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Ley 16/2008, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y financieras. - Diario Oficial de Cataluña de 31-12-2008

Tiempo de lectura: 15 min

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Ambito: Cataluña

Estado: VIGENTE. Validez desde 15 de Marzo de 2024

F. entrada en vigor: 01/01/2009

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 5288

F. Publicación: 31/12/2008


Preambulo
TÍTULO I. MEDIDAS FISCALES.
CAPÍTULO I. TRIBUTOS PROPIOS.
SECCIÓN I. CANON DEL AGUA.
Artículo 1. Tipo de gravamen específico para usos industriales y asimilables, agrícolas y ganaderos. Artículo 2. Canon de regulación y tarifa de utilización. Artículo 3. Ocupación, utilización y aprovechamiento de los bienes de dominio público hidráulico. Artículo 4. Contabilización de los ingresos obtenidos mediante las entidades suministradoras.
SECCIÓN II. TASAS.
Subsección I. Bonificaciones.
Artículo 5. Bonificación por la presentación de la solicitud de servicios o actividades por medios electrónicos. Artículo 6. Bonificación por la tramitación por medios telemáticos de la inscripción en convocatorias de los cuerpos docentes y del grupo de servicios penitenciarios.
Subsección II. Tasas de la Agencia Catalana del Agua.
Artículo 7. Vertidos con conexión a un sistema público de saneamiento. Artículo 8. Vertidos de aguas residuales de carácter sanitario al dominio público hidráulico.
Subsección III. Tasa por la realización de valoraciones previas en el ámbito de los tributos gestionados por la Generalidad.
Artículo 9. Hecho imponible.
Subsección IV. Tasas en materia de educación.
Artículo 10. Tasa por la expedición de títulos académicos y profesionales. Artículo 11. Tasa por la prestación de servicios docentes de las escuelas oficiales de idiomas. Artículo 12. Tasa por la homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros en enseñanzas no universitarias.
Subsección V. Tasa por los servicios de acreditación de entidades colaboradoras de la Administración en materia de medio ambiente.
Artículo 13. Hecho imponible. Artículo 14. Pago de la tasa. Artículo 15. Cuotas.
Subsección VI. Tasa por la prestación de servicios en materia de metrología, autorizaciones de instalaciones e inscripciones en el Registro de establecimientos industriales, control de aparatos y vehículos, ordenación minera y certificaciones técnicas e informes.
Artículo 16. Cuota.
Subsección VII. Tasa por el permiso de pesca.
Artículo 17. Modificación del título XVII del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Subsección VIII. Tasa por la presentación de anuncios en el DOGC.
Artículo 18. Cuotas y exenciones. Artículo 19. Modificación de la Ley 2/2007.
Subsección IX. Tasa por los servicios prestados por el Cuerpo de Mossos d'Esquadra.
Artículo 20. Hecho imponible. Artículo 21. Exenciones.
Subsección X. Tasa por la prestación de servicios de prevención y extinción de incendios.
Artículo 22. Hecho imponible. Artículo 23. Exenciones. Artículo 24. Sujeto pasivo. Artículo 25. Devengo.
Subsección XI. Tasas en materia de sociedad de la información.
Artículo 26. Tasa por la realización de actuaciones de actividad administrativa del Consejo del Audiovisual de Cataluña en relación con los prestadores de servicios de comunicación audiovisual de Cataluña. Artículo 27. Tasa por actuaciones de control y de inspección respecto a las actividades de prestación de servicios de comunicación audiovisual. Artículo 28. Tasa por la acreditación de competencias en tecnologías de la información y la comunicación (TIC).
Subsección XII. Tasas en materia de capacitación profesional para conductores de vehículos de transporte de mercancías y de transporte de viajeros.
Artículo 29. Tasa por la expedición de la autorización de centros de formación, por la expedición del visado de centros de formación, por la homologación de cursos, por la inscripción y realización de pruebas, por la expedición de certificados y por la expedición de tarjetas de calificación profesional, relativos a la capacitación profesional para conductores de vehículos de transporte de mercancías y de transporte de viajeros.
Subsección XIII. Canon ferroviario.
Artículo 30. Modificación de la Ley 4/2006.
SECCIÓN III. CONTRIBUCIONES ESPECIALES.
Artículo 31. Contribución especial de la Ley 5/1994.
CAPÍTULO II. TRIBUTOS CEDIDOS.
SECCIÓN I. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.
