Legislación
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LEY 2/2007, del 5 de junio, del Diari Oficial de la Generalitat de Cataluña. - Diario Oficial de Cataluña de 12-06-2007

Tiempo de lectura: 5 min

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Ambito: Cataluña

Estado: VIGENTE. Validez desde 31 de Diciembre de 2011

F. entrada en vigor: 13/06/2007

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 4902

F. Publicación: 12/06/2007


CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1. Objeto de la Ley. Artículo 2. Finalidad y contenido del DOGC. Artículo 3. Edición digital del DOGC. Artículo 4. Lengua de publicación del DOGC. Artículo 5. Estructura del DOGC.
CAPÍTULO II. PROCEDIMIENTOS DE PUBLICACIÓN Y CONSULTA.
Artículo 6. Utilización por la entidad gestora del DOGC de medios telemáticos. Artículo 7. Publicación de documentos en el DOGC. Artículo 8. Acreditación para ordenar la publicación de documentos en el DOGC. Artículo 9. Consulta, distribución y custodia de la edición del DOGC. Artículo 10. Acceso al DOGC para personas con discapacidad.
CAPÍTULO III. RÉGIMEN ECONÓMICO.
Artículo 11. Servicios adicionales o complementarios del DOGC. Artículo 12. Tasa por la publicación de anuncios en el DOGC. Artículo 13. Convenios de colaboración para el cobro de tasas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Integración en el DOGC de los boletines oficiales de las provincias. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Publicación de normas urbanísticas. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Digitalización de los diarios oficiales históricos. DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Enlace al Registro de planeamiento urbanístico de Cataluña. DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Difusión del derecho vigente en Cataluña.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Mantenimiento provisional de la estructura del DOGC. DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Período transitorio para la edición en soporte papel.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Modificación de la Ley 15/1997, del 24 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Modificación del Decreto legislativo 1/2005, del 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de urbanismo.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Desarrollo de la Ley. DISPOSICIÓN FINAL CUARTA. Entrada en vigor de la Ley.