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LEY 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia. - Diario Oficial de Galicia de 04-05-2015

Tiempo de lectura: 50 min

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Ambito: Galicia

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024

F. entrada en vigor: 24/05/2015

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA

Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 82

F. Publicación: 04/05/2015


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Objeto, principios y ámbito de aplicación
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Potestad de autoorganización Artículo 3. Principios informadores Artículo 4. Ámbito de aplicación Artículo 5. Personal de investigación Artículo 6. Personal docente y personal estatutario del Servicio Gallego de Salud Artículo 7. Personal funcionario de las entidades locales gallegas Artículo 8. Personal funcionario de administración y servicios de las universidades públicas gallegas Artículo 9. Personal laboral Artículo 10. Personal de los órganos estatutarios Artículo 11. Personal del Consejo Consultivo de Galicia Artículo 12. Personal funcionario al servicio de la Administración de justicia
TÍTULO II. Órganos administrativos competentes en materia de personal
CAPÍTULO I. Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia
Artículo 13. El Consello de la Xunta de Galicia Artículo 14. La consejería competente en materia de función pública Artículo 15. La consejería competente en materia de administraciones públicas Artículo 16. La consejería competente en materia de presupuestos Artículo 17. Las consejerías Artículo 18. La Comisión de Personal
CAPÍTULO II. Entidades locales y universidades públicas gallegas
Artículo 19. Los órganos competentes en materia de personal de las entidades locales y las universidades públicas gallegas
TÍTULO III. Clases de personal
CAPÍTULO I. Empleados públicos
SECCIÓN 1ª. Disposiciones generales
Artículo 20. Concepto y clases de empleados públicos
SECCIÓN 2ª. Personal funcionario de carrera
Artículo 21. Concepto Artículo 22. Funciones y puestos de trabajo reservados al personal funcionario
SECCIÓN 3ª. Personal funcionario interino
Artículo 23. Concepto y requisitos Artículo 24. Adquisición y pérdida de la condición de personal funcionario interino Artículo 25. Régimen jurídico
SECCIÓN 4ª. Personal laboral
Artículo 26. Concepto y requisitos Artículo 27. Personal laboral temporal Artículo 28. Personal laboral indefinido
SECCIÓN 5ª. Personal eventual
Artículo 29. Concepto y funciones Artículo 30. Nombramiento y cese del personal eventual Artículo 31. Régimen jurídico Artículo 32. Personal eventual de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia
CAPÍTULO II. Personal directivo
Artículo 33. Concepto Artículo 34. Adquisición de la condición de personal directivo y carrera directiva Artículo 35. Retribuciones y evaluación Artículo 36. Régimen disciplinario y de incompatibilidades
TÍTULO IV. Organización del empleo público
CAPÍTULO I. Estructura del empleo público
SECCIÓN 1ª. Ordenación de los puestos de trabajo
Artículo 37. Puesto de trabajo Artículo 38. Relación de puestos de trabajo Artículo 39. Otros instrumentos de ordenación
SECCIÓN 2ª. Ordenación de los empleados públicos
Artículo 40. Cuerpos y escalas Artículo 41. Cuerpos y escalas del personal funcionario de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia Artículo 42. Grupos de clasificación de los cuerpos y escalas del personal funcionario de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia Artículo 43. Agrupaciones profesionales del personal funcionario de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia Artículo 44. Clasificación del personal laboral
CAPÍTULO II. Planificación del empleo público
Artículo 45. Objetivos de la planificación Artículo 46. Registros de personal y de puestos de trabajo Artículo 47. Planes de ordenación de recursos humanos Artículo 48. Oferta de empleo público
TÍTULO V. Adquisición y pérdida de la relación de servicio
CAPÍTULO I. Selección de los empleados públicos
Artículo 49. Principios generales Artículo 50. Requisitos para el acceso al empleo público Artículo 51. Requisitos lingüísticos Artículo 52. Acceso al empleo público de personas nacionales de otros estados Artículo 53. Acceso al empleo público del personal funcionario de organismos internacionales Artículo 54. Acceso al empleo público de las personas con discapacidad Artículo 55. Principios de los procesos selectivos Artículo 56. Clases de sistemas selectivos Artículo 57. Sistemas aplicables a la selección del personal funcionario de carrera y del personal laboral fijo Artículo 58. Convocatorias de los procesos selectivos Artículo 59. Órganos de selección
CAPÍTULO II. Adquisición de la relación de servicio
Artículo 60. Adquisición de la condición de personal funcionario de carrera Artículo 61. Adquisición de la condición de personal funcionario interino Artículo 62. Adquisición de la condición de personal eventual Artículo 63. Adquisición de la condición de personal laboral
CAPÍTULO III. Pérdida de la relación de servicio
Artículo 64. Causas de pérdida de la condición de personal funcionario de carrera Artículo 65. Renuncia Artículo 66. Pérdida de la nacionalidad Artículo 67. Pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público Artículo 68. Jubilación Artículo 69. Rehabilitación de la condición de personal funcionario Artículo 70. Pérdida de la condición de personal laboral
TÍTULO VI. Derechos y deberes individuales de los empleados públicos
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 71. Derechos individuales Artículo 72. Planes de igualdad y derechos específicos de las empleadas públicas víctimas de violencia de género o de violencia sexual Artículo 73. Principios de actuación Artículo 74. Deberes y código de conducta
CAPÍTULO II. Promoción profesional y evaluación del desempeño
SECCIÓN 1ª. Carrera profesional y promoción interna
Artículo 75. Modalidades de carrera profesional del personal funcionario de carrera Artículo 76. Itinerarios profesionales Artículo 77. Carrera horizontal del personal funcionario de carrera Artículo 78. Carrera vertical del personal funcionario de carrera Artículo 79. Relaciones entre la carrera horizontal y la carrera vertical Artículo 80. Promoción interna vertical del personal funcionario de carrera Artículo 81. Promoción interna horizontal del personal funcionario de carrera Artículo 82. Carrera profesional y promoción del personal laboral
SECCIÓN 2ª. Evaluación del desempeño
Artículo 83. Concepto y principios inspiradores Artículo 84. Criterios Artículo 85. Periodicidad y efectos
CAPÍTULO III. Movilidad del personal funcionario
SECCIÓN 1ª. Disposiciones generales
Artículo 86. Garantía de movilidad Artículo 87. Clases de movilidad
SECCIÓN 2ª. Procedimientos ordinarios de provisión de puestos de trabajo por el personal funcionario de carrera
Artículo 88. Principios generales Artículo 89. Concurso Artículo 90. Concurso ordinario Artículo 91. Concurso específico Artículo 92. Libre designación con convocatoria pública Artículo 93. Toma de posesión de los puestos de trabajo provistos por concurso o por libre designación Artículo 94. Remoción de los puestos de trabajo provistos por concurso Artículo 95. Cese en los puestos de trabajo provistos por libre designación
SECCIÓN 3ª. Procedimientos extraordinarios de provisión de puestos de trabajo por el personal funcionario de carrera
Artículo 96. Comisión de servicios voluntaria Artículo 97. Adscripción provisional Artículo 98. Adscripción por motivos de salud o rehabilitación Artículo 99. Permuta de puestos de trabajo Artículo 100. Traslado voluntario a sectores prioritarios de actividad pública con necesidades específicas de efectivos
SECCIÓN 4ª. Movilidad forzosa
Artículo 101. Comisión de servicios forzosa Artículo 102. Traslado por motivos de violencia de género o de violencia sexual Artículo 103. Reasignación de efectivos
SECCIÓN 5ª. Movilidad interadministrativa
Artículo 104. Movilidad interadministrativa
CAPÍTULO IV. Jornada de trabajo, permisos, licencias y vacaciones
SECCIÓN 1ª. Jornada de trabajo del personal funcionario
Artículo 105. Jornada de trabajo del personal funcionario Artículo 106. Reducciones y adaptaciones de la jornada de trabajo Artículo 107. Teletrabajo
SECCIÓN 2ª. Permisos retribuidos del personal funcionario
Artículo 108. Permisos por fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica de un familiar Artículo 109. Permisos por traslado de domicilio Artículo 110. Permisos para la realización de funciones sindicales, de formación sindical o de representación del personal Artículo 111. Permiso para concurrir a exámenes finales, pruebas definitivas de aptitud y pruebas selectivas en el ámbito del empleo público Artículo 112. Permiso por lactancia Artículo 113. Permiso por nacimiento de hijos prematuros o que por cualquier otra causa deban permanecer hospitalizados a continuación del parto Artículo 114. Permisos para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto Artículo 115. Permisos para la realización de tratamientos de fecundación asistida Artículo 116. Permisos por accidente o enfermedad muy graves Artículo 117. Permisos para el cumplimiento de deberes inexcusables de carácter público o personal, de deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral y de asistencia a consultas y revisiones médicas Artículo 118. Permisos por asuntos particulares Artículo 119. Permiso por matrimonio o unión de hecho Artículo 120. Permisos para la formación militar de los reservistas voluntarios o de los aspirantes a tal condición
SECCIÓN 3ª. Permisos del personal funcionario por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral
Artículo 121. Permiso por parto Artículo 122. Permiso por adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento Artículo 123. Especialidades en los casos de adopción o acogimiento internacional Artículo 124. Permiso del progenitor diferente de la madre biológica por nacimiento, acogimiento, guarda con fines de adopción o adopción de un hijo o hija Artículo 125. Garantía de derechos
SECCIÓN 4ª. Licencias del personal funcionario
Artículo 126. Licencia por riesgo en el embarazo o durante el período de lactancia natural Artículo 127. Licencias por asuntos propios Artículo 128. Licencias por enfermedad Artículo 129. Licencias para la realización de estudios sobre materias directamente relacionadas con la Administración pública Artículo 130. Licencias para la participación en proyectos o programas de cooperación para el desarrollo y de acción humanitaria Artículo 131. Licencia para supuestos de hospitalización prolongada
SECCIÓN 5ª. Vacaciones del personal funcionario
Artículo 132. Vacaciones del personal funcionario
SECCIÓN 6ª. Jornada de trabajo, permisos, licencias y vacaciones del personal laboral
Artículo 133. Jornada de trabajo, permisos, licencias y vacaciones del personal laboral
CAPÍTULO V. Derechos económicos y protección social
SECCIÓN 1ª. Retribuciones
Artículo 134. Determinación de las cuantías de las retribuciones Artículo 135. Retribuciones del personal funcionario de carrera Artículo 136. Retribuciones básicas Artículo 137. Retribuciones complementarias Artículo 138. Pagas extraordinarias Artículo 139. Indemnizaciones por razones de servicio Artículo 140. Retribuciones del personal funcionario interino Artículo 141. Retribuciones del personal funcionario en prácticas Artículo 142. Retribuciones del personal laboral Artículo 143. Retribuciones del personal directivo Artículo 144. Retribuciones diferidas Artículo 145. Deducción de retribuciones
SECCIÓN 2ª. Seguridad Social y derechos pasivos
Artículo 146. Régimen de la Seguridad Social y derechos pasivos
TÍTULO VII. Derechos de ejercicio colectivo de los empleados públicos
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 147. Derechos individuales de ejercicio colectivo Artículo 148. Principios generales aplicables a los derechos a la negociación colectiva, a la representación y a la participación institucional para la determinación de las condiciones de trabajo
CAPÍTULO II. Negociación colectiva
Artículo 149. Principios generales de la negociación colectiva del personal funcionario Artículo 150. Mesas de negociación del personal funcionario Artículo 151. Constitución y composición de las mesas de negociación del personal funcionario Artículo 152. Mesas generales de negociación de los empleados públicos Artículo 153. Materias objeto de negociación en relación con el personal funcionario Artículo 154. Pactos y acuerdos
CAPÍTULO III. Representación y participación institucional del personal funcionario
Artículo 155. Unidades electorales del personal funcionario Artículo 156. Órganos de representación del personal funcionario Artículo 157. Funciones y legitimación de los órganos de representación Artículo 158. Garantías, derechos y deberes de la función representativa del personal Artículo 159. Duración de la representación Artículo 160. Promoción de elecciones a delegados y juntas de personal Artículo 161. Procedimiento electoral
CAPÍTULO IV. Solución extrajudicial de conflictos colectivos
