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Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura. - Diario Oficial de Extremadura de 27-12-2018

Tiempo de lectura: 42 min

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Ambito: Extremadura

Estado: VIGENTE. Validez desde 31 de Marzo de 2023

F. entrada en vigor: 27/06/2019

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA JUNTA

Boletín: Diario Oficial de Extremadura Número 250

F. Publicación: 27/12/2018


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto de la ley. Artículo 2. Principios generales y fines de la ordenación territorial y urbanística. Artículo 3. La ordenación territorial y urbanística como función pública. Artículo 4. Coordinación de competencias y cooperación. Artículo 5. Definiciones legales.
TÍTULO I. Clasificación del suelo
Artículo 6. Clasificación del suelo. Artículo 7. Actuaciones de transformación en suelo urbano. Artículo 8. Solar. Artículo 9. Categorías y zonas de afección del suelo rústico en los instrumentos de ordenación.
TÍTULO II. La ordenación territorial y urbanística
CAPÍTULO 1. Criterios de ordenación
Artículo 10. Criterios de ordenación sostenible. Artículo 11. Indicadores y estándares de sostenibilidad. Artículo 12. Indicadores y estándares de sostenibilidad urbana.
CAPÍTULO 2. La ordenación territorial
Artículo 13. Instrumentos de la ordenación territorial, de desarrollo y de intervención directa. Artículo 14. Aplicación y eficacia de los instrumentos de ordenación territorial. Artículo 15. Efectos de su aprobación y vigencia de los instrumentos de ordenación territorial. Artículo 16. Modificación y revisión.
SECCIÓN 1ª. INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL GENERAL
Subsección 1ª. Directrices de Ordenación Territorial
Artículo 17. Directrices de Ordenación Territorial. Artículo 18. Documentación. Artículo 19. Procedimiento de aprobación. Artículo 20. Seguimiento.
Subsección 2ª. Plan Territorial
Artículo 21. Plan Territorial. Artículo 22. Reglas sobre delimitación de los ámbitos de los Planes Territoriales. Artículo 23. Bases de la regulación de los instrumentos de ordenación urbanística. Artículo 24. Documentación. Artículo 25. Procedimiento de aprobación. Artículo 26. Iniciativa de los municipios.
SECCIÓN 2ª. INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL DE DESARROLLO
Subsección 1ª. Planes de Suelo Rústico
Artículo 27. Planes de Suelo Rústico. Artículo 28. Documentación. Artículo 29. Procedimiento de aprobación. Artículo 30. Plan de Suelo Rústico y planeamiento urbanístico. Interacción.
Subsección 2ª. Plan Especial de Ordenación del Territorio
Artículo 31. Plan Especial de Ordenación del Territorio. Artículo 32. Ordenación y gestión de asentamientos en suelo rústico. Artículo 33. Documentación. Artículo 34. Procedimiento de aprobación.
SECCIÓN 3ª. INSTRUMENTOS DE INTERVENCIÓN DIRECTA
Subsección 1ª. Proyectos de Interés Regional
Artículo 35. Proyecto de Interés Regional. Naturaleza y objeto. Artículo 36. Vinculación. Artículo 37. Cautelas. Artículo 38. Determinaciones y documentación. Artículo 39. Documentación complementaria. Artículo 40. Procedimiento de aprobación y sus efectos. Artículo 41. Ejecución. Artículo 42. Caducidad.
SECCIÓN 4ª. ORDENACIÓN SECTORIAL
Subsección 1ª. Consulta sobre Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio
Artículo 43. Consulta sobre Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio.
CAPÍTULO 3. La ordenación urbanística
SECCIÓN 1ª. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 44. Instrumentos de la ordenación urbanística. Artículo 45. Determinaciones de los instrumentos de ordenación urbanística.
