Legislación
Legislación

LEY 19/2006, 29 de diciembre, de Medidas Tributarias de la Comunidad Autonoma de Aragon. - Boletín Oficial de Aragón de 30-12-2006

Tiempo de lectura: 9 min

Tiempo de lectura: 9 min

Ambito: Aragón

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2010

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 149

F. Publicación: 30/12/2006


Preambulo PREAMBULO
CAPÍTULO I. Modificación del Texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón
Artículo 1. -Modificación relativa a la reducción por la adquisición mortis causa de determinados bienes del impuesto sobre sucesiones y donaciones. Artículo 2. -Modificación relativa a la reducción en la base imponible del impuesto sobre sucesiones y donaciones a favor del cónyuge y de los descendientes. Artículo 3. -Modificación relativa a las reducciones por la adquisición ínter vivos de empresas individuales o negocios profesionales. Artículo 4. -Modificación relativa a la reducción en la base imponible del impuesto sobre sucesiones y donaciones por la donación de dinero para la adquisición de la primera vivienda habitual del descendiente.
CAPÍTULO II. Modificación del Texto refundido de las tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón
Artículo 5. -Modificación de la Tasa 01, por dirección e inspección de obras. Artículo 6. -Modificación de la Tasa 17, por servicios facultativos y administrativos en materia de montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias. Artículo 7.-Modificación de la Tasa 28, por servicios administrativos en materia de protección del medio ambiente. Artículo 8. -Modificación de la Tasa 32, por actuaciones administrativas relativas al servicio de radiodifusión sonora y televisión de gestión indirecta privada. Artículo 9. -Modificación de la Tasa 33, por ocupación temporal de vías pecuarias y montes de titularidad de la Comunidad Autónoma de Aragón. Artículo 10. -Creación de la Tasa 34, por servicios administrativos para la calificación ambiental de actividades clasificadas. Artículo 11. -Creación de la Tasa 35, por evaluación de ensayos clínicos y otras actuaciones relativas a medicamentos y productos sanitarios. Artículo 12. -Creación de la Tasa 36, por servicios administrativos para el suministro de información medioambiental en soporte informático o telemático.
CAPÍTULO III. Modificación de la Ley 13/2005, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas en materia de tributos cedidos y tributos propios de la Comunidad Autónoma de Aragón, relativa a los impuestos medioambientales
Artículo 13. -Modificación relativa al concepto general de instalación contaminante. Artículo 14. -Modificación relativa a la definición de explotación de las instalaciones de transporte por cable. Artículo 15. -Modificación relativa a la definición de instalación emisora de sustancias contaminantes. Artículo 16. -Modificación relativa al hecho imponible por emisión de contaminantes a la atmósfera. Artículo 17. -Modificación relativa a la base imponible por emisión de contaminantes a la atmósfera. Artículo 18. -Modificación del método de estimación directa de la base imponible. Artículo 19. -Modificación del método de estimación objetiva de la base imponible. Artículo 20. -Modificación de la deducción por inversiones en medio ambiente. Artículo 21. -Modificación de la regla de imputación temporal. Artículo 22. -Modificación relativa al órgano de gestión. Artículo 23. -Modificación relativa a los órganos de colaboración. Artículo 24. -Modificación relativa a la declaración censal. Artículo 25. -Modificación relativa a la autoliquidación. Artículo 26. -Modificación relativa a los pagos fraccionados.
CAPÍTULO IV. Modificación de la Ley 1/1998, de 16 de febrero, sobre reclamaciones tributarias en la Comunidad Autónoma de Aragón
Artículo 27. -Modificación del plazo de interposición del recurso de reposición. Artículo 28. -Modificación del plazo de resolución del recurso de reposición. Artículo 29. -Modificación del plazo de interposición de la reclamación económico-administrativa.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA.-Exención por apoyo a acontecimientos de excepcional interés público en los impuestos medioambientales.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.-Presentación y pago telemáticos de los impuestos medioambientales. D.F. 2ª.-Autorizaciones para el desarrollo reglamentario. D.F. 3ª.-Delegación legislativa. Autorización al Gobierno de Aragón para refundir la legislación sobre impuestos medioambientales de la Comunidad Autónoma de Aragón. D.F. 4ª.-Publicación de las versiones vigentes de los textos refundidos en materia tributaria como textos actualizados con valor informativo. D.F. 5ª.-Entrada en vigor. ANEXO I. TEXTO ACTUALIZADO DE LAS DISPOSICIONES DICTADAS POR LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON EN MATERIA DE TRIBUTOS CEDIDOS ANEXO II. TEXTO ACTUALIZADO DE LAS TASAS DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON