Legislación
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Ley 2/1998, de 20 de febrero, de la potestad sancionadora de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco. - Boletín Oficial del Pais Vasco de 11-03-1998

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: País Vasco

Estado: DEROGADO. Desde 27 de Junio de 2023 por LEY 1/2023, de 16 de marzo, de la potestad sancionadora de las Administraciones Públicas Vascas.

F. entrada en vigor: 12/06/1998

Órgano emisor: COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO

Boletín: Boletín Oficial del Pais Vasco Número 48

F. Publicación: 11/03/1998

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CAPÍTULO I. Ámbito de aplicación
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. Reglas generales sustantivas para el ejercicio de la potestad sancionadora
Artículo 2. Principios y reglas de integración. Artículo 3. Culpabilidad. Artículo 4. Tipicidad. Artículo 5. Punibilidad. Artículo 6. Causas de exención de la responsabilidad. Artículo 7. Circunstancias modificativas de la responsabilidad. Artículo 8. Personas responsables. Artículo 9. Autoría. Artículo 10. Determinación de los responsables. Artículo 11. Determinación de las sanciones y decomiso. Artículo 12. Reposición e indemnización. Artículo 13. Calificación de la infracción. Artículo 14. Régimen y aplicación de la sanción. Artículo 15. Fraccionamiento, suspensión, reducción o sustitución de la sanción. Artículo 16. Concurso de normas. Artículo 17. Concurso de infracciones. Artículo 18. «Non bis in idem». Artículo 19. Extinción de la responsabilidad. Artículo 20. Supuestos susceptibles de indulto y conmutación de sanciones. Artículo 21. Régimen jurídico del indulto y la conmutación de sanciones. Artículo 22. Prescripción de infracciones y sanciones.
CAPÍTULO III. Procedimiento
SECCIÓN I. Disposiciones generales
Artículo 23. Unidad y principios. Artículo 24. Principio de acceso permanente. Artículo 25. Concurrencia con proceso penal. Artículo 26. Concurrencia con procedimiento sancionador comunitario. Artículo 27. Concurrencia con otros procedimientos sancionadores. Artículo 28. Remisión a órgano competente. Artículo 29. Órganos competentes. Artículo 30. Interesados. Artículo 31. Medidas cautelares. Artículo 32. Adopción excepcional de medidas cautelares por funcionarios inspectores. Artículo 33. Error de imputación.
SECCIÓN II. Tramitación
Artículo 34. Iniciación de oficio. Artículo 35. Iniciación a instancia de parte. Artículo 36. Acuerdo de iniciación. Artículo 37. Prueba. Artículo 38. Propuesta de resolución. Artículo 39. Audiencia al interesado. Artículo 40. Reducción y prórroga de plazos. Artículo 41. Recursos. Artículo 42. Actuaciones complementarias. Artículo 43. Resolución del procedimiento.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Régimen transitorio de los procedimientos.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo. D.F. 2ª. Entrada en vigor.