SECCIÓN 2ª. INSTRUMENTO DE PLANEAMIENTO GENERAL
Artículo 46. Plan General Municipal. Artículo 47. Plan General Estructural. Artículo 48. Plan General Detallado. Artículo 49. Procedimiento de aprobación. Artículo 50. Efectos, vigencia, modificación y revisión de los instrumentos de planeamiento general.
SECCIÓN 3ª. INSTRUMENTOS COMPLEMENTARIOS DEL PLANEAMIENTO
Artículo 51. Plan Especial. Artículo 52. Catálogo.
SECCIÓN 4ª. INSTRUMENTOS DE DESARROLLO DEL PLANEAMIENTO
Artículo 53. Plan Parcial. Artículo 54. Estudio de Detalle. Artículo 55. Ordenanzas municipales de edificación y urbanización. Artículo 56. Normas técnicas de planeamiento.
CAPÍTULO 4. Normas comunes de los procedimientos
Artículo 57. Normas comunes. Artículo 58. Competencias para la aprobación de los planes de ordenación. Artículo 59. Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura. Artículo 60. Suspensión de la vigencia de los planes.
TÍTULO III. Régimen del suelo
CAPÍTULO 1. Derechos, deberes y régimen de utilización
SECCIÓN 1ª. NORMAS COMUNES A TODAS LAS CLASES
Artículo 61. Disposiciones generales. Artículo 62. Derechos y deberes básicos. Artículo 63. Subrogación real.
SECCIÓN 2ª. RÉGIMEN DEL SUELO RÚSTICO
Subsección 1ª. Derechos y deberes
Artículo 64. Derechos de las personas propietarias de suelo rústico. Artículo 65. Deberes y limitaciones de las personas propietarias de suelo rústico. Artículo 66. Construcciones en suelo rústico.
Subsección 2ª. Condiciones de usos y autorización
Artículo 67. Usos y actividades en suelo rústico. Artículo 68. Autorización de usos en suelo rústico. Artículo 69. Calificación rústica. Artículo 70. Requisitos de la calificación rústica. Artículo 71. Asentamientos en suelo rústico.
SECCIÓN 3ª. RÉGIMEN DEL SUELO URBANO Y URBANIZABLE
Artículo 72. Derechos y deberes de las personas propietarias de suelo urbanizable. Artículo 73. Derechos y deberes de las personas propietarias de suelo urbano. Artículo 74. Derechos y deberes de las personas propietarias de suelo urbano objeto de actuaciones sistemáticas o simplificadas de nueva urbanización o reforma.
CAPÍTULO 2. Aprovechamiento urbanístico en el suelo urbano y urbanizable
Artículo 75. Áreas de reparto y aprovechamiento medio. Artículo 76. Coeficientes de homogeneización de usos y tipologías edificatorias. Artículo 77. Aprovechamiento subjetivo en suelo urbano sometido a actuaciones de nueva urbanización o reforma y suelo urbanizable. Artículo 78. Aprovechamiento subjetivo en suelo urbano no sujeto a actuaciones de nueva urbanización o reforma.
TÍTULO IV. La ejecución del planeamiento
CAPÍTULO 1. Disposiciones generales
SECCIÓN 1ª. LA ACTIVIDAD DE EJECUCIÓN
Artículo 79. La actividad de ejecución. Artículo 80. Contenido de la actividad de ejecución. Artículo 81. Modalidades de la actividad de ejecución. Artículo 82. Régimen de gestión. Artículo 83. Sistemas de ejecución. Artículo 84. Participación privada y dirección y control públicos en la actividad de ejecución. Artículo 85. Presupuestos de la actividad de ejecución. Artículo 86. Gastos de urbanización Artículo 87. Terminación y recepción de las obras de urbanización. Artículo 88. Conservación de las obras de urbanización.
SECCIÓN 2ª. SUJETOS DE LA ACTIVIDAD PÚBLICA Y PRIVADA
Artículo 89. Actuación pública y privada. Artículo 90. Modalidades de gestión directa. Artículo 91. Convenios con particulares para la ejecución del planeamiento.
