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Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 03-04-2017

Tiempo de lectura: 13 min

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 03 de Abril de 2017

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 63

F. Publicación: 03/04/2017

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto y finalidad. Artículo 2. Principios generales. Artículo 3. Derechos. Artículo 4. Definiciones.
TÍTULO I. SOBRE LAS VÍCTIMAS
Artículo 5. Identificación de las víctimas. Artículo 6. Censo de víctimas. Artículo 7. Mapas de localización de restos. Artículo 8. Localización, exhumación e identificación de las víctimas. Artículo 9. Procedimiento para actividades de localización, exhumación e identificación de restos. Artículo 10. Protocolos de actuación para las localizaciones, las exhumaciones e identificaciones de restos. Artículo 11. Acceso a los terrenos. Artículo 12. Hallazgo casual de restos humanos. Artículo 13. Traslado de los restos y pruebas genéticas. Artículo 14. Denuncia y personación ante los órganos jurisdiccionales.
TÍTULO II. REPARACIÓN A LAS VÍCTIMAS
CAPÍTULO I. Reparación y reconocimiento
Artículo 15. Reparación. Artículo 16. Reconocimiento de las víctimas. Artículo 17. Día de recuerdo y homenaje a las víctimas del golpe militar y la Dictadura. Artículo 18. Fosas comunes en cementerios. Artículo 19. Reparación por trabajos forzados. Artículo 20. Investigación científica y divulgación.
CAPÍTULO II. Lugares y Senderos de Memoria Democrática
Artículo 21. Lugar de Memoria Democrática de Andalucía. Artículo 22. Sendero de Memoria Democrática de Andalucía. Artículo 23. Inventario de Lugares de Memoria Democrática de Andalucía. Artículo 24. Procedimiento de inscripción. Artículo 25. Modificación y cancelación de la inscripción. Artículo 26. Efectos de la inscripción y anotación preventiva. Artículo 27. Obligaciones de las personas titulares. Artículo 28. Régimen de protección y conservación. Artículo 29. Protección en relación con instrumentos de ordenación del territorio, urbanismo y medio ambiente. Artículo 30. Difusión e interpretación. Artículo 31. Medidas de fomento en relación con los lugares inscritos.
CAPÍTULO III. Símbolos y actos contrarios a la Memoria Histórica y Democrática
Artículo 32. Elementos contrarios a la Memoria Histórica y Democrática. Artículo 33. Ayudas y subvenciones. Artículo 34. Destino de los elementos que ensalcen la Dictadura franquista.
TÍTULO III. DOCUMENTOS DE LA MEMORIA DEMOCRÁTICA DE ANDALUCÍA
Artículo 35. Documentos de la Memoria Democrática de Andalucía y su protección. Artículo 36. Preservación y adquisición de documentos de la Memoria Democrática de Andalucía. Artículo 37. Derecho de acceso a los documentos.
TÍTULO IV. FOMENTO DEL MOVIMIENTO ASOCIATIVO Y FUNDACIONAL
Artículo 38. Reconocimiento del papel y la relevancia del movimiento asociativo y fundacional. Artículo 39. Registro de Entidades de Memoria Democrática de Andalucía. Artículo 40. Consejo de la Memoria Histórica y Democrática de Andalucía. Artículo 41. Del grupo de trabajo o comisión independiente. Artículo 42. Fomento de la actividad asociativa y fundacional.
TÍTULO V. ACTUACIÓN