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Ley 13/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2014 - Boletín Oficial de La Rioja de 30-12-2013

Tiempo de lectura: 12 min

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Ambito: La Rioja

Estado: VIGENTE. Validez desde 31 de Octubre de 2017

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de La Rioja Número 160

F. Publicación: 30/12/2013


Preambulo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Medidas tributarias
CAPÍTULO I. Impuesto sobre la renta de las personas físicas
Artículo 1. Escala autonómica. Artículo 2. Deducciones autonómicas sobre la cuota íntegra autonómica. Artículo 3. Requisitos de aplicación de las deducciones autonómicas sobre la cuota íntegra autonómica.
CAPÍTULO II. Impuesto sobre sucesiones y donaciones
SECCIÓN 1.ª ADQUISICIONES MORTIS CAUSA
Artículo 4. Reducciones en las adquisiciones mortis causa. Artículo 5. Reducciones en las adquisiciones de empresas individuales, negocios profesionales, participaciones en entidades y vivienda habitual. Artículo 6. Incompatibilidad entre reducciones. Artículo 7. Incumplimiento de los requisitos de permanencia. Artículo 8. Deducción para adquisiciones mortis causa por sujetos incluidos en los grupos I y II.
SECCIÓN 2.ª ADQUISICIONES INTER VIVOS
Artículo 9. Reducciones en las adquisiciones inter vivos. Artículo 10. Reducciones en las adquisiciones de empresas individuales, negocios profesionales y participaciones en entidades. Artículo 11. Incumplimiento de los requisitos de permanencia. Artículo 12. Deducción para las donaciones de dinero efectuadas de padres a hijos para la adquisición de vivienda habitual en La Rioja. Artículo 13. Deducción para las donaciones de primera vivienda habitual de padres a hijos.
SECCIÓN 3.ª DISPOSICIONES COMUNES A AMBAS MODALIDADES
Artículo 14. Suspensión en el procedimiento de tasación pericial contradictoria.
CAPÍTULO III. Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
SECCIÓN 1.ª MODALIDAD DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES ONEROSAS
Artículo 15. Tipo impositivo general en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas. Artículo 16. Tipo impositivo en la adquisición de vivienda habitual. Artículo 17. Tipo impositivo en la adquisición de vivienda que vaya a ser objeto de inmediata rehabilitación. Artículo 18. Tipo impositivo aplicable a las transmisiones onerosas de determinadas explotaciones agrarias a las que sea aplicable el régimen de incentivos fiscales previsto en la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias. Artículo 19. Tipo impositivo y deducción aplicables a las transmisiones onerosas de inmuebles adquiridos por sociedades constituidas por jóvenes empresarios.
SECCIÓN 2.ª MODALIDAD DE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS
Artículo 20. Tipo de gravamen general para documentos notariales. Artículo 21. Tipo impositivo reducido y deducción para los documentos notariales con la finalidad de promover una política social de vivienda. Artículo 22. Deducción en determinadas operaciones de subrogación y modificación de préstamos y créditos hipotecarios. Artículo 23. Tipo impositivo aplicable a las escrituras notariales que formalicen transmisiones de inmuebles en las que se realiza la renuncia a la exención en el impuesto sobre el valor añadido. Artículo 24. Documentos presentados a liquidación por actos jurídicos documentados a los que sea de aplicación el artículo 20.Uno.22.º.A.c) de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Artículo 25. Tipo impositivo reducido y deducción para los documentos notariales que formalicen la adquisición de inmuebles que vayan a constituir el domicilio fiscal o centro de trabajo de sociedades mercantiles de jóvenes empresarios. Artículo 26. Tipo reducido aplicable a las sociedades de garantía recíproca.
SECCIÓN 3.ª OBLIGACIONES FORMALES
Artículo 27. Presentación telemática obligatoria.
CAPÍTULO IV. Canon de saneamiento
Artículo 28. Modificación de la Ley 5/2000, de 25 de octubre, de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de La Rioja.
CAPÍTULO V. Tasas
Artículo 29. Modificación de la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
TÍTULO II. Medidas administrativas
CAPÍTULO I. Medidas administrativas en materia de fundaciones
Artículo 30. Modificación de la Ley 1/2007, de 12 de febrero, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
CAPÍTULO II. Medidas administrativas en materia de vivienda
Artículo 31. Modificación de la Ley 2/2007, de 1 de marzo, de Vivienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
CAPÍTULO III. Medidas administrativas en materia de ordenación del territorio y urbanismo
Artículo 32. Modificación de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja.
CAPÍTULO IV. Medidas administrativas en materia de pesca
Artículo 33. Modificación de la Ley 2/2006, de 28 de febrero, de Pesca de La Rioja.
CAPÍTULO V. Medidas administrativas en materia de sanidad animal
Artículo 34. Modificación de la Ley 7/2002, de 18 de octubre, de Sanidad Animal de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
CAPÍTULO VI. Acción administrativa en materia de vitivinicultura
Artículo 35. Modificación de la Ley 8/2002, de 18 de octubre, de Vitivinicultura de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
CAPÍTULO VII. Medidas administrativas en materia de caza
Artículo 36. Ampliación de la Reserva Regional de Caza Cameros-Demanda con terrenos del Ayuntamiento de Pradillo.
CAPÍTULO VIII. Medidas administrativas en materia de cooperativas
Artículo 37. Modificación de la Ley 4/2001, de 2 de julio, de Cooperativas de La Rioja.
CAPÍTULO IX. Medidas administrativas en materia de juego
Artículo 38. Modificación de la Ley 5/1999, de 13 de abril, reguladora del Juego y Apuestas.
CAPÍTULO X. Medidas administrativas en materia de Administración Local
Artículo 39. Modificación de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Administración Local de La Rioja.
CAPÍTULO XI. Medidas administrativas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas
Artículo 40. Modificación de la Ley 4/2000, de 25 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
CAPÍTULO XII. Medidas administrativas en materia de itinerarios verdes
Artículo 41. Modificación de la Ley 5/2003, de 26 de marzo, reguladora de la Red de Itinerarios Verdes de La Rioja.
CAPÍTULO XIII. Medidas administrativas en materia de consumo
Artículo 42. Modificación de la Ley 5/2013, de 12 de abril, para la defensa de los consumidores en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Deducción en las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja por la utilización de medios telemáticos para su presentación y pago. D.A. 2ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Retroactividad del apartado 4 del artículo 5 de la presente ley.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación de otras disposiciones legales.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Entrada en vigor. ANEXO I. Modificación de la descripción de linderos de la Reserva Regional de Caza de Cameros-Demanda reflejados en el anexo de la Ley 3/99, tras la ampliación con terrenos del término municipal de Pradillo de Cameros. ANEXO II. Nuevo perímetro de la Reserva Regional deCaza Cameros-Demanda (1:50.000)