CAPÍTULO 2. Las actuaciones sistemáticas de nueva urbanización o reforma
SECCIÓN 1ª. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 92. Actuación sistemática de nueva urbanización o reforma. Artículo 93. Unidad de Actuación Integral. Artículo 94. Obtención de terrenos dotacionales. Artículo 95. Consulta previa para la determinación del sistema de ejecución. Artículo 96. Elección del sistema de ejecución.
SECCIÓN 2ª. LOS SISTEMAS DE EJECUCIÓN EN RÉGIMEN DE GESTIÓN DIRECTA
Artículo 97. Sistema de cooperación. Artículo 98. Sistema de expropiación.
SECCIÓN 3ª. LOS SISTEMAS DE EJECUCIÓN EN RÉGIMEN DE GESTIÓN INDIRECTA
Artículo 99. Sistema de compensación. Artículo 100. Sistema de concertación.
CAPÍTULO 3. Actuaciones simplificadas de nueva urbanización o reforma
Artículo 101. Actuación simplificada de nueva urbanización o reforma. Unidad de actuación simplificada. Artículo 102. Obtención de terrenos dotacionales. Artículo 103. Gestión y ejecución de la urbanización y pago de las obras de urbanización.
CAPÍTULO 4. Otras formas de ejecución del planeamiento
SECCIÓN 1ª. EJECUCIÓN DE LOS SISTEMAS GENERALES
Artículo 104. Obtención del suelo y ejecución de los sistemas generales.
SECCIÓN 2ª. LA EXPROPIACIÓN FORZOSA ASISTEMÁTICA
Artículo 105. Objeto. Artículo 106. Requisitos y efectos
SECCIÓN 3ª. LA OCUPACIÓN DIRECTA Y LA PERMUTA FORZOSA
Artículo 107. La ocupación directa. Artículo 108. La permuta forzosa.
CAPÍTULO 5. Instrumentos y técnicas para la gestión urbanística
SECCIÓN 1ª. LOS PROGRAMAS DE EJECUCIÓN
Artículo 109. Programa de Ejecución. Artículo 110. Contenido funcional del Programa de Ejecución. Artículo 111. Contenido documental del Programa de Ejecución. Artículo 112. Iniciativa del Programa de Ejecución. Artículo 113. Tramitación del Programa de Ejecución. Artículo 114. Causas de resolución del Programa de Ejecución.
SECCIÓN 2ª. AGENTE URBANIZADOR
Artículo 115. Agente urbanizador. Artículo 116. Prerrogativas y facultades de la persona o entidad que ostenta la condición de agente urbanizador. Artículo 117. Relación de la persona o entidad que ostenta la condición de agente urbanizador con la Administración. Artículo 118. Relación de la persona o entidad que ostenta la condición de agente urbanizador con las personas propietarias. Artículo 119. Retribución a la persona o entidad que ostenta la condición de agente urbanizador. Artículo 120. Garantías de promoción y retribución. Artículo 121. Responsabilidades de la persona o entidad que ostenta la condición de agente urbanizador.
SECCIÓN 3ª. LOS PROYECTOS DE URBANIZACIÓN
Artículo 122. Proyecto de urbanización.
SECCIÓN 4ª. INSTRUMENTOS DE EQUIDISTRIBUCIÓN EN EL SUELO OBJETO DE OBRAS DE URBANIZACIÓN
Artículo 123. La reparcelación urbanística. Artículo 124. Reparcelación voluntaria y reparcelación forzosa. Artículo 125. Reparcelación económica. Artículo 126. Normalización de fincas. Artículo 127. Vías públicas. Artículo 128. Efectos de la reparcelación.