Artículo 162. Solución extrajudicial de conflictos colectivos
CAPÍTULO V. Derecho de reunión de los empleados públicos
Artículo 163. Derecho de reunión
TÍTULO VIII. Situaciones administrativas
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 164. Situaciones administrativas del personal funcionario de carrera Artículo 165. Situaciones del personal laboral
CAPÍTULO II. Situación de servicio activo
Artículo 166. Situación de servicio activo
CAPÍTULO III. Situación de servicios especiales
Artículo 167. Situación de servicios especiales Artículo 168. Efectos Artículo 169. Reingreso al servicio activo
CAPÍTULO IV. Situación de servicio en otras administraciones públicas
Artículo 170. Situación de servicio en otras administraciones públicas Artículo 171. Efectos y reingreso al servicio activo
CAPÍTULO V. Situaciones de excedencia voluntaria
Artículo 172. Modalidades Artículo 173. Excedencia por interés particular Artículo 174. Excedencia por prestación de servicios en el sector público Artículo 175. Excedencia por agrupación familiar Artículo 176. Excedencia por cuidado de familiares Artículo 177. Excedencia por razón de violencia de género o de violencia sexual Artículo 177 bis. Excedencia por razón de violencia terrorista Artículo 178. Reingreso al servicio activo
CAPÍTULO VI. Situación de excedencia forzosa
Artículo 179. Situación de excedencia forzosa
CAPÍTULO VII. Situaciones de suspensión de funciones
Artículo 180. Suspensión de funciones Artículo 181. Suspensión de funciones por razón de procesamiento o condena penal Artículo 182. Reingreso al servicio activo
TÍTULO IX. Régimen disciplinario
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 183. Responsabilidad disciplinaria Artículo 184. Ejercicio de la potestad disciplinaria
CAPÍTULO II. ºFaltas disciplinarias
Artículo 185. Faltas muy graves Artículo 186. Faltas graves Artículo 187. Faltas leves
CAPÍTULO III. Sanciones disciplinarias
Artículo 188. Sanciones por faltas muy graves Artículo 189. Sanciones por faltas graves Artículo 190. Sanciones por faltas leves Artículo 191. Disposiciones comunes a las sanciones disciplinarias
CAPÍTULO IV. Procedimiento disciplinario
Artículo 192. Principios generales Artículo 193. Derechos de defensa Artículo 194. Medidas provisionales Artículo 195. Suspensión provisional de funciones Artículo 196. Resolución
CAPÍTULO V. Extinción de la responsabilidad disciplinaria
Artículo 197. Causas de extinción de la responsabilidad disciplinaria Artículo 198. Prescripción de las faltas y de las sanciones Artículo 199. Cancelación de las sanciones
TÍTULO X. Especialidades del personal al servicio de las entidades locales
Artículo 200. Personal funcionario interino Artículo 201. Personal eventual Artículo 202. Relación de puestos de trabajo Artículo 203. Clasificación del personal funcionario de carrera propio de las entidades locales Artículo 204. Oferta de empleo público Artículo 205. Selección y provisión de puestos de trabajo Artículo 206. Rehabilitación de la condición de personal funcionario Artículo 207. Colaboración de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia en la evaluación del desempeño del personal al servicio de las entidades locales Artículo 208. Movilidad interadministrativa Artículo 209. Realización por el personal funcionario propio de las entidades locales de funciones y tareas en el ámbito territorial de otras entidades locales Artículo 210. Jornada de trabajo Artículo 211. Retribuciones complementarias Artículo 212. Procedimiento disciplinario
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Definiciones D.A. 2ª. Ámbito específico de aplicación D.A. 3ª. Organismos públicos dotados de independencia funcional o de una especial autonomía con respecto a la Xunta de Galicia D.A. 4ª. Competencias en materia de personal de las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico de Galicia D.A. 5ª. Equivalencia de titulaciones a efectos del acceso a los cuerpos y escalas del personal funcionario de los subgrupos de clasificación profesional A1 y A2 y del grupo B D.A. 6ª. Colaboración con las organizaciones, asociaciones o entidades que tengan por objeto la promoción y defensa de las personas con discapacidad D.A. 7ª. Altos cargos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y de las entidades instrumentales del sector público autonómico a efectos de la situación de servicios especiales D.A. 8ª. Escalas y especialidades de los cuerpos y de la agrupación profesional del personal funcionario de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia D.A. 9ª. Escalas y especialidades de los cuerpos de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia D.A. 10ª. Adscripción a ramas de conocimiento de las titulaciones a que se refiere la disposición adicional quinta a efectos de lo previsto en los apartados primero y segundo de las disposiciones adicionales octava y novena D.A. 11ª. Salas de reposo y lactancia D.A. 12ª. Permiso por asuntos particulares por antigüedad D.A. 13ª. Vacaciones adicionales por antigüedad D.A. 14ª. Segunda actividad del personal perteneciente a las escalas de agentes forestales y agentes facultativos medioambientales de la Xunta de Galicia y de las distintas especialidades de bomberos forestales de las diferentes escalas del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales D.A. 15ª. Valoración de determinados méritos D.A. 16ª. Medidas en materia de procesos selectivos D.A. 17ª. Modalidad específica de promoción del personal laboral D.A. 18ª. Plazas adicionales en las convocatorias de procesos selectivos
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Personal laboral fijo que realice funciones o desempeñe puestos de trabajo de personal funcionario D.T. 1ª bis. Personal laboral temporal que desempeñe puestos de trabajo de personal funcionario D.T. 2ª. Puestos de prestación directa de servicios sociales y protección de la infancia D.T. 3ª. Puestos directivos en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia D.T. 4ª. Personal funcionario de carrera que ocupe puestos de trabajo que dejen de proveerse por el procedimiento de libre designación D.T. 5ª. Garantías del personal funcionario a disposición del órgano competente o en adscripción provisional por cese de un puesto obtenido por libre designación o por alteración del contenido o supresión del puesto D.T. 6ª. Ampliación de la duración de los permisos por parto y por adopción o acogimiento D.T. 7ª. Período máximo de duración de la licencia para la realización de estudios sobre materias directamente relacionadas con la Administración pública D.T. 8ª. Grado personal y retribuciones vinculadas al mismo mientras no se desarrolle el sistema de carrera horizontal del personal funcionario de carrera D.T. 9ª. Complemento específico y reconocimiento de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas mientras no se introduzca el complemento de puesto de trabajo D.T. 10ª. Complemento de productividad en tanto no se desarrolle el procedimiento de evaluación del desempeño D.T. 11ª. Garantía retributiva del personal funcionario que hubiese experimentado una disminución de sus retribuciones anuales como consecuencia de la Ley 30/1984, de 2 de agosto D.T. 12ª. Recuperación de los niveles retributivos del personal al servicio del sector público de la Comunidad Autónoma de Galicia D.T. 13ª. Integración en la función pública autonómica del personal funcionario de carrera procedente de otras administraciones públicas que, con anterioridad al 18 de septiembre de 2014, se hallase ocupando con carácter definitivo un puesto de trabajo obtenido por libre designación D.T. 14ª. Integración en la función pública autonómica del personal funcionario de carrera procedente de otras administraciones públicas que, en el momento de la entrada en vigor de la presente ley, se halle ocupando con carácter definitivo un puesto de trabajo obtenido mediante transferencia o por concurso D.T. 15ª. Procesos selectivos y procedimientos de provisión de puestos de trabajo convocados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley D.T. 16ª. Puestos ocupados por personal laboral afectados por la creación de escalas
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. 1ª. Derogación normativa D.DT. 2ª. Complemento retributivo del personal funcionario de carrera que haya desempeñado altos cargos
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario D.F. 2ª. Normativa de desarrollo de escalas o especialidades de escalas creadas por esta ley en los cuerpos de personal funcionario de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia D.F. 3ª. Modificaciones de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres D.F. 4ª. Modificación de la Ley 3/2014, de 24 de abril, del Consejo Consultivo de Galicia D.F. 5ª. Entrada en vigor