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Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior. - Boletín Oficial del Estado de 05-07-2003

Tiempo de lectura: 5 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 28 de Diciembre de 2022

F. entrada en vigor: 06/07/2003

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 160

F. Publicación: 05/07/2003


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CAPÍTULO I. Régimen general de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior
Artículo 1. Principio de libertad de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior. Artículo 2. Definiciones de residencia y no residencia. Artículo 3. Obligaciones de información. Artículo 4. Cláusulas de salvaguardia. Artículo 5. Medidas excepcionales. Artículo 6. Autorizaciones sobre actos, negocios, transacciones u operaciones afectados por cláusulas de salvaguardia o medidas excepcionales. Artículo 7. Suspensión del régimen de liberalización. Artículo 7 bis. Suspensión del régimen de liberalización de determinadas inversiones extranjeras directas en España.
CAPÍTULO II. Régimen sancionador
Artículo 8. Infracciones. Artículo 9. Sanciones. Artículo 10. Graduación de sanciones. Artículo 11. Prescripción de las infracciones y de las sanciones. Artículo 12. Procedimiento sancionador.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Modificación de la Ley 19/1993, de 28 de diciembre, sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales. D.A. 2ª. Modificación de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria. D.A. 3ª. Modificación de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros. D.A. 4ª. Modificación de la Ley 46/2002, de 18 de diciembre. D.A. 5ª. Modificación de la Ley 51/2002, de 27 de diciembre.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Vigencia temporal de las disposiciones normativas de desarrollo de la Ley 40/1979, de 10 de diciembre, sobre Régimen Jurídico de Control de Cambios. D.T. 2ª.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única. Habilitación y entrada en vigor.