual por víctimas del terrorismo.
CAPÍTULO II. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
SECCIÓN 1.ª . Concepto «Transmisiones Patrimoniales»
Artículo 121-1.-Tipo impositivo de las operaciones inmobiliarias con carácter general. Artículo 121-2.-Tipo impositivo de las concesiones administrativas y actos administrativos asimilados. Artículo 121-3.-Tipo impositivo de determinadas operaciones inmobiliarias en función del cumplimiento de ciertos requisitos. Artículo 121-4.-Tipo impositivo de la transmisión de vivienda como pago total o parcial por la adquisición de otra. Artículo 121-5.-Tipo impositivo aplicable a la adquisición de vivienda habitual por familias numerosas. Artículo 121-6.-Modificación de los tipos de gravamen para determinados bienes muebles. Artículo 121-7.-Modificación de los tipos de gravamen para los arrendamientos de determinadas fincas urbanas.
SECCIÓN 2.ª . Concepto «Actos Jurídicos Documentados»
Artículo 122-1.-Tipo impositivo general aplicable a los documentos notariales. Artículo 122-2.-Tipo impositivo de determinadas operaciones inmobiliarias en función del cumplimiento de ciertos requisitos. Artículo 122-3.-Tipo impositivo aplicable a la adquisición de vivienda habitual por familias numerosas. Artículo 122-4.-Tipo impositivo para las sociedades de garantía recíproca. Artículo 122-5.-Tipo impositivo para operaciones relacionadas con actuaciones protegidas de rehabilitación. Artículo 122-6.-Bonificación de la cuota tributaria en determinadas operaciones de modificación de préstamos hipotecarios.
SECCIÓN 3.ª . Procedimientos tributarios
Artículo 123-1.-Presentación de las declaraciones o autoliquidaciones. Artículo 123-2.-Simplificación de las obligaciones formales para determinados bienes muebles. Artículo 123-3.-Acreditación del importe acumulado de las bases imponibles.
CAPÍTULO III. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
SECCIÓN 1.ª . Concepto «Sucesiones»
Artículo 131-1.-Reducción en la adquisición mortis causa por hijos del causante menores de edad. Artículo 131-2.-Reducción en la adquisición mortis causa por personas con discapacidad. Artículo 131-3.-Reducción por la adquisición mortis causa de determinados bienes. Artículo 131-4.-Fiducia sucesoria. Artículo 131-5.-Reducción en la base imponible del impuesto a favor del cónyuge y de los ascendientes y descendientes.
SECCIÓN 2.ª . Concepto «Donaciones»
Artículo 132-1.-Reducción por la adquisición ínter vivos de empresas individuales o negocios profesionales. Artículo 132-2.-Reducción en la base imponible del impuesto a favor del cónyuge y de los hijos del donante. Artículo 132-3.-Reducción por la adquisición ínter vivos de participaciones.
SECCIÓN 3.ª . Procedimientos tributarios
Artículo 133-1.-Presentación de las autoliquidaciones. Artículo 133-2.-Procedimiento para liquidar las herencias ordenadas mediante fiducia. Artículo 133-3.-Incumplimiento de los requisitos de la reducción a cargo de los adquirentes de los bienes o derechos. Artículo 133-4.-Aplicación de beneficios fiscales. Artículo 133-5.-Prórroga de los plazos de presentación.
CAPÍTULO IV. Tributos sobre el Juego
Artículo 140-1.-Tasa fiscal sobre el juego relativa a las máquinas recreativas con premio o de azar. Artículo 140-2.-Tasa fiscal sobre el juego relativa a rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias. Artículo 140-3.-Modificación de los elementos cuantificadores.
CAPÍTULO V. Impuesto sobre Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos
Artículo 150-1.-Presentación de la declaración informativa.
TÍTULO II. Disposiciones comunes aplicables a los tributos cedidos
CAPÍTULO I. Normas procedimentales
SECCIÓN 1.ª . Tasación pericial contradictoria
Artículo 211-1.-Concepto. Artículo 211-2.-Procedimiento. Artículo 211-3.-Honorarios de los peritos y obligación de depósito. Artículo 211-4.-Inactividad, renuncia y efectos.
