Legislación
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Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de Extremadura. - Diario Oficial de Extremadura de 28-12-2018

Tiempo de lectura: 12 min

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Ambito: Extremadura

Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Noviembre de 2022

F. entrada en vigor: 01/01/2019

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA JUNTA

Boletín: Diario Oficial de Extremadura Número 251

F. Publicación: 28/12/2018

Atención: Norma en revisión. Modificaciones pendientes por integrar en el refundido

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto de la ley. Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación. Artículo 3. Principios aplicables a la contratación pública. Artículo 4. Encargos a medios propios personificados de la Junta de Extremadura y su sector público autonómico.
CAPÍTULO II. Normas generales en materia de contratación
Artículo 5. Objeto del contrato. Artículo 6. Mejora de la calidad y la comprensibilidad de la información proporcionada. Artículo 7. Consultas preliminares del mercado. Artículo 8. Pliegos de cláusulas administrativas particulares de la Junta de Extremadura y sus organismos públicos. Artículo 9. Pago aplazado del contrato. Artículo 10. Contenido mínimo del contrato. Artículo 11. Publicidad de los contratos públicos de la Junta de Extremadura y su sector público autonómico. Artículo 12. Criterios de adjudicación del contrato. Artículo 13. Plazo de duración de los contratos. Artículo 14. Acreditación del requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones y deudas pendientes. Artículo 15. Control de la ejecución de los contratos. Artículo 16. Procedimientos de imposición de penalidades y de resolución de contratos. Artículo 17. Certificaciones de calidad de los servicios contratados y cartas de compromisos con las personas usuarias. Artículo 18. Cooperación entre las Administraciones públicas.
CAPÍTULO III. Normas de aplicación a determinados contratos de la Junta de Extremadura y su sector público autonómico
Artículo 19. Contratos de obras. Artículo 20. Contratos menores. Artículo 21. Procedimientos negociados. Artículo 22. Procedimientos de contratación centralizada. Artículo 23. Procedimiento de asociación para la innovación. Artículo 24. Adjudicación de contratos basados en un acuerdo marco.
CAPÍTULO IV. De las cláusulas de carácter social, de igualdad entre hombres y mujeres, medioambiental y relativas a otras políticas públicas y otras medidas de fomento de la contratación socialmente responsable
Artículo 25. Incorporación de criterios de carácter social, de igualdad entre hombres y mujeres, medioambiental y relativas a otras políticas públicas en los contratos. Artículo 26. Cláusulas de responsabilidad social de obligada inclusión. Artículo 27. Control de la ejecución de las cláusulas incorporadas al contrato. Artículo 28. Subcontratación. Artículo 29. Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo. Artículo 30. Fomento de la contratación de trabajadores con discapacidad o en riesgo de exclusión social por parte de la Junta de Extremadura y su sector público autonómico. Artículo 31. Fomento de la participación de las pymes en la contratación pública.
CAPÍTULO V. Órganos de la Junta de Extremadura y su sector público autonómico con competencia en materia de contratación
Artículo 32. Órganos de contratación. Artículo 33. Centrales de contratación. Artículo 34. Autorizaciones del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura. Artículo 35. Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Artículo 36. Registro de Contratos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Artículo 37. Plataforma de licitación electrónica de la Junta de Extremadura.
CAPÍTULO VI. De los recursos, reclamaciones y reconocimiento de obligaciones
Artículo 38. De los recursos especiales y reclamaciones en materia de contratación. Artículo 39. Reconocimiento de obligaciones.
CAPÍTULO VII. Evaluación y seguimiento en la contratación pública de la Junta de Extremadura y su sector público autonómico y medidas contra la corrupción
Artículo 40. Evaluación y seguimiento. Artículo 41. Apoyo a los órganos de contratación. Artículo 42. Medidas contra la corrupción en la contratación pública. Artículo 43. Oficina Extremeña de Supervisión en Materia de Contratación.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Acción concertada para la prestación de servicios de carácter social, sanitario y sociosanitario. D.A. 2ª. Plataforma de Contratación de la Junta de Extremadura. D.A. 3ª. Tramitación electrónica de los expedientes de contratación. D.A. 4ª. Encargos a la Empresa de Transformación Agraria, Sociedad Anónima (Tragsa). D.A. 5ª. Formación sobre contratación pública dirigida a las empresas. D.A. 6ª. Informe previo a los contratos, convenios o encomiendas de gestión vinculados a la implantación de la Administración Digital. D.A. 7ª. Cómputo de plazos. D.A. 8ª. Plan de formación del personal al servicio de la Administración. D.A. 9ª. Especialidades en la asistencia a las Mesas de Contratación y comunicación de las recepciones a la Intervención. D.A. 10ª. Contratos excluidos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Expedientes iniciados y contratos adjudicados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley. D.T. 2ª. Registro Oficial de Licitadores de Extremadura. D.T. 3ª. Instrucciones del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación normativa. D.F. 2ª. Entrada en vigor.