Legislación
Legislación

Ley 2/2001, de 31 de mayo, de Turismo de La Rioja. - Boletín Oficial de La Rioja de 02-06-2001

Tiempo de lectura: 11 min

Tiempo de lectura: 11 min

Ambito: La Rioja

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Febrero de 2020

F. entrada en vigor: 22/06/2001

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de La Rioja Número 65

F. Publicación: 02/06/2001


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Órganos. Artículo 4. Competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Artículo 5. Objetivos.
TÍTULO II. Derechos y obligaciones
Artículo 6. Derechos y obligaciones de los turistas. Artículo 7. Derechos y obligaciones de los proveedores de servicios turísticos.
TÍTULO III. Ordenación de la oferta turística
CAPÍTULO I. Normas generales
Artículo 8. Comunicación previa de inicio de actividad. Artículo 9. Clasificaciones. Artículo 10. Registro de Proveedores de Servicios Turísticos.
CAPÍTULO II. Ordenación sectorial
SECCIÓN 1.ª De la actividad turística de alojamiento
Artículo 11. Definición. Artículo 12. Clasificación. Artículo 13. Establecimientos hoteleros. Artículo 14. Apartamentos turísticos. Artículo 15. Campamentos de turismo o "camping". Artículo 16. Establecimientos de turismo rural y albergues turísticos.
SECCIÓN 2.ª De la actividad de intermediación turística
Artículo 17. Definición. Artículo 18. Clases de intermediación.
SECCIÓN 3.ª De la actividad de restauración
Artículo 19. Definición.
SECCIÓN 4.ª Actividad de información turística
Artículo 20. Concepto. Artículo 21. Servicio de información turística.
SECCIÓN 5.ª Otras actividades turísticas complementarias
Artículo 22. Definición.
SECCIÓN 6.ª Profesiones turísticas
Artículo 23. Definición. Artículo 24. Guías de Turismo.
TÍTULO IV. Planificación y promoción del turismo
CAPÍTULO I. Planificación
Artículo 25. Plan General de Turismo de La Rioja. Artículo 26. Planes parciales y programas.
CAPÍTULO II. Promoción y fomento del turismo
Artículo 27. La imagen turística. Artículo 28. La promoción. Artículo 29. Actividades. Artículo 30. Instrumentos de promoción. Artículo 31. Fomento del turismo.
TÍTULO V. Inspección y régimen sancionador
CAPÍTULO I. De la inspección de turismo
Artículo 32. Inspección en materia turística. Artículo 33. Funciones. Artículo 34. Facultades y deberes. Artículo 35. Medios de actuación. Artículo 36. Obligaciones del titular de la actividad.
CAPÍTULO II. Régimen sancionador
SECCIÓN 1ª. De las infracciones.
Artículo 37. Conceptos y clases. Artículo 38. Infracciones leves. Artículo 39. Infracciones graves. Artículo 40. Infracciones muy graves. Artículo 41. Infracciones constitutivas de delito o falta. Artículo 42. Sujetos responsables.
SECCIÓN 2.ª De las sanciones
Artículo 43. Clases de sanciones. Artículo 44. Criterios para la graduación de las sanciones. Artículo 45. Subsanación. Artículo 46. Graduación de las sanciones.
SECCIÓN 3.ª Procedimiento
Artículo 47. Normativa aplicable.
Artículo 48. Prescripción. Artículo 49. Órganos competentes para sancionar. Artículo 50. Prescripción. Artículo 51. Órganos competentes para sancionar. Artículo 52. Medidas cautelares.
SECCIÓN 4.ª Conciliación y subsanación
Artículo 53. Conciliación y subsanación.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. D.T. 2ª. D.T. 3ª.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. D.F. 2ª.