Artículo 32. Deducciones en la cuota por donaciones a determinadas entidades. Artículo 33. Deducción por rehabilitación de la vivienda habitual. Artículo 34. Deducción en la cuota del IRPF por donaciones a determinadas entidades en beneficio del medio ambiente, la conservación del patrimonio natural y de custodia del territorio.
SECCIÓN II. IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES.
Artículo 35. Reducción por la adquisición mortis causa de la vivienda habitual del causante.
Artículo 36. Reducción por la adquisición mortis causa de bienes culturales.
SECCIÓN III. IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS.
Artículo 37. Bonificación de la cuota por la transmisión de viviendas a empresas inmobiliarias.
TÍTULO II. MEDIDAS RELATIVAS AL RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS.
CAPÍTULO I. GESTIÓN FINANCIERA Y CONTROL.
Artículo 38. Modificación del artículo 22 de la Ley 5/2007. Artículo 39. Información económica de las empresas que gestionan infraestructuras viarias de titularidad de la Generalidad. Artículo 40. Modificación del artículo 48 del texto refundido de la legislación sobre comercio interior.
CAPÍTULO II. MEDIDAS DE TIPO SOCIAL.
Artículo 41. Modificación de la Ley 13/2006.
CAPÍTULO III. FOMENTO.
Artículo 42. Gestión del fondo de fomento del Programa de barrios y áreas urbanas de atención especial.
CAPÍTULO IV. TARIFAS Y PRESTACIONES PATRIMONIALES PÚBLICAS.
Artículo 43. Modificación de las cuantías de determinadas tarifas por los servicios generales y servicios específicos que presta directamente Puertos de la Generalidad, establecidas en el anexo 1 de la Ley 5/1998. Artículo 44. Modificación de las cuantías de las tarifas por las concesiones y autorizaciones administrativas otorgadas por Puertos de la Generalidad que establece el artículo 10 de la Ley 17/1996.
CAPÍTULO V. CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Artículo 45. Órganos de contratación de la Administración de la Generalidad. Artículo 46. Contratos menores. Artículo 47. Expedientes de contratación de tramitación anticipada.
CAPÍTULO VI. PERSONAL DE LOS SERVICIOS PENITENCIARIOS.
Artículo 48. Promoción interna especial del cuerpo auxiliar técnico de la Generalidad de Cataluña, grupo de servicios penitenciarios, al cuerpo técnico de especialistas de la Generalidad de Cataluña, grupo de servicios penitenciarios.
CAPÍTULO VII. OTRAS MODIFICACIONES DE LEYES SUSTANTIVAS.
SECCIÓN I. MODIFICACIONES EN MATERIA DE FUNDACIONES.
Artículo 49. Modificación de la Ley 4/2008, del libro tercero del Código civil de Cataluña.
SECCIÓN II. ENTIDAD AUTÓNOMA DEL DIARIO OFICIAL Y DE PUBLICACIONES.
Artículo 50. Modificación de la Ley 24/1987.
SECCIÓN III. CENTRO DE ESTUDIOS DE OPINIÓN.
Artículo 51. Modificación de la Ley 6/2007.
SECCIÓN IV. CENTRO DE TELECOMUNICACIONES Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA.
Artículo 52. Modificación de la Ley 15/1993.
SECCIÓN V. OFICINA ANTIFRAUDE DE CATALUÑA.
Artículo 53. Modificación de la Ley 14/2008.
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Modificación de la Ley 17/2007. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Prórroga del plazo de entrada en vigor del artículo 11.2 del texto refundido de la Ley de protección de los animales. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Modificación de la disposición adicional cuarta de la Ley 17/2007. DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Modificación de la disposición adicional quinta de Ley 17/2007. DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Programa de gestión de residuos municipales de Cataluña 2007-2012. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Compensación del importe de la cuota autonómica del impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos satisfecho por los agricultores.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Tasa por la acreditación de competencias en tecnologías de la información y la comunicación. DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Contribución especial de la Ley 5/1994. DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA. Bonificación de la cuota por la transmisión de viviendas a empresas inmobiliarias. DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA. Vertidos de aguas residuales DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA. Tipos básicos del canon del agua para los regímenes de producción de energía de los años 2007 y 2008. DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEXTA. Adecuación de las instalaciones de las guarderías a lo establecido por el Decreto 282/2006.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL.