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LEY 16/2017, de 1 de agosto, del cambio climático. - Diario Oficial de Cataluña de 03-08-2017

Tiempo de lectura: 17 min

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Ambito: Cataluña

Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Marzo de 2023

F. entrada en vigor: 23/08/2017

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 7426

F. Publicación: 03/08/2017


PREÁMBULO
CAPÍTULO preliminar. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Finalidades Artículo 3. Principios de actuación Artículo 4. Definiciones
CAPÍTULO I. Mitigación del cambio climático
Artículo 5. Objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero Artículo 6. Marco estratégico de referencia de mitigación Artículo 7. Presupuestos de carbono Artículo 8. Inventario de emisiones a la atmósfera y de sumideros de CO2 de Cataluña
CAPÍTULO II. Adaptación al cambio climático
Artículo 9. Objetivos Artículo 10. Marco estratégico de referencia de adaptación Artículo 11. Instrumentos de planificación y programación Artículo 12. Proyecciones climáticas
CAPÍTULO III. Políticas sectoriales
Artículo 13. Reducción de la vulnerabilidad al cambio climático y reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero Artículo 14. Agricultura y ganadería Artículo 15. Pesca y acuicultura Artículo 16. Agua Artículo 17. Biodiversidad Artículo 18. Bosques y gestión forestal Artículo 19. Energía Artículo 20. Industria, servicios y comercio Artículo 21. Infraestructuras Artículo 22. Residuos Artículo 23. Salud Artículo 24. Transportes y movilidad Artículo 25. Turismo Artículo 26. Formación profesional, universidades e investigación Artículo 27. Urbanismo y vivienda
CAPÍTULO IV. La Administración en materia de cambio climático
Artículo 28. El Gobierno Artículo 29. Los departamentos de la Generalidad Artículo 30. La Comisión Interdepartamental del Cambio Climático Artículo 31. La Mesa Social del Cambio Climático Artículo 32. El Comité de Expertos sobre el Cambio Climático Artículo 33. Participación de la Administración local en las políticas climáticas Artículo 34. Planificación general, compensación territorial, simplificación y racionalización administrativas y financiación de los proyectos Artículo 35. Contratación verde Artículo 36. Colaboración y cooperación internacionales
CAPÍTULO V. Fiscalidad ambiental
SECCIÓN primera. Consideraciones generales
Artículo 37. Objetivo de la fiscalidad ambiental Artículo 38. Coordinación entre administraciones Artículo 39. Creación de impuestos ambientales
SECCIÓN segunda. Impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica
Artículo 40. Objeto y naturaleza Artículo 41. Hecho imponible Artículo 42. Sujeto pasivo Artículo 43. Exenciones Artículo 43 bis. Base imponible Artículo 44. Cuota tributaria Artículo 45. Bonificaciones Artículo 46. Período impositivo y devengo Artículo 47. Padrón Artículo 47 bis. Pago y domiciliación Artículo 48. Gestión, recaudación e inspección Artículo 49. Infracciones y sanciones Artículo 50. Recursos y reclamaciones Artículo 50 bis. Desarrollo y aplicación del impuesto
CAPÍTULO VI. Otros instrumentos para el cumplimiento de los objetivos de la Ley
Artículo 51. Fondo Climático Artículo 52. Régimen de comercio de derechos de emisión Artículo 53. Transferencia de conocimiento Artículo 54. Participación pública en planes y programas y acceso a la información ambiental Artículo 55. Difusión del conocimiento y sensibilización Artículo 56. Evaluación de la huella de carbono de productos
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. D.A. 2ª. Mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero en el ámbito de la energía D.A. 3ª. Estrategia catalana de adaptación al cambio climático con el horizonte 2013-2020 D.A. 4ª. Consumo de energía procedente de fuentes renovables en las instalaciones públicas D.A. 5ª. Plan de ahorro y eficiencia energéticos en los edificios y equipamientos de la Generalidad D.A. 6ª. Plazo para la implantación de la huella de carbono de productos D.A. 7ª. Fondo del Patrimonio Natural.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. La Comisión Interdepartamental del Cambio Climático D.T. 2ª. Constitución de la Mesa Social del Cambio Climático y del Comité de Expertos sobre el Cambio Climático D.T. 3ª. Solicitudes de licencia de edificios nuevos y de edificios existentes sometidos a una gran rehabilitación D.T. 4ª. Solicitud de permiso para instalar puntos de recarga para vehículos eléctricos y acceso público al uso de estos puntos D.T. 5ª. Renovación de los primeros miembros del Comité de Expertos sobre el Cambio Climático D.T. 6ª. Presupuestos de carbono
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Inventario de emisiones a la atmósfera de Cataluña D.F. 2ª. Integración de los objetivos de la presente ley en los planes y programas sectoriales D.F. 3ª. Método de cálculo de los inventarios y habilitación de las entidades de certificación D.F. 4ª. Inventario de emisiones de gases de efecto invernadero en los departamentos de la Generalidad y los organismos dependientes D.F. 5ª. Fondo Climático. D.F. 6ª. Desarrollo de estrategias específicas en materia de energía D.F. 7ª. Garantía de acceso a los recursos básicos de energía y agua D.F. 8ª. Proyecto de ley de prevención de los residuos y de uso eficiente de los recursos D.F. 9ª. Elaboración de un proyecto de ley de fomento de la agricultura y la ganadería sostenibles D.F. 10ª. Elaboración de un proyecto de ley de biodiversidad, patrimonio natural y conectividad biológica D.F. 11ª. Elaboración del proyecto de ley del impuesto sobre las actividades económicas que generan gases de efecto invernadero D.F. 12ª. Elaboración del proyecto de ley del impuesto sobre las emisiones portuarias de grandes barcos D.F. 13ª. Modificación de las disposiciones adicionales 9 y 10 de la Ley 4/2017, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2017 ANEXO I. Lista de contaminantes en la atmósfera incluidos en el Inventario de emisiones a la atmósfera y de sumideros de CO2 de Cataluña (artículo 8.1) ANEXO II. Contenido mínimo del informe sobre el grado de consecución de los objetivos y de las medidas correctoras a que se refiere el artículo 29.1.e ANEXO III. Productos sometidos a evaluación de la huella de carbono