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Ley 13/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales dela Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para elejercicio 2013. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 31-12-2012

Tiempo de lectura: 20 min

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Ambito: Murcia

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Diciembre de 2013

F. entrada en vigor: 01/01/2013

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 301

F. Publicación: 31/12/2012


Preambulo PREÁMBULO
TÍTULO I. APROBACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS
CAPÍTULO I. Créditos iniciales y financiación de los mismos
Artículo 1. - Ámbito de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Artículo 2. - Créditos iniciales y financiación del Presupuesto de la Administración general de la Comunidad Autónoma. Artículo 3.- Créditos iniciales y financiación de los presupuestos de los organismos autónomos. Artículo 4. - Dotaciones iniciales y financiación de los presupuestos de las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sociedades mercantiles regionales y fundaciones del secto... Artículo 5. - Presupuesto consolidado de la Administración general de la Comunidad Autónoma y sus organismos autónomos. Artículo 6.- Distribución funcional del gasto.
CAPÍTULO II. Beneficios fiscales
Artículo 7. - Beneficios fiscales.
TÍTULO II. MODIFICACIONES EN LOS CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS
CAPÍTULO I. Normas generales
Artículo 8. - Vinculación de los créditos. Artículo 9. - Principio general. Artículo 10. - Modificaciones de crédito entre la Administración general y organismos autónomos. Artículo 11.- Modificaciones de crédito que afecten a los presupuestos de las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sociedades mercantiles regionales y fundaciones del sect... Artículo 12.- Modificaciones en los créditos del capítulo I. Artículo 13.- Adecuaciones en los créditos financiados con ingresos finalistas. Artículo 14.- Transferencias a corporaciones locales. Artículo 15.- Competencias de los titulares de organismos autónomos. Artículo 16.- Habilitación de partidas presupuestarias. Artículo 17.- Adaptaciones técnicas del presupuesto.
CAPÍTULO II. Ampliaciones y generaciones de créditos
SECCIÓN primera. Ampliaciones de crédito
Artículo 18.- Ampliaciones de crédito para reconocimiento de obligaciones. Artículo 19.- Ampliaciones de crédito por mayores ingresos. Artículo 20. - Otros créditos ampliables.
SECCIÓN segunda. Generaciones de crédito
Artículo 21.- Normas específicas sobre generación de créditos.
TÍTULO III. GASTOS DE PERSONAL
CAPÍTULO I. Regímenes retributivos
Artículo 22.- Retribuciones del personal al servicio del sector público regional. Artículo 23. - Retribuciones del personal del sector público regional sometido a régimen administrativo y estatutario. Artículo 24. - Retribuciones del personal laboral del sector público regional. Artículo 25. - Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral. Artículo 26. - Retribuciones de los miembros del Consejo de Gobierno, altos cargos de la Administración Pública Regional y personal directivo del sector público regional. Artículo 27. - Retribuciones del personal funcionario al servicio de la Administración Pública Regional. Artículo 28. - Retribuciones del personal funcionario interino. Artículo 29.- Retribuciones del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud. Artículo 30.- Plantillas presupuestarias del personal del Servicio Murciano de Salud. Artículo 31.- Normas especiales. Artículo 32.- Adecuación de las retribuciones del personal al servicio del sector público regional a la normativa estatal básica.
CAPÍTULO II. Otras disposiciones en materia de gastos de personal
Artículo 33.- Nombramiento y contratación de personal de carácter temporal. Artículo 34. - Relaciones de puestos de trabajo. Artículo 35.- Contratación de personal laboral con cargo a los créditos de inversiones. Artículo 36. - Régimen de gestión del personal docente.
TÍTULO IV. GESTIÓN PRESUPUESTARIA
CAPÍTULO I. Normas sobre gestión presupuestaria
Artículo 37.- Autorizaciones de gastos. Artículo 38.- Proyectos de gasto. Artículo 39.- Proyectos de gasto de subvenciones nominativas. Artículo 40.- Transferencias de crédito de gastos con financiación afectada. Artículo 41.- Fiscalización de gastos y pagos. Artículo 42.- Fondos de Compensación Interterritorial. Artículo 43.- Gestión de los créditos correspondientes a la Política Agraria Común.
CAPÍTULO II. Cooperación con las Entidades Locales
Artículo 44. - Pagos con cargo al Plan de Cooperación Local. Artículo 45. - Remanentes en planes de Cooperación Local. Artículo 46.- Bajas por adjudicación de obras municipales con financiación autonómica.
CAPÍTULO III. Gestión de los presupuestos docentes
Artículo 47.- Autorización de incremento del cupo de efectivos en centros docentes públicos no universitarios. Artículo 48.- Módulos económicos de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados. Artículo 49. - Autorización de los costes de personal de las universidades públicas de la Región de Murcia.
TÍTULO V. OPERACIONES FINANCIERAS
CAPÍTULO I. Deuda Pública
Artículo 50. - Endeudamiento de la Administración general. Artículo 51. - Endeudamiento de organismos autónomos y entidades incluidas en el sector administraciones públicas de la Comunidad Autónoma. Artículo 52.- Gestión de la tesorería de los organismos autónomos y demás entidades del sector público regional.
CAPÍTULO II. Avales
Artículo 53.- Avales.
TÍTULO VI. NORMAS TRIBUTARIAS
Artículo 54.- Incremento de tasas y precios públicos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.- Contratos de obras y servicios que superen los 150.000 euros. D.A. 2ª.- Seguimiento de objetivos presupuestarios. D.A. 3ª.- Contratos-programa. D.A. 4ª.- Compromisos de gasto de carácter plurianual. D.A. 5ª.- Infraestructuras financiadas con fondos públicos y privados. D.A. 6ª.- Subvenciones nominativas del Servicio Murciano de Salud. D.A. 7ª.- Suspensión de los pagos a favor de entidades del sector público que no cumplan el deber de información en materia de estabilidad presupuestaria. D.A. 8ª.- Depuración de saldos antiguos por derechos pendientes de cobro. D.A. 9ª.- Bajas por adjudicación. D.A. 10ª.- Tramitación de determinados gastos derivados de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil; de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero... D.A. 11ª.- Creación de entidades del sector público regional. D.A. 12ª.- Imputación de gastos de ejercicios anteriores al presupuesto de 2013. D.A. 13ª.- Tramitación anticipada de expedientes de gasto. D.A. 14ª.- Medidas de control sobre los presupuestos de las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sociedades mercantiles regionales y fundaciones del sector público autonóm... D.A. 15ª.- Medidas de fomento del patrimonio histórico y medidas de fomento social. D.A. 16ª.- Subvenciones o anticipos reintegrables. D.A. 17ª.- Autorización de la celebración de grandes eventos que contribuyan a proyectar la imagen de la Región. D.A. 18ª.- Control interno del sector público regional. D.A. 19ª.- Contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. D.A. 20ª.- Concesión de préstamos por el Instituto de Fomento de la Región de Murcia. D.A. 21ª.- Disposiciones de carácter general en materia de función pública. D.A. 22ª.- Suspensión temporal de pactos y acuerdos. D.A. 23ª.- Indemnizaciones por asistencia a determinados órganos colegiados. D.A. 24ª.- Medidas en materia de personal del sector público regional. D.A. 25ª.- Mejora voluntaria sobre la acción protectora de la Seguridad Social. D.A. 26ª.- Régimen presupuestario de la Asamblea Regional. D.A. 27ª.- Excepciones a las limitaciones de las transferencias de crédito establecidas en el artículo 44.1 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia. D.A. 28ª.- Modificaciones del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia. D.A. 29ª.- Suspensión del artículo 55.6 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia. D.A. 30ª.- Transferencias de crédito que afecten a fondos del "Préstamo BEI terremoto de Lorca". D.A. 31ª.- Reestructuración del sector público regional. D.A. 32ª.- Previsiones específicas en materia de ciertas subvenciones nominativas previstas en esta Ley. D.A. 33ª. Devengo de la paga adicional de complemento específico y de la productividad semestral (factor de complemento de destino y factor de complemento específico) en el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de diciembre de 2013.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.- Derogación del artículo 56 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.- Desarrollo y ejecución de la Ley. D.F. 2ª.- Entrada en vigor. ANEXO I. PROYECTOS DE GASTO NOMINATIVOS. PRESUPUESTO 2013 ANEXO II. MÓDULOS ECONÓMICOS DE DISTRIBUCIÓN DE FONDOS PÚBLICOS PARA SOSTENIMIENTO DE CENTROS CONCERTADOS ANEXO III. SUBVENCIONES NOMINATIVAS DEL SERVICIO MURCIANO DE SALUD PRESUPUESTO 2013 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA REGIONAL. Presupuesto 2013