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LEY 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 10-12-2010

Tiempo de lectura: 14 min

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Ambito: Comunidad Valenciana

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023

F. entrada en vigor: 11/12/2010

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 6414

F. Publicación: 10/12/2010


PREÁMBULO
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Ámbito de aplicación Artículo 2. Exclusiones Artículo 3. Prohibiciones Artículo 4. Condiciones técnicas generales Artículo 5. Cooperación y colaboración administrativa
TÍTULO II. De la apertura de establecimientos públicos y de la realización de espectáculos públicos, actividades recreativas y actividades socioculturales
Artículo 6. De la declaración responsable y de la autorización Artículo 6 bis. Procedimiento único
CAPÍTULO I. De las competencias de las administraciones públicas
Artículo 7. Autorizaciones competencia de la Administración autonómica Artículo 8. Autorizaciones competencia de los ayuntamientos
CAPÍTULO II. Procedimiento para la apertura de establecimientos públicos
Artículo 9. Procedimiento de apertura mediante declaración responsable Artículo 10. Procedimiento de apertura mediante autorización Artículo 11. Modificaciones sustanciales Artículo 12. Cambio de titularidad Artículo 13. Compatibilidad de actividades Artículo 14. Licencias excepcionales Artículo 15. Contenido de las licencias de apertura Artículo 16. Revocación y caducidad de la licencia Artículo 17. Licencias de apertura para instalaciones eventuales, portátiles o desmontables
CAPÍTULO III. Otros requisitos y disposiciones
Artículo 18. Seguros Artículo 19. Ambientación y amenización musical Artículo 20. Carteles informativos Artículo 21. Terrazas Artículo 22. Calidad de los servicios Artículo 23. Información al ciudadano Artículo 24. Registro de empresas y establecimientos
CAPÍTULO IV. De los espectáculos y actividades extraordinarios, singulares o excepcionales
Artículo 25. Espectáculos y actividades extraordinarios Artículo 26. Espectáculos y actividades singulares o excepcionales
TÍTULO III. Organización y desarrollo de los espectáculos públicos, actividades recreativas y actividades socioculturales
CAPÍTULO I. Ámbito subjetivo
Artículo 27. De los titulares o prestadores Artículo 28. Domicilio a los efectos de notificaciones Artículo 29. Obligaciones de los titulares o prestadores Artículo 30. Artistas o ejecutantes Artículo 31. Derechos de los destinatarios Artículo 32. Obligaciones de los destinatarios
CAPÍTULO II. Otras disposiciones para el desarrollo del espectáculo o actividad
Artículo 33. Reserva y derecho de admisión Artículo 34. Protección del menor Artículo 35. Horario Artículo 36. Publicidad Artículo 37. Entradas Artículo 38. Venta de entradas
TÍTULO IV. Vigilancia e inspección y régimen sancionador
CAPÍTULO I. Vigilancia e inspección
Artículo 39. Facultades administrativas Artículo 40. Actividad inspectora y de control Artículo 41. Actas Artículo 42. Subsanación Artículo 43. Medidas provisionales en supuestos de urgencia Artículo 44. Supuestos de adopción de medidas provisionales Artículo 45. Autoridades competentes Artículo 45 bis
CAPÍTULO II. Régimen sancionador
Artículo 46. Principios generales Artículo 47. Infracciones Artículo 48. Responsables Artículo 49. Procedimiento Artículo 50. Infracciones leves Artículo 51. Infracciones graves Artículo 52. Infracciones muy graves Artículo 53. Prescripción y caducidad Artículo 54. Sanciones Artículo 55. Graduación de las sanciones Artículo 56. Competencia para sancionar Artículo 57. Delitos e infracciones administrativas Artículo 58. Prescripción de sanciones Artículo 59. Medidas provisionales durante la instrucción del procedimiento sancionador Artículo 60. Publicidad de las sanciones
TÍTULO V. De los órganos consultivos
Artículo 61. Comisión de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Actividades Socioculturales de la Comunitat Valenciana
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Actualización de las cuantías de las sanciones económicas por infracciones a la ley
D.A. 2ª. Espectáculos públicos, actividades recreativas, actividades socioculturales y establecimientos públicos declarados de interés general D.A. 3ª. Responsabilidad del participante no apto en festejos taurinos tradicionales (bous al carrer) D.A. 5ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Normativa técnica de aplicación D.T. 2ª. Expedientes sancionadores en trámite D.T. 3ª. Procedimientos para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas y socioculturales y para la apertura de establecimientos públicos D.T. 4ª. Régimen transitorio sobre condiciones de establecimientos e instalaciones D.T. 5ª. D.T. 6ª. D.T. 6ª bis. D.T. 7ª D.T. 8ª
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.Derogación de normas
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario D.F. 2ª. Entrada en vigor ANEXO. Catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas, actividades socioculturales y establecimientos públicos