SECCIÓN 5ª. INSTRUMENTOS DE EQUIDISTRIBUCIÓN EN SUELO URBANIZADO
Artículo 129. Transferencias de aprovechamiento Artículo 130. Reservas de aprovechamiento Artículo 131. Compensaciones monetarias sustitutivas
TÍTULO V. Los patrimonios públicos de suelo
Artículo 132. Constitución de los patrimonios públicos de suelo. Artículo 133. Naturaleza de los patrimonios públicos de suelo. Artículo 134. Bienes y recursos integrantes. Artículo 135. Reservas de terrenos. Artículo 136. Destino de los bienes integrantes de los patrimonios públicos de suelo. Artículo 137. Disposición de los bienes y derechos de los patrimonios públicos de suelo. Artículo 138. Constitución de derechos de superficie sobre bienes del patrimonio público del suelo
TÍTULO VI. La actividad edificatoria
CAPÍTULO 1. Ejecución de las actuaciones edificatorias y modalidades de control
SECCIÓN 1ª. EJECUCIÓN DE LAS ACTUACIONES EDIFICATORIAS
Artículo 139. Edificación de parcelas y solares. Artículo 140. Presupuestos de la edificación. Artículo 141. Incumplimiento del deber de edificar. Artículo 142. El régimen de las edificaciones, construcciones e instalaciones en situación de fuera de ordenación y de actuaciones disconformes.
SECCIÓN 2ª. MODALIDADES DE CONTROL DE LAS ACTUACIONES EDIFICATORIAS
Artículo 143. Régimen del control administrativo de las actividades urbanísticas. Artículo 144. Acceso a la información territorial y urbanística.
CAPÍTULO 2. Procedimientos de control de actuaciones urbanísticas
SECCIÓN 1ª. LICENCIAS URBANÍSTICAS
Artículo 145. Licencias urbanísticas Artículo 146. Licencia de obras de edificación, construcción e instalación. Artículo 147. El procedimiento general de otorgamiento de licencia de obras de edificación, construcción e instalación. Artículo 148. Licencias de división del suelo y de las edificaciones e instalaciones. Artículo 149. Procedimiento de otorgamiento de licencias de división del suelo. Artículo 150. Procedimiento de otorgamiento de licencias de división de edificaciones o construcciones. Artículo 151. Licencia de actividad. Artículo 152. Licencia de primera ocupación o utilización. Artículo 153. Licencias en supuestos de interés general. Artículo 154. Licencias especiales de obras y usos provisionales. Artículo 155. Actos promovidos por Administraciones Públicas. Artículo 156. Los efectos de la licencia urbanística. Artículo 157. Caducidad de las licencias. Artículo 158. Trámite de consulta sustitutiva de la licencia o autorización. Artículo 159. La responsabilidad de las técnicas y técnicos redactores de proyectos. Artículo 160. Información y publicidad en obras. Artículo 161. La prestación de servicios por las compañías suministradoras.
SECCIÓN 2ª. COMUNICACIONES URBANÍSTICAS PREVIAS
Artículo 162. Comunicaciones previas de obras, instalación y construcción. Artículo 163. Comunicaciones previas de uso y actividad Artículo 164. El procedimiento de comunicación previa Artículo 165. Caducidad de la comunicación previa. Artículo 166. Control de actividades sujetas a comunicación previa.
CAPITULO 3. Deber de conservación y declaración de ruina
Artículo 167. Deber de uso, conservación y rehabilitación. Artículo 168. Órdenes de ejecución. Artículo 169. Ruina legal Artículo 170. Ruina física inminente.
TÍTULO VII. Protección de la legalidad urbanística
CAPÍTULO 1. Medidas de reacción ante actuaciones ilegales
Artículo 171. Actuación de la Administración.
SECCIÓN 1ª. OBRAS Y USOS EN CURSO DE EJECUCIÓN, SIN LICENCIA O COMUNICACIÓN PREVIA, O SIN AJUSTARSE A SU CONTENIDO
Artículo 172. Orden de paralización y restauración de la legalidad urbanística. Artículo 173. Reposición de la realidad física alterada.
