LEY 16/2017, de 1 de agosto, del cambio climático. - Diario Oficial de Cataluña de 03-08-2017
Índice
Texto
Ambito: Cataluña
Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Marzo de 2023
F. entrada en vigor: 23/08/2017
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 7426
F. Publicación: 03/08/2017
PREÁMBULO
CAPÍTULO preliminar. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Finalidades
Artículo 3. Principios de actuación
Artículo 4. Definiciones
CAPÍTULO I. Mitigación del cambio climático
Artículo 5. Objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero
Artículo 6. Marco estratégico de referencia de mitigación
Artículo 7. Presupuestos de carbono
Artículo 8. Inventario de emisiones a la atmósfera y de sumideros de CO2 de Cataluña
CAPÍTULO II. Adaptación al cambio climático
Artículo 9. Objetivos
Artículo 10. Marco estratégico de referencia de adaptación
Artículo 11. Instrumentos de planificación y programación
Artículo 12. Proyecciones climáticas
CAPÍTULO III. Políticas sectoriales
Artículo 13. Reducción de la vulnerabilidad al cambio climático y reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero
Artículo 14. Agricultura y ganadería
Artículo 15. Pesca y acuicultura
Artículo 16. Agua
Artículo 17. Biodiversidad
Artículo 18. Bosques y gestión forestal
Artículo 19. Energía
Artículo 20. Industria, servicios y comercio
Artículo 21. Infraestructuras
Artículo 22. Residuos
Artículo 23. Salud
Artículo 24. Transportes y movilidad
Artículo 25. Turismo
Artículo 26. Formación profesional, universidades e investigación
Artículo 27. Urbanismo y vivienda
CAPÍTULO IV. La Administración en materia de cambio climático
Artículo 28. El Gobierno
Artículo 29. Los departamentos de la Generalidad
Artículo 30. La Comisión Interdepartamental del Cambio Climático
Artículo 31. La Mesa Social del Cambio Climático
Artículo 32. El Comité de Expertos sobre el Cambio Climático
Artículo 33. Participación de la Administración local en las políticas climáticas
Artículo 34. Planificación general, compensación territorial, simplificación y racionalización administrativas y financiación de los proyectos
Artículo 35. Contratación verde
Artículo 36. Colaboración y cooperación internacionales
CAPÍTULO V. Fiscalidad ambiental
SECCIÓN primera. Consideraciones generales
Artículo 37. Objetivo de la fiscalidad ambiental
Artículo 38. Coordinación entre administraciones
Artículo 39. Creación de impuestos ambientales
SECCIÓN segunda. Impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica
Artículo 40. Objeto y naturaleza
Artículo 41. Hecho imponible
Artículo 42. Sujeto pasivo
Artículo 43. Exenciones
Artículo 43 bis. Base imponible
Artículo 44. Cuota tributaria
Artículo 45. Bonificaciones
Artículo 46. Período impositivo y devengo
Artículo 47. Padrón
Artículo 47 bis. Pago y domiciliación
Artículo 48. Gestión, recaudación e inspección
Artículo 49. Infracciones y sanciones
Artículo 50. Recursos y reclamaciones
Artículo 50 bis. Desarrollo y aplicación del impuesto
CAPÍTULO VI. Otros instrumentos para el cumplimiento de los objetivos de la Ley
Artículo 51. Fondo Climático
Artículo 52. Régimen de comercio de derechos de emisión
Artículo 53. Transferencia de conocimiento
Artículo 54. Participación pública en planes y programas y acceso a la información ambiental
Artículo 55. Difusión del conocimiento y sensibilización
Artículo 56. Evaluación de la huella de carbono de productos
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
D.A. 2ª. Mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero en el ámbito de la energía
D.A. 3ª. Estrategia catalana de adaptación al cambio climático con el horizonte 2013-2020
D.A. 4ª. Consumo de energía procedente de fuentes renovables en las instalaciones públicas
D.A. 5ª. Plan de ahorro y eficiencia energéticos en los edificios y equipamientos de la Generalidad
D.A. 6ª. Plazo para la implantación de la huella de carbono de productos
D.A. 7ª. Fondo del Patrimonio Natural.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. La Comisión Interdepartamental del Cambio Climático
D.T. 2ª. Constitución de la Mesa Social del Cambio Climático y del Comité de Expertos sobre el Cambio Climático
D.T. 3ª. Solicitudes de licencia de edificios nuevos y de edificios existentes sometidos a una gran rehabilitación
D.T. 4ª. Solicitud de permiso para instalar puntos de recarga para vehículos eléctricos y acceso público al uso de estos puntos
D.T. 5ª. Renovación de los primeros miembros del Comité de Expertos sobre el Cambio Climático
D.T. 6ª. Presupuestos de carbono
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Inventario de emisiones a la atmósfera de Cataluña
D.F. 2ª. Integración de los objetivos de la presente ley en los planes y programas sectoriales
D.F. 3ª. Método de cálculo de los inventarios y habilitación de las entidades de certificación
D.F. 4ª. Inventario de emisiones de gases de efecto invernadero en los departamentos de la Generalidad y los organismos dependientes
D.F. 5ª. Fondo Climático.
D.F. 6ª. Desarrollo de estrategias específicas en materia de energía
D.F. 7ª. Garantía de acceso a los recursos básicos de energía y agua
D.F. 8ª. Proyecto de ley de prevención de los residuos y de uso eficiente de los recursos
D.F. 9ª. Elaboración de un proyecto de ley de fomento de la agricultura y la ganadería sostenibles
D.F. 10ª. Elaboración de un proyecto de ley de biodiversidad, patrimonio natural y conectividad biológica
D.F. 11ª. Elaboración del proyecto de ley del impuesto sobre las actividades económicas que generan gases de efecto invernadero
D.F. 12ª. Elaboración del proyecto de ley del impuesto sobre las emisiones portuarias de grandes barcos
D.F. 13ª. Modificación de las disposiciones adicionales 9 y 10 de la Ley 4/2017, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2017
ANEXO I. Lista de contaminantes en la atmósfera incluidos en el Inventario de emisiones a la atmósfera y de sumideros de CO2 de Cataluña (artículo 8.1)
ANEXO II. Contenido mínimo del informe sobre el grado de consecución de los objetivos y de las medidas correctoras a que se refiere el artículo 29.1.e
ANEXO III. Productos sometidos a evaluación de la huella de carbono