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Ley 18/2008, de 29 de diciembre, de vivienda de Galicia. - Diario Oficial de Galicia de 20-01-2009

Tiempo de lectura: 25 min

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Ambito: Galicia

Estado: DEROGADO. Desde 13 de Agosto de 2012 por Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia.

F. entrada en vigor: 20/04/2009

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 13

F. Publicación: 20/01/2009


PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. EL DERECHO A LA VIVIENDA
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1.º Objeto. Artículo 2.º Principios rectores de la política de vivienda de la Comunidad Autónoma de Galicia. Artículo 3.º Acción pública. Artículo 4.º Servicios de interés general. Artículo 5.º Definiciones.
CAPÍTULO II. Organización y competencias en materia de vivienda
Artículo 6.º Las administraciones públicas de vivienda. Artículo 7.º Competencias autonómicas. Artículo 8.º Competencias municipales.
CAPÍTULO III. Fondo social de vivienda
Artículo 9.º Fondo social de vivienda.
TÍTULO I. EL ESTATUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA
CAPÍTULO I. El proceso de edificación
Sección primera. Disposiciones generales
Artículo 10. Normativa aplicable y ámbito de aplicación. Artículo 11. Calidad de las edificaciones. Artículo 12. Las/los agentes de control de calidad. Artículo 13. Registros de agentes de la edificación.
Sección segunda. Fases del proceso de edificación
Artículo 14. Fase preparatoria. Artículo 15. El proyecto. Artículo 16. Actuaciones previas. Artículo 17. Licencia urbanística. Artículo 18. Ejecución de la obra. Artículo 19. Recepción de la obra ejecutada. Artículo 20. Licencia de primera ocupación. Artículo 21. Servicios. Artículo 22. Declaración de obra nueva.
Sección tercera. El libro del edificio
Artículo 23. Exigibilidad, objeto y contenido del libro del edificio. Artículo 24. Elaboración, entrega y gestión del libro del edificio.
CAPÍTULO II. La utilización de la vivienda
Artículo 25. Uso adecuado y mantenimiento. Artículo 26. Deberes de conservación y rehabilitación. Artículo 27. Sujeto pasivo de los deberes de conservación y rehabilitación. Artículo 28. Administración competente. Artículo 29. Derecho de retorno. Artículo 30. Expropiación por incumplimiento de la función social de la propiedad. Artículo 31. Declaración de inhabitabilidad, orden de ejecución de obras, suspensión y archivo del procedimiento expropiatorio. Artículo 32. Ocupación temporal.
TÍTULO II. LA VIVIENDA PROTEGIDA
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Sección primera. Concepto de vivienda protegida
Artículo 33. Definición. Artículo 34. Destino. Artículo 35. Superficie útil y anexos. Artículo 36. Precio máximo.
Sección segunda. Promoción de viviendas protegidas
Artículo 37. Promoción pública y privada. Artículo 38. Promoción pública. Artículo 39. Promoción privada. Artículo 40. Autopromoción.
CAPÍTULO II. Calificación de las viviendas protegidas
Artículo 41. La calificación. Artículo 42. Calificación provisional. Artículo 43. Calificación definitiva. Artículo 44. Registro de la propiedad. Artículo 45. Duración del régimen de protección y descalificación.
CAPÍTULO III. Acceso a las viviendas protegidas
Sección primera. Personas beneficiarias
Artículo 46. Requisitos. Artículo 47. Vivienda inadecuada o insuficiente. Artículo 48. Situaciones excepcionales. Artículo 49. Unidad familiar o de convivencia.
Sección segunda. Registro Único de Demandantes de Vivienda
Artículo 50. Objeto, contenido y características del registro.
Sección tercera. Modos de acceso
Artículo 51. Títulos. Artículo 52. Adjudicación por sorteo. Artículo 53. Adjudicación directa. Artículo 54. Excepciones. Artículo 55. Reservas. Artículo 56. Adjudicación de viviendas vacantes. Artículo 57. Eficacia de la adjudicación. Artículo 58. Régimen de recursos. Artículo 59. Aceptación de la adjudicación y formalización del contrato. Artículo 60. Fallecimiento de la persona adjudicataria y subrogación.
CAPÍTULO IV. Utilización y disposición de las viviendas protegidas
Artículo 61. Uso y conservación. Artículo 62. Administración. Artículo 63. Limitaciones a la facultad de disposición. Artículo 64. Segundas y ulteriores transmisiones de viviendas protegidas de promoción pública en régimen de compraventa. Artículo 65. Derechos de tanteo y retracto. Artículo 66. Escrituración e inscripción. Artículo 67. Desahucio.
TÍTULO III. POLÍTICAS DE FOMENTO DEL DERECHO A LA VIVIENDA
CAPÍTULO I. Acciones en materia de vivienda
Artículo 68. Derecho a la vivienda. Artículo 69. Medidas.
CAPÍTULO II. Fomento de la renovación y rehabilitación
Artículo 70. Actuaciones. Artículo 71. Recuperación aislada de inmuebles de valor arquitectónico. Artículo 72. Renovación y rehabilitación de edificios y viviendas en núcleos de costa e interior. Artículo 73. Renovación y rehabilitación de cascos históricos. Artículo 74. Renovación y rehabilitación de áreas urbanas degradadas. Artículo 75. Medidas financieras.
CAPÍTULO III. Fomento del acceso a la vivienda en régimen de alquiler
Artículo 76. Actuaciones. Artículo 77. Programa de vivienda en alquiler. Artículo 78. Otras acciones, planes y programas. Artículo 79. Medidas financieras.
CAPÍTULO IV. Fomento de la calidad, la innovación y la sostenibilidad
Artículo 80. Actuaciones. Artículo 81. Eficiencia energética. Artículo 82. Medidas financieras.
TÍTULO IV. PROTECCIÓN DE LOS ADQUIRENTES Y ARRENDATARIOS DE VIVIENDA
CAPÍTULO I. Publicidad e información
Sección primera. Publicidad en la oferta de venta
Artículo 83. Características de la publicidad. Artículo 84. Contenido mínimo de la publicidad. Artículo 85. Publicidad sobre el precio.
Sección segunda. Información en la oferta de venta
Artículo 86. Deber de información por escrito. Artículo 87. Contenido de la información. Artículo 88. Examen de la documentación antes de la perfección del contrato. Artículo 89. Deber de información por escrito. Artículo 90. Contenido de la información.
CAPÍTULO II. Venta de viviendas
Sección primera. Venta de viviendas en proyecto o en construcción
Artículo 91. Requisitos previos. Artículo 92. Contrato de compraventa en proyecto o en construcción. Artículo 93. Correspondencia entre la construcción y el proyecto. Artículo 94. Pago de cantidades anticipadas a cuenta del precio total de la vivienda. Artículo 95. Garantía de devolución de cantidades anticipadas. Artículo 96. Entrega de viviendas.
Sección segunda. Venta de viviendas terminadas
Artículo 97. Requisitos previos. Artículo 98. Contrato de compraventa e información. Artículo 99. Entrega de documentación al comprador.
CAPÍTULO III. Arrendamiento de viviendas
Sección primera. Requisitos para el arrendamiento
Artículo 100. Requisitos previos. Artículo 101. Entrega de documentación.
Sección segunda. Depósito de las fianzas de los arrendamientos de viviendas
Artículo 102. Establecimiento de fianza. Artículo 103. Depósito. Artículo 104. Responsabilidades.
CAPÍTULO IV. Arbitraje
Artículo 105. Arbitraje de vivienda.
TÍTULO V. INSPECCIÓN Y RÉGIMEN SANCIONADOR
CAPÍTULO I. Inspección
Artículo 106. Competencias y actividad inspectora. Artículo 107. Información y colaboración.
CAPÍTULO II. Régimen sancionador
Sección primera. Infracciones de la normativa de vivienda
Artículo 108. Infracciones muy graves. Artículo 109. Infracciones graves. Artículo 110. Infracciones leves. Artículo 111. Responsabilidad.
Sección segunda. Sanciones
Artículo 112. Multas y graduación.
Sección tercera. Otras medidas
Artículo 113. Medidas complementarias. Artículo 114. Reposición, indemnización, reintegro y reparación.
Sección cuarta. Competencias, procedimiento y ejecución forzosa
Artículo 115. Competencias. Artículo 116. Plazo máximo. Artículo 117. Ejecución forzosa. Artículo 118. Condonación y mutuo acuerdo.
Sección quinta. Prescripción
Artículo 119. Plazos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Planeamiento urbanístico. D.A. 2ª. Modificación de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y de protección del medio rural de Galicia. D.A. 3ª. Licencias de primera ocupación. D.A. 4ª. Emigrantes. D.A. 5ª. Cuantías de las sanciones. D.A. 6ª. Observatorio de la Vivienda de Galicia. D.A. 7ª. Modificación de la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia. D.A. 8ª. Modificación de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Disposiciones sancionadoras. D.T. 2ª. Potestades administrativas. D.T. 3ª. Procedimientos de calificación. D.T. 4ª. Acceso a la vivienda de las mujeres víctimas de violencia de género.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Expresa y genérica.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Descalificación. D.F. 2ª. Normativa de calidad de la edificación. D.F. 3ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 4ª. Entrada en vigor.