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Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. - Boletín Oficial del Estado de 10-12-2013

Tiempo de lectura: 11 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Julio de 2022

F. entrada en vigor: 11/12/2013

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 295

F. Publicación: 10/12/2013

  • La entrada en vigor de esta ley se producirá de acuerdo con las siguientes reglas: - Las disposiciones previstas en el título II entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». - El título preliminar, el título I y el título III entrarán en vigor al año de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». - Los órganos de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales dispondrán de un plazo máximo de dos años para adaptarse a las obligaciones contenidas en esta Ley.

PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. Objeto.
TÍTULO I. Transparencia de la actividad pública
CAPÍTULO I. Ámbito subjetivo de aplicación
Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación. Artículo 3. Otros sujetos obligados. Artículo 4. Obligación de suministrar información.
CAPÍTULO II. Publicidad activa
Artículo 5. Principios generales. Artículo 6. Información institucional, organizativa y de planificación. Artículo 6 bis. Registro de actividades de tratamiento. Artículo 7. Información de relevancia jurídica. Artículo 8. Información económica, presupuestaria y estadística. Artículo 9. Control. Artículo 10. Portal de la Transparencia. Artículo 11. Principios técnicos.
CAPÍTULO III. Derecho de acceso a la información pública
SECCIÓN 1.ª Régimen general
Artículo 12. Derecho de acceso a la información pública. Artículo 13. Información pública. Artículo 14. Límites al derecho de acceso. Artículo 15. Protección de datos personales. Artículo 16. Acceso parcial.
SECCIÓN 2.ª Ejercicio del derecho de acceso a la información pública
Artículo 17. Solicitud de acceso a la información. Artículo 18. Causas de inadmisión. Artículo 19. Tramitación. Artículo 20. Resolución. Artículo 21. Unidades de información. Artículo 22. Formalización del acceso.
SECCIÓN 3.ª Régimen de impugnaciones
Artículo 23. Recursos. Artículo 24. Reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
TÍTULO II. Buen gobierno
Artículo 25. Ámbito de aplicación. Artículo 26. Principios de buen gobierno. Artículo 27. Infracciones y sanciones en materia de conflicto de intereses. Artículo 28. Infracciones en materia de gestión económico-presupuestaria. Artículo 29. Infracciones disciplinarias. Artículo 30. Sanciones. Artículo 31. Órgano competente y procedimiento. Artículo 32. Prescripción.
TÍTULO III. Consejo de Transparencia y Buen Gobierno
Artículo 33. Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Artículo 34. Fines. Artículo 35. Composición. Artículo 36. Comisión de Transparencia y Buen Gobierno. Artículo 37. Presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Artículo 38. Funciones. Artículo 39. Régimen jurídico. Artículo 40. Relaciones con las Cortes Generales.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Regulaciones especiales del derecho de acceso a la información pública. D.A. 2ª. Revisión y simplificación normativa. D.A. 3ª. Corporaciones de Derecho Público. D.A. 4ª. Reclamación. D.A. 5ª. Colaboración con la Agencia Española de Protección de Datos. D.A. 6ª. Información de la Casa de Su Majestad el Rey. D.A. 7ª. D.A. 8ª.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado. D.F. 3ª. Modificación de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. D.F. 4ª. Modificación de la disposición adicional décima de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. D.F. 5ª. D.F. 6ª. Modificación de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. D.F. 7ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 8ª. Título competencial. D.F. 9ª. Entrada en vigor.