SECCIÓN 2ª. OBRAS Y USOS TERMINADOS, SIN LICENCIA O COMUNICACIÓN PREVIA, O SIN AJUSTARSE A SU CONTENIDO
Artículo 174. Actuación de la Administración. Artículo 175. Compatibilidad con sanciones.
SECCIÓN 3ª. DISPOSICIONES COMUNES
Artículo 176. Suspensión de licencias y de actuaciones comunicadas. Artículo 177. Revisión de oficio Artículo 178. Multas coercitivas. Artículo 179. Plazo para el ejercicio de la potestad de protección de la legalidad urbanística.
SECCIÓN 4ª. LA RELACIÓN ENTRE LAS ACTUACIONES DE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD Y EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
Artículo 180. Requerimiento de legalización y procedimiento sancionador.
CAPÍTULO 2. Inspección urbanística
Artículo 181. Competencias, función y facultades.
CAPÍTULO 3. Régimen sancionador
Artículo 182. Definición.
SECCIÓN 1ª. INFRACCIONES URBANÍSTICAS
Artículo 183. Tipificación de las infracciones urbanísticas. Artículo 184. Prescripción. Artículo 185. Personas y entidades responsables.
SECCIÓN 2ª. SANCIONES
Artículo 186. Reglas para determinar la cuantía de las sanciones. Artículo 187. Competencias sancionadoras. Artículo 188. Prejudicialidad.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Derecho de realojo y de retorno. D.A. 2ª. Dotaciones de aparcamiento. D.A. 3ª. Uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos regulados en esta ley. D.A. 4ª. Proyectos de Delimitación de suelo urbano. D.A. 5ª. Relación entre habitantes y metro cuadrado edificables de uso residencial. D.A. 6ª. Ley de Grandes Instalaciones de Ocio. D.A. 7ª. Exención a la reserva de vivienda protegida. D.A. 8ª. Apoyo técnico para la redacción de instrumentos de ordenación urbanística. D.A. 9ª. Apoyo y asistencia a los municipios. D.A. 10ª. Jurado Autonómico de Valoraciones. D.A. 11ª. Edificaciones anteriores a la ley 19/1975, de 2 de mayo, de reforma de la ley del suelo y ordenación urbana. D.A. 12ª. Municipios sin planeamiento. D.A. 13ª. Delegación intersubjetiva.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Planes Territoriales vigentes o en tramitación en el momento de entrada en vigor de esta ley. D.T. 2ª. Régimen urbanístico del suelo de los municipios con planes e instrumentos de ordenación urbanística vigentes en el momento de entrada en vigor de esta ley. D.T. 3ª. Proyectos de Interés Regional. D.T. 4ª. Planes e instrumentos de ordenación urbanística en tramitación en el momento de entrada en vigor de esta ley. D.T. 5ª. Instrumentos de gestión y ejecución aprobados antes de la entrada en vigor de la ley. D.T. 6ª. Calificaciones urbanísticas y calificaciones rústicas. D.T. 7ª. Procedimiento de licencias iniciadas antes de la entrada en vigor de esta ley. D.T. 8ª. Procedimientos sancionadores y de restablecimiento de la legalidad urbanística. D.T. 9ª. Conservación de urbanizaciones. D.T. 10ª. Informe de Evaluación de Edificios. D.T. 11ª. Aplicación de los reglamentos urbanísticos. D.T. 12ª. Aplicación complementaria de la Ley 2/2018, de 14 de febrero, de coordinación intersectorial y de simplificación de los procedimientos urbanísticos y de ordenación del territorio de Extremadura. D.T. 13ª. Procedimientos de aprobación y modificación de los planes especiales y planes parciales. D.T. 14ª. Aprobación de los planes y directrices territoriales. D.T. 15ª. Procedimiento de tramitación de programas de ejecución.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogatoria normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario. D.F. 2ª. Entrada en vigor.