Legislación
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LEY 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 21-11-2005

Tiempo de lectura: 9 min

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Diciembre de 2021

F. entrada en vigor: 11/12/2005

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 227

F. Publicación: 21/11/2005


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR
CAPÍTULO ÚNICO. Disposición general
Artículo 1. Objeto y finalidad.
TÍTULO I. Viviendas protegidas
CAPÍTULO I. Régimen jurídico
Artículo 2. Concepto. Artículo 3. Sujetos destinatarios de las viviendas protegidas. Artículo 4. Destino y titularidad. Artículo 5. Duración del régimen de protección. Artículo 6. Precio máximo de venta o alquiler de la vivienda protegida. Artículo 7. Valor del suelo destinado a vivienda protegida. Artículo 8. Condición resolutoria. Artículo 9. Acceso registral de las prohibiciones y limitaciones a la facultad de disponer. Artículo 10. Obligación de las personas promotoras, de las compañías suministradoras de servicios y de las entidades de crédito.
CAPÍTULO II. Derechos y prerrogativas de la Administración
Artículo 11. Derecho de adquisición preferente. Artículo 12. Derechos de tanteo y retracto. Artículo 13. Elevación a escritura pública, inscripción en el Registro de la Propiedad y otras garantías. Artículo 14. Expropiación de viviendas protegidas. Artículo 15. Desahucio administrativo. Artículo 16. Procedimiento de desahucio administrativo.
CAPÍTULO III. Infracciones y sanciones
Sección primera. Disposición general
Artículo 17. Sujetos responsables.
Sección segunda. Infracciones
Artículo 18. Infracciones. Artículo 19. Infracciones graves. Artículo 20. Infracciones muy graves.
Sección tercera. Sanciones
Artículo 21. Multas y su graduación. Artículo 22. Sanciones accesorias.
TÍTULO II. Medidas en materia de suelo
Artículo 23. Disponibilidad de suelo para la vivienda protegida y aseguramiento de su ejecución. Artículo 24. Reversión a la colectividad de las plusvalías y mecanismos de intervención directa en el mercado del suelo. Artículo 25. Parcelación urbanística. Artículo 26. Efectiva ejecución de los instrumentos de planeamiento y mecanismos para su ejecución directa. Artículo 27. Uso turístico y delimitación del mismo de los usos residenciales. Artículo 28. Protección de la legalidad urbanística. Artículo 29. Informe de incidencia territorial sobre los Planes Generales de Ordenación Urbanística.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Titularidad del Patrimonio Autonómico de Suelo. D.A. 2ª. Viviendas de protección oficial de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre. D.A. 3ª. Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2003-2007. D.A. 4ª. Creación del Cuerpo de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda. D.A. 5ª. Juntas Arbitrales de Vivienda. D.A. 6ª. Plazo de resolución y notificación de los procedimientos sancionadores en materia de vivienda protegida. D.A. 7ª. Deber de comunicación de las entidades financieras, sus filiales inmobiliarias y las entidades de gestión de activos relativa a viviendas protegidas. D.A. 8ª. Realización de funciones inspectoras en materia de vivienda protegida.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Aplicación del artícu­lo 10.1.A b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, de Medidas fiscales y administrativas. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, del Comercio Interior de Andalucía. D.F. 3ª. Actualización de las sanciones en materia de vivienda protegida. D.F. 4ª. Habilitación normativa.