LEY 19/2020, de 30 de diciembre, de igualdad de trato y no discriminación. - Diario Oficial de Cataluña de 31-12-2020
Índice
Texto
Ambito: Cataluña
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022
F. entrada en vigor: 30/01/2021
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 8307
F. Publicación: 31/12/2020
PREÁMBULO
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Ámbito de aplicación subjetivo, objetivo y territorial
Artículo 3. Principios generales de actuación de la Administración
Artículo 4. Definiciones
Artículo 5. Alcance del derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación
TÍTULO II. Ámbitos de aplicación material del derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación
Artículo 6. Ocupación y función pública
Artículo 7. Negociación colectiva
Artículo 8. Organizaciones políticas, sindicales, empresariales, profesionales y de interés social o económico
Artículo 9. Espacios de participación política, cívica y social
Artículo 10. Educación
Artículo 11. Salud
Artículo 12. Servicios sociales
Artículo 13. Atención a niños, adolescentes, jóvenes, personas mayores y personas con discapacidad
Artículo 14. Vivienda
Artículo 15. Establecimientos y espacios abiertos al público
Artículo 16. Medios de comunicación social y sociedad de la información
Artículo 17. Cultura
Artículo 18. Deporte
Artículo 19. Libertad religiosa
Artículo 20. Administración de justicia
Artículo 21. Cuerpos y fuerzas de seguridad
TÍTULO III. Defensa y promoción del derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación
CAPÍTULO I. Garantías del derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación
Artículo 22. Medidas de protección contra la discriminación
Artículo 23. Medidas específicas de apoyo a las víctimas de discriminación
Artículo 24. Tutela administrativa y judicial y medidas de reparación de las víctimas de discriminación
Artículo 25. Efectos de la contravención de la Ley
Artículo 26. Legitimación para la defensa del derecho a la igualdad de trato y contra la discriminación
CAPÍTULO II. Promoción del derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación y medidas de acción positiva
Artículo 27. Promoción del derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación
Artículo 28. Planificación estratégica para la igualdad de trato y la no discriminación
Artículo 29. Colaboración entre instituciones públicas
Artículo 30. Estadísticas y estudios
Artículo 31. Subvenciones públicas y contratación
Artículo 32. Formación
TÍTULO IV. Instrumentos para la protección y la promoción de la igualdad de trato y la no discriminación
CAPÍTULO I. Organismo de Protección y Promoción de la Igualdad de Trato y la No Discriminación
Artículo 33. Creación, objeto y naturaleza
Artículo 34. Funciones
Artículo 35. Relación con el Síndic de Greuges
Artículo 36. Colaboración con otras administraciones e Instituciones
CAPÍTULO II. Centro de memoria histórica, observatorio y comisión para la protección y la promoción de la igualdad de trato y la no discriminación
Artículo 37. Centro de Memoria Histórica y Documentación de la Discriminación
Artículo 38. Observatorio de la Discriminación
Artículo 39. Comisión para la Protección y la Promoción de la Igualdad de Trato y la No Discriminación
CAPÍTULO III. Protocolos de actuación y campañas de apoyo a las víctimas
Artículo 40. Protocolo de atención a les víctimas
Artículo 41. Campañas y apoyo a las organizaciones y entidades de víctimas
TÍTULO V. Régimen de infracciones y sanciones
Artículo 42. Regulación de las infracciones y de la concurrencia con ilícitos penales
Artículo 43. Clasificación y tipificación de las infracciones
Artículo 44. Responsabilidad
Artículo 45. Sanciones
Artículo 46. Gradación de las sanciones
Artículo 47. Sanciones accesorias
Artículo 48. Prescripción de las infracciones y de las sanciones
Artículo 49. Procedimiento sancionador
Artículo 50. Procedimientos específicos en casos de responsabilidad pública
Artículo 51. Procesos de mediación en las administraciones públicas
Artículo 52. Derechos de la víctima en el procedimiento sancionador
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Nombramiento de la dirección del Organismo de Protección y Promoción de la Igualdad de Trato y la No Discriminación
D.A. 2ª. Modificación del artículo 38 de la Ley 11/2014
D.A. 3ª. Convenio de colaboración
D.A. 4ª. Exigencia de representación equilibrada de mujeres y hombres en los organismos creados por la presente ley
D.A. 5ª. Seguimiento de las políticas europeas contra el racismo y la intolerancia
D.A. 6ª. Aplicación del régimen sancionador a los entes locales
D.A. 7ª. Régimen jurídico especial de la ciudad de Barcelona
D.A. 8ª. Protocolo de actuación ante situaciones de discriminación o violencia en la Administración pública
D.A. 9ª. Cambio de nombre y reconocimiento del sexo de las personas transgénero
D.A. 10ª. Evaluación del impacto social de la Ley
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Régimen transitorio para los procedimientos sancionadores en el ámbito de la Administración
D.T. 2ª. Competencia en procedimientos sancionadores relativos a la Ley 11/2014
D.T. 3ª. Competencia en procedimientos sancionadores relativos a discriminaciones por razón de discapacidad física, sensorial, intelectual o mental u otros tipos de diversidad funcional
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Preeminencia de la legislación sectorial
D.F. 2ª. Desarrollo normativo
D.F. 3ª. Entrada en vigor