Legislación
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LEY 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña. - Diario Oficial de Cataluña de 03-07-2002

Tiempo de lectura: 23 min

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Ambito: Cataluña

Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Marzo de 2023

F. entrada en vigor: 03/01/2003

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 3669

F. Publicación: 03/07/2002


PREÁMBULO
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Finalidades.
TÍTULO II. Los recursos turísticos
CAPÍTULO I. Régimen general de los recursos turísticos
Artículo 4. Concepto y clases. Artículo 5. Recursos turísticos esenciales. Artículo 6. Recursos turísticos de interés local. Artículo 7. Recursos turísticos potenciales. Artículo 8. Deber de preservación. Artículo 9. Planificación. Artículo 10. Declaración e inventario de los recursos turísticos. Artículo 11. Fomento de recursos turísticos. Artículo 12. Consideración urbanística de los recursos turísticos.
CAPÍTULO II. Plan de turismo de Cataluña
Artículo 13. Objeto, carácter y ámbito de aplicación territorial. Artículo 14. Contenido. Artículo 15. Redacción y aprobación. Artículo 16. Vigencia, modificación y revisión. Artículo 17. Actualización.
CAPÍTULO III. Municipios turísticos
Artículo 18. Concepto. Artículo 19. Servicios mínimos y servicios complementarios. Artículo 20. Otros efectos de la declaración de municipio turístico. Artículo 21. Procedimiento. Artículo 22. Pérdida de la condición de municipio turístico.
CAPÍTULO IV. Declaración de interés turístico
Artículo 23. Municipios de interés turístico. Artículo 24. Lugares, bienes y servicios de interés turístico. Artículo 25. Comarcas de interés turístico. Artículo 26. Denominaciones de ámbito supramunicipal o intercomarcal.
CAPÍTULO V. Promoción de los recursos turísticos
Artículo 27. Medios de promoción. Artículo 28. Cataluña como marca turística.
TÍTULO III. Los sujetos turísticos
CAPÍTULO I. Usuarios turísticos
Artículo 29. Concepto. Artículo 30. Derechos de los usuarios turísticos. Artículo 31. Deberes de los usuarios turísticos. Artículo 32. Medios alternativos de resolución de conflictos.
CAPÍTULO II. Régimen general de las empresas turísticas
Artículo 33. Concepto. Artículo 34. Clasificación de las empresas turísticas. Artículo 35. Derechos de las empresas turísticas. Artículo 36. Deberes de las empresas turísticas. Artículo 37. Derecho de acceso a los establecimientos turísticos.
CAPÍTULO III. Empresas turísticas de alojamiento
Sección primera. Establecimientos de alojamiento turístico
Subsección primera. Normas generales
Artículo 38. Concepto. Artículo 39. Modalidades. Artículo 39 bis. Derecho de acceso a los establecimientos de alojamiento turístico
Subsección segunda. Establecimientos hoteleros
Artículo 40. Concepto. Artículo 41. Clasificación. Artículo 42. Categorías, especialidades y tipologías.
Subsección tercera. Apartamentos turísticos
Artículo 43. Concepto. Artículo 44. Servicios. Artículo 45. Principio de unidad de explotación.
Subsección cuarta. Campings
Artículo 46. Concepto. Artículo 47. Servicios. Artículo 48. Clasificación.
Subsección quinta. Establecimientos de turismo rural
Artículo 49. Concepto. Artículo 50. Clasificación.
Sección segunda. Viviendas de uso turístico
Artículo 50 bis. Concepto Artículo 50 ter. Libertad contractual
Sección tercera. Hogares compartidos
Artículo 50 quater. Concepto Artículo 50 quinquies. Titular de la actividad
CAPÍTULO IV. Empresas turísticas de mediación
Artículo 51. Concepto. Artículo 52. Clasificación. Artículo 53. Agentes de viajes e intermediarios en los servicios turísticos de alojamiento. Artículo 54. Agentes de viajes. Artículo 55. Requisitos de los agentes de viajes. Artículo 56. Clasificación. Artículo 57. Otras empresas turísticas de mediación. Artículo 58. Fianzas.
CAPÍTULO V. Equipamientos de información, difusión y atención turística
Artículo 59. Oficinas de turismo.
CAPÍTULO VI. Establecimientos y actividades de interés turístico.
Artículo 60. Concepto. Artículo 61. Categorización y distinción turística. Artículo 62. Centros recreativos turísticos.
CAPÍTULO VII. Profesiones turísticas
Artículo 63. Formación profesional reglada y ocupacional. Artículo 64. Actividades informativas turísticas. Artículo 65. Guías de turismo.
TÍTULO IV. Las administraciones turísticas
CAPÍTULO I. Competencias
Artículo 66. Administraciones públicas competentes en materia de turismo. Artículo 67. Competencias de la Administración de la Generalidad. Artículo 68. Competencias municipales. Artículo 69. Competencias del Consejo General de Arán. Artículo 70. Competencias comarcales. Artículo 71. Régimen de las competencias provinciales.
CAPÍTULO II. Otras disposiciones sobre las administraciones turísticas
Artículo 72. Red de Oficinas de Turismo de Cataluña. Artículo 73. Registro de Turismo de Cataluña. Artículo 74. Coordinación interdepartamental. Artículo 75. Relaciones interadministrativas. Artículo 76. Comunidades catalanas del exterior.
TÍTULO V. La inspección turística
Artículo 77. Titularidad de la potestad inspectora. Artículo 78. Funciones de los servicios de inspección. Artículo 79. Acreditación y habilitación. Artículo 80. Facultades. Artículo 80 bis. Obligación de información Artículo 81. Deberes. Artículo 82. Actas de inspección. Artículo 82 bis. Informes de inspección Artículo 83. Obligaciones de los interesados.
TÍTULO VI. El régimen sancionador
CAPÍTULO I. Infracciones
Artículo 84. Concepto. Artículo 85. Infracciones constitutivas de delito o falta. Artículo 86. Clases de infracciones. Artículo 87. Infracciones leves. Artículo 88. Infracciones graves. Artículo 89. Infracciones muy graves. Artículo 90. Reincidencia. Artículo 91. Responsabilidad.
CAPÍTULO II. Sanciones
Artículo 92. Clases de sanciones. Artículo 93. Criterios para la graduación de las sanciones. Artículo 94. Graduación de las sanciones. Artículo 95. Constancia y publicidad de las sanciones. Artículo 96. Devolución de cantidades percibidas indebidamente. Artículo 97. Cese de la actividad de empresas, de establecimientos, de viviendas de uso turístico y de hogares compartidos por incumplimiento de los requisitos establecidos. Artículo 98. Multas coercitivas. Artículo 99. Órganos competentes.
CAPÍTULO III. Prescripción y caducidad
Artículo 100. Prescripción. Artículo 101. Caducidad.
CAPÍTULO IV. Procedimiento sancionador
Artículo 102. Iniciación. Artículo 103. Reparación. Artículo 104. Medidas cautelares. Artículo 105. Instrucción y clausura. Artículo 105 bis. Reconocimiento de responsabilidad y pago voluntario.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Paradores de turismo de Cataluña. D.A. 2ª. Inventario de los recursos turísticos esenciales. D.A. 3ª. Municipios turísticos y declaraciones turísticas. D.A. 4ª. Plan de turismo de Cataluña. D.A. 5ª. Actualización de sanciones. D.A. 6ª. Afectación de ingresos procedentes de sanciones y de los precios públicos abonados en relación con procesos de categorización, especialidad y excelencia turística impulsados por el departamento competente en materia de turismo D.A. 7ª. Datos estadísticos de ocupación D.A. 8ª. Condominio en los establecimientos de alojamiento turístico D.A. 9ª. Alojamientos turísticos D.A. 10ª. Regulación municipal de las viviendas de uso turístico y los hogares compartidos D.A. 11ª. Competencias turísticas en Les Terres de l Ebre
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Consorcios constituidos. D.T. 2ª. Procedimientos sancionadores. D.T. 3ª. Condominio en los establecimientos de alojamiento turístico
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Creación y regulación de la agencia Cataluña Turismo. D.F. 2ª. Habilitación para desarrollar y aplicar la Ley. D.F. 3ª. Derogación de normas de rango igual o inferior. D.F. 4ª. Entrada en vigor.