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Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social en la comunidad autónoma de las Illes Balears - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 22-11-2018

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: Baleares

Estado: VIGENTE. Validez desde 14 de Abril de 2023

F. entrada en vigor: 12/12/2018

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS

Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 146

F. Publicación: 22/11/2018


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CAPÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidad de la ley
CAPÍTULO I. Régimen de colaboración privada en la gestión de servicios sociales a las personas mediante acción concertada
Artículo 2. De la acción concertada de servicios sociales a las personas en las Illes Balears Artículo 3. Principios de la acción concertada Artículo 4. Planificación y objeto de la acción concertada Artículo 5. Requisitos exigibles a las entidades gestoras de los servicios concertados Artículo 6. Procedimientos de concertación y criterios de preferencia a favor de entidades del Tercer Sector Social Artículo 7. Duración, renovación, modificación y extinción de la acción concertada Artículo 8. Contenido mínimo de los acuerdos de acción concertada Artículo 9. Causas de extinción de los acuerdos de acción concertada Artículo 10. Evaluación y seguimiento de los servicios prestados mediante acción concertada
CAPÍTULO II. Reglas específicas de contratación pública de servicios sociales dirigidos a las personas
Artículo 11. Reglas singulares para contratación de servicios sociales a las personas Artículo 12. Exigencias de solvencia específica para garantizar la calidad de la prestación Artículo 13. Presupuesto base de licitación Artículo 14. Plazos de los contratos de servicios sociales a personas Artículo 15. Utilización de modelo de concesión de servicios Artículo 16. Criterios de adjudicación vinculados a la calidad Artículo 17. Ofertas anormalmente bajas Artículo 18. Contratos reservados a entidades del tercer sector en el ámbito de los servicios sociales Artículo 19. Responsable del contrato Artículo 20. Condiciones especiales de ejecución
CAPÍTULO III. Sistema de cooperación directa con entidades del Tercer Sector Social
Artículo 21. Cooperación directa con entidades del Tercer Sector Social Artículo 22. Principios de contratación de las entidades concertadas
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Régimen supletorio aplicable D.A. 2ª. Régimen extraordinario
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Régimen transitorio de los procedimientos
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Normas que se derogan
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Excepciones al requisito de la acreditación D.F. 2ª. Registro de Entidades de Ocupación D.F. 3ª. Desarrollo y entrada en vigor de la ley ANEXO. Códigos CPV de servicios sociales