SECCIÓN 2.ª . Aplicación de beneficios fiscales
Artículo 212-1.-Opción por la aplicación de beneficios fiscales.
SECCIÓN 3.ª . Acreditación de la presentación y el pago de determinados tributos cedidos
Artículo 213-1.-Requisitos para la acreditación de la presentación y el pago.
CAPÍTULO II. Obligaciones formales
Artículo 220-1.-Obligaciones formales de los notarios. Artículo 220-2.-Obligaciones formales de los registradores de la propiedad y mercantiles. Artículo 220-3.-Obligación de suministrar información tributaria en soporte informático o telemático.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA.-Habilitaciones al Consejero competente en materia de Hacienda en relación con los tributos cedidos. ANEXO II. TEXTO ACTUALIZADO DE LAS TASAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
CAPÍTULO I. 01. Tasa por dirección e inspección de obras
Artículo 1. -Hecho imponible. Artículo 2.-Sujeto pasivo. Artículo 3.-Devengo y gestión. Artículo 4.-Tarifas.
CAPÍTULO II. 02. Tasa por redacción de proyectos, confrontación y tasación de obras y proyectos
Artículo 5. -Hecho imponible. Artículo 6.-Sujeto pasivo. Artículo 7.-Devengo y gestión. Artículo 8. -Tarifas.
CAPÍTULO III. 03. Tasa por servicios administrativos, redacción de informes y otras actuaciones facultativas
Artículo 9. -Hecho imponible. Artículo 10. -Sujeto pasivo. Artículo 11.-Devengo y gestión. Artículo 12.-Tarifas.
CAPÍTULO IV. 04. Tasa por autorizaciones en materia de espectáculos públicos
Artículo 13. -Hecho imponible. Artículo 14.-Sujeto pasivo. Artículo 15.-Devengo y gestión. Artículo 16.-Tarifas.
CAPÍTULO V. 05. Tasa por servicios en materia de ordenación de los transportes terrestres por carretera y sus actividades auxiliares y complementarias
Artículo 17. -Hecho imponible. Artículo 18. -Sujeto pasivo. Artículo 19.-Devengo y gestión. Artículo 20.-Tarifas.
CAPÍTULO VI. 06. Tasa por actuaciones en materia de vivienda protegida
Artículo 21. -Hecho imponible. Artículo 22. -Sujeto pasivo. Artículo 23.-Devengo y gestión. Artículo 24.-Tarifas.
CAPÍTULO VII. 07. Tasa por servicios de expedición de la cédula de habitabilidad
Artículo 25. -Hecho imponible. Artículo 26.-Sujeto pasivo. Artículo 27.-Devengo y gestión. Artículo 28.-Tarifas.
CAPÍTULO VIII. 08. Tasa por ocupación de terrenos o utilización de bienes de dominio público
Artículo 29. -Hecho imponible. Artículo 30. -Sujeto pasivo. Artículo 31.-Devengo y gestión. Artículo 32.-Tarifas.
CAPÍTULO IX. 09. Tasa por servicios facultativos en materia de ordenación y defensa de las industrias forestales, agrarias y alimentarias
Artículo 33. -Hecho imponible. Artículo 34. -Sujeto pasivo. Artículo 35.-Devengo y gestión. Artículo 36.-Tarifas.
CAPÍTULO X. 10. Tasa por servicios facultativos agronómicos
Artículo 37. -Hecho imponible. Artículo 38. -Sujetos pasivos. Artículo 39.-Devengo y gestión. Artículo 40.-Tarifas.
CAPÍTULO XI. 11. Tasa por servicios facultativos veterinarios
Artículo 41. -Hecho imponible. Artículo 42. -Sujetos pasivos. Artículo 43.-Devengo y gestión. Artículo 44.-Tarifas.
CAPÍTULO XII. 12. Tasa por inspecciones y controles sanitarios oficiales de animales y sus productos
Artículo 45. -Hecho imponible. Artículo 46. -Sujeto pasivo. Artículo 47. -Responsables de la percepción del tributo. Artículo 48.-Devengo y gestión. Artículo 49.-Tarifas de la tasa por inspecciones y controles sanitarios de carnes frescas y carnes de conejo y caza. Artículo 50. -Reglas relativas a la acumulación de cuotas. Artículo 51. -Tarifas de la tasa por controles sanitarios respecto de determinadas sustancias y sus residuos en animales vivos y sus productos. Artículo 52. -Liquidación e ingreso. Artículo 53.-Exenciones y bonificaciones y restitución de las tasas.
CAPÍTULO XIII. 13. Tasa por autorizaciones, inspecciones y otras actuaciones en materia de centros y establecimientos sanitarios
Artículo 54.-Hecho imponible. Artículo 55. -Sujetos pasivos. Artículo 56.-Devengo y gestión. Artículo 57.-Tarifas.
CAPÍTULO XIV. 14. Tasa por servicios en materia de ordenación de actividades industriales, energéticas, metrológicas, mineras y comerciales
Artículo 58. -Hecho imponible. Artículo 59. -Sujetos pasivos. Artículo 60.-Devengo y gestión. Artículo 61. -Tarifas.
CAPÍTULO XV. 15. Tasas por servicios de expedición de títulos académicos y profesionales
Artículo 62. -Hecho imponible. Artículo 63.-Sujetos pasivos. Artículo 64.-Exenciones y bonificaciones. Artículo 65.-Devengo y gestión. Artículo 66.-Tarifas.
CAPÍTULO XVI. 16. Tasa por servicios de expedición de licencias y permisos de caza y pesca
Artículo 67. -Hecho imponible. Artículo 68. -Sujetos pasivos. Artículo 69.-Devengo y gestión. Artículo 70.-Tarifas. Artículo 70 bis.-Exenciones. Artículo 70 ter.-Afectación.
CAPÍTULO XVII. 17. Tasa por servicios facultativos y administrativos en materia de montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias
Artículo 71. -Hecho imponible. Artículo 72.-Sujetos pasivos. Artículo 73.-Devengo y gestión. Artículo 74.-Tarifas. Artículo 74 bis.-Exenciones y bonificaciones. Artículo 74 ter.-Afectación.
CAPÍTULO XVIII. 18. Tasa por servicios de los consejos reguladores de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas de productos agroalimentarios
Artículo 75. -Hecho imponible. Artículo 76. -Sujeto pasivo. Artículo 77.-Devengo y gestión. Artículo 78.-Tarifas. Artículo 79. -Afectación.
CAPÍTULO XIX. 19. Tasa prestación de servicios administrativos y técnicos de juego
Artículo 80.-Hecho imponible. Artículo 81.-Sujetos pasivos. Artículo 82.-Devengo. Artículo 83.-Tarifas.
CAPÍTULO XX. 20. Tasa por autorizaciones, inspecciones y otras actuaciones en materia de centros y establecimientos farmacéuticos
Artículo 84. -Hecho imponible. Artículo 85.-Sujeto pasivo. Artículo 86.-Devengo y gestión. Artículo 87.-Tarifas. Artículo 87 bis.-Afectación.
CAPÍTULO XXI. 21. Tasa por autorizaciones, inspecciones y otras actuaciones en materia de centros y establecimientos de servicios sociales
Artículo 88. -Hecho imponible. Artículo 89. -Sujeto pasivo. Artículo 90.-Devengo y gestión. Artículo 91.-Tarifas.
CAPÍTULO XXII. 22. Tasa por inserción de anuncios en el «Boletín Oficial de Aragón»
Artículo 92. -Hecho imponible. Artículo 93. -Sujeto pasivo. Artículo 94.-Devengo y gestión. Artículo 95.-Tarifas.
CAPÍTULO XXIII. 23. Tasa por inscripción y publicidad de Asociaciones, Fundaciones, Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Aragón
Artículo 96. -Hecho imponible. Artículo 97.-Sujeto pasivo. Artículo 98.-Devengo y gestión. Artículo 99.-Tarifas.
CAPÍTULO XXIV. 24. Tasa por derechos de examen de pruebas selectivas para el ingreso o promoción como personal funcionario o laboral en la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón
Artículo 100. -Hecho imponible. Artículo 101.-Sujeto pasivo. Artículo 101 bis.-Exenciones. Artículo 102.-Devengo y gestión. Artículo 103.-Tarifas.
CAPÍTULO XXV. 25. Tasa por los servicios prestados por el Registro Territorial de la propiedad intelectual de Aragón
Artículo 104. -Hecho imponible. Artículo 105. -Sujeto pasivo. Artículo 106.-Devengo y gestión. Artículo 107.-Tarifas.
CAPÍTULO XXVI. 26. Tasa por servicios de gestión de los cotos
Artículo 108. -Hecho imponible. Artículo 109.-Sujeto pasivo. Artículo 110.-Devengo y gestión. Artículo 111.-Tarifas. Artículo 112.-Afectación.
CAPÍTULO XXVII. 27. Tasa por acreditación de laboratorios de ensayo para el control de calidad de la edificación
Artículo 113.-Hecho imponible. Artículo 114.-Sujeto pasivo. Artículo 115.-Devengo y gestión. Artículo 116.-Tarifas.
CAPÍTULO XXVIII. 28. Tasa por servicios administrativos en materia de protección del medio ambiente
Artículo 117. -Hecho imponible. Artículo 118. -Sujetos pasivos. Artículo 119.-Devengo y gestión. Artículo 120.-Tarifas. Artículo 121. -Exenciones. Artículo 122.-Afectación.
CAPÍTULO XXIX. 29. Tasa por servicios administrativos en materia de conservación de la biodiversidad
Artículo 123.-Hecho imponible. Artículo 124. -Sujetos pasivos. Artículo 125.-Devengo y gestión. Artículo 126.-Tarifas. Artículo 127. -Exenciones. Artículo 128.-Afectación.
CAPÍTULO XXX. 30. Tasa por inscripción en el Registro de organismos modificados genéticamente
Artículo 129.-Hecho imponible. Artículo 130. -Sujetos pasivos. Artículo 131.-Devengo y gestión. Artículo 132.-Tarifas. Artículo 133. -Bonificaciones y exenciones.
CAPÍTULO XXXI. 31. Tasa por los servicios prestados por el comité aragonés de agricultura ecológica
Artículo 134.-Hecho imponible. Artículo 135. -Sujeto pasivo. Artículo 136.-Devengo y gestión. Artículo 137.-Tarifas. Artículo 138. -Afectación.
CAPÍTULO XXXII. 32. Tasa por actuaciones administrativas relativas al servicio de radiodifusión sonora y televisión de gestión indirecta privada
Artículo 139.-Hecho imponible. Artículo 140. -Sujetos pasivos. Artículo 141.-Devengo y gestión. Artículo 142. -Tarifas. Artículo 143. -Exenciones.
CAPÍTULO XXXIII. 33. Tasa por ocupación temporal de vías pecuarias y concesión del uso privativo del dominio público forestal de titularidad de la Comunidad Autónoma de Aragón
Artículo 144.-Hecho imponible. Artículo 145.-Sujetos pasivos. Artículo 146.-Exenciones. Artículo 147.-Devengo y gestión. Artículo 148.-Base imponible. Artículo 149. -Tarifas. Artículo 150. -Afectación.
CAPÍTULO XXXIV. 34. Tasa por servicios administrativos para la calificación ambiental de actividades clasificadas
Artículo 151.-Hecho imponible. Artículo 152.-Sujetos pasivos. Artículo 153.-Devengo y gestión. Artículo 154.-Cuota tributaria. Artículo 155.-Exenciones. Artículo 156.-Afectación.
CAPÍTULO XXXV. 35. Tasa por evaluación de ensayos clínicos y otras actuaciones relativas a medicamentos y productos sanitarios
Artículo 157.-Hecho imponible. Artículo 158.-Sujeto pasivo. Artículo 159.-Devengo y gestión. Artículo 160.-Tarifas. Artículo 161.-Afectación.
CAPÍTULO XXXVI. 36. Tasa por servicios administrativos para el suministro de información medioambiental en soporte informático o telemático
Artículo 162.-Hecho imponible. Artículo 163. -Sujetos pasivos. Artículo 164.-Devengo y gestión. Artículo 165. -Tarifas. Artículo 166.-Exenciones.
ANEXO III. TEXTO ACTUALIZADO DE LA LEGISLACIÓN SOBRE IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1.-Objeto. Artículo 2. -Finalidad. Artículo 3.-Naturaleza. Artículo 4.-Ámbito de aplicación. Artículo 5.-Afectación de la recaudación. Artículo 6.-Conceptos generales.
CAPÍTULO II. Impuesto sobre el daño medioambiental causado por la instalación de transportes por cable
Artículo 7. -Objeto del impuesto. Artículo 8. -Definiciones. Artículo 9. -Hecho imponible. Artículo 10. -Sujetos pasivos. Artículo 11.-Base imponible. Artículo 12.-Cuota tributaria y tipo de gravamen.
CAPÍTULO III. Impuesto sobre el daño medioambiental causado por la emisión de contaminantes a la atmósfera
Artículo 13. -Objeto del impuesto. Artículo 14.-Definiciones. Artículo 15.-Hecho imponible. Artículo 16. -Supuestos de no sujeción. Artículo 17. -Obligados tributarios. Artículo 18.-Base imponible. Artículo 19. -Base liquidable. Artículo 20. -Cuota tributaria.
CAPÍTULO IV. Impuesto sobre daño medioambiental causado por las grandes áreas de venta
Artículo 21. -Objeto del impuesto. Artículo 22.-Definiciones. Artículo 23.-Hecho imponible. Artículo 24.-Supuestos de no sujeción. Artículo 25. -Sujetos pasivos. Artículo 26.-Exenciones. Artículo 27. -Base imponible. Artículo 28. -Cuota tributaria y tipo de gravamen.
CAPÍTULO V. Disposiciones comunes relativas a la obligación tributaria en los Impuestos Medioambientales
Artículo 29. -Obligados tributarios. Artículo 30.-Exención subjetiva de carácter general. Artículo 31.-Determinación de la base imponible en el método de estimación directa. Artículo 32. -Criterios de aplicación del método de estimación objetiva. Artículo 33.-Criterios de aplicación del método de estimación indirecta. Artículo 34.-Comprobación de la base imponible. Artículo 35.-Deducción por inversiones destinadas a la protección del medio ambiente. Artículo 36.-Requisitos para la aplicación de la deducción. Artículo 37. -Período impositivo y devengo. Artículo 38.-Regla de imputación temporal.
CAPÍTULO VI. Disposiciones comunes relativas a la gestión tributaria de los Impuestos Medioambientales
Artículo 39.-Órganos de gestión. Artículo 40.-Órganos de colaboración. Artículo 41. -Censo de contribuyentes. Artículo 42.-Formación del censo. Artículo 43.-Declaración inicial y modificación de datos. Artículo 44.-Autoliquidación por los sujetos pasivos. Artículo 45.-Liquidación provisional de oficio por la Administración. Artículo 46.-Pagos fraccionados a cuenta.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA.-Aplicación de la normativa reguladora del suministro de información sobre emisiones.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA.-Exención por apoyo a acontecimientos de excepcional interés público en los Impuestos Medioambientales.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.-Cláusula de supletoriedad. D.F. 2ª.-Remisión a la ley de presupuestos. D.F. 3ª.-Adaptación de los Registros e inventarios sectoriales. D.F. 4ª.-Facultades de desarrollo.