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LEY 12/2004, de 29 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas. - Boletín Oficial de Aragón de 31-12-2004

Tiempo de lectura: 15 min

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Ambito: Aragón

Estado: VIGENTE. Validez desde 07 de Agosto de 2015

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 153

F. Publicación: 31/12/2004


Preambulo PREÁMBULO
TÍTULO I. MEDIDAS TRIBUTARIAS
CAPÍTULO I. MEDIDAS RELATIVAS AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
Artículo 1. Deducciones de la cuota íntegra autonómica del impuesto sobre la renta de las personas físicas por nacimiento o adopción del tercer hijo o sucesivos y en atención al grado de discapacidad del segundo.
CAPÍTULO II. MEDIDAS DE CARÁCTER FORMAL Y PROCEDIMENTAL RELATIVAS A LOS TRIBUTOS CEDIDOS
Artículo 2. Obligaciones formales de los notarios. Artículo 3. Obligaciones formales de los registradores de la propiedad y mercantiles. Artículo 4. Normas procedimentales relativas a la aplicación de beneficios fiscales en los impuestos cedidos.
CAPÍTULO III. MODIFICACIÓN DEL TEXTO REFUNDIDO DE LAS TASAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
Artículo 5. Modificación de la Tasa 01 por dirección e inspección de obras. Artículo 6. Modificación de la Tasa 03 por servicios administrativos, redacción de informes y otras actuaciones facultativas. Artículo 7. Modificación de la Tasa 05 por servicios en materia de ordenación de los transportes terrestres por carretera y sus actividades auxiliares y complementarias. Artículo 8. Modificación de la Tasa 13 por servicios sanitarios. Artículo 9. Modificación de la Tasa 14 por servicios en materia de ordenación de actividades industriales, energéticas, metrológicas, mineras y comerciales. Artículo 10. Modificación de la Tasa 16 por servicios de expedición de licencias y permisos de caza y pesca. Artículo 11. Modificación de la Tasa 17 por servicios facultativos en materia de montes y aprovechamientos forestales. Artículo 12. Modificación de la Tasa 19 por prestación de servicios administrativos y técnicos de juego. Artículo 13. Modificación de la Tasa 20 por servicios farmacéuticos. Artículo 14. Modificación de la Tasa 21 por servicios sociales. Artículo 15. Modificación de la tasa 25 por servicios prestados por el Registro Territorial de la Propiedad Intelectual de Aragón. Artículo 16. Modificación de la Tasa 26 por servicios de gestión de cotos.
CAPÍTULO IV. TASA POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE
Artículo 17. Creación de la tasa 28, por servicios administrativos en materia de protección del medio ambiente. Artículo 18. Hecho imponible. Artículo 19. Sujetos pasivos. Artículo 20. Devengo y gestión. Artículo 21. Tarifas. Artículo 22. Exenciones. Artículo 23. Afectación.
CAPÍTULO V. TASA POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA DE CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD
Artículo 24. Creación de la tasa 29 por servicios administrativos en materia de conservación de la biodiversidad. Artículo 25. Hecho imponible. Artículo 26. Sujetos pasivos. Artículo 27. Devengo y gestión. Artículo 28. Tarifas. Artículo 29. Exenciones. Artículo 30. Afectación.
CAPÍTULO VI. TASA POR INSCRIPCIONES EN EL REGISTRO DE ORGANISMOS MODIFICADOS GENÉTICAMENTE
Artículo 31. Creación de la Tasa 30 por inscripciones en el Registro de organismos modificados genéticamente. Artículo 32. Hecho imponible. Artículo 33. Sujetos pasivos. Artículo 34. Devengo y gestión. Artículo 35. Tarifas. Artículo 36. Bonificaciones y exenciones.
CAPÍTULO VII. TASA POR SERVICIOS PRESTADOS POR EL COMITÉ ARAGONÉS DE AGRICULTURA ECOLÓGICA
Artículo 37. Creación de la tasa 31 por servicios prestados por el Comité Aragonés de Agricultura Ecológica. Artículo 38. Hecho imponible. Artículo 39. Sujeto pasivo. Artículo 40. Devengo y gestión. Artículo 41. Tarifas. Artículo 42. Afectación.
CAPÍTULO VIII. CANON DE SANEAMIENTO
Artículo 43. Modificación de la Ley 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón.
TÍTULO II. MEDIDAS ADMINISTRATIVAS
CAPÍTULO I. MEDIDAS EN MATERIA DE PERSONAL
Artículo 44. Elaboración, aprobación y modificación de las relaciones de puestos de trabajo. Artículo 45. Criterios de promoción interna del personal laboral. Artículo 46. Derecho a la exención de las pruebas específicas. Artículo 47. Efectos derivados de la adquisición de condición de funcionario a través de los procesos de funcionarización o promoción cruzada. Artículo 48. Condiciones de acceso del personal estatutario a puestos de trabajo reservados a personal funcionario y personal laboral y de integración en Cuerpos y Escalas de funcionarios o categorías profesionales de personal laboral. Artículo 49. Provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera en las entidades de Derecho público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
CAPÍTULO II. ACCIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE POLÍTICA TERRITORIAL
Artículo 50. Fondo de Cohesión Comarcal.
CAPÍTULO III. ACCIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE
Artículo 51. Modificación de la Ley 6/1998, de 19 de mayo, de Espacios Naturales Protegidos de Aragón. Artículo 52. Modificación de la Ley 14/1990, de 27 de diciembre, por la que se declara el Parque de la Sierra y Cañones de Guara. Artículo 53. Modificación de la Ley 3/1994, de 23 de junio, de creación del Parque Posets-Maladeta. Artículo 54. Modificación de la Ley 5/1991, de 8 de abril, de declaración de la Reserva Natural de los Galachos de La Alfranca de Pastriz, La Cartuja y El Burgo de Ebro.
CAPÍTULO IV. ACCIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES Y FAMILIA
Artículo 55. Modificación de la Ley 19/2001, de 4 de diciembre, del Instituto Aragonés de la Juventud. Artículo 56. Modificación de la Ley 2/1993, de 19 de febrero, por la que se crea el Instituto Aragonés de la Mujer. Artículo 57. Modificación de la Ley 3/1990, de 4 de abril, del Consejo Aragonés de la Tercera Edad. Artículo 58. Modificación de la Ley 4/1987, de 25 de marzo, de Ordenación de la Acción Social.
CAPÍTULO V. ACCIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE PROTECCIÓN ANIMAL
Artículo 59. Modificación de la Ley 11/2003, de 19 de marzo, de protección animal en la Comunidad Autónoma de Aragón.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Informes sobre planes hidrológicos. D.A. 2ª. Acceso a la condición de funcionario docente.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. única. Derogación expresa y por incompatibilidad.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitaciones al Consejero competente en materia de Hacienda en relación con los tributos cedidos. D.F. 2ª. Habilitación al Consejero competente en materia de Hacienda para publicar mediante Orden un Anexo actualizado de tarifas de las tasas exigibles en 2005. D.F. 3ª. Remisión al desarrollo reglamentario por el Gobierno de Aragón. D.F. 4ª. Delegación legislativa. Autorización al Gobierno de Aragón para refundir las disposiciones legales dictadas en materia de tributos cedidos por la Comunidad Autónoma de Aragón. D.F. 5ª. Entrada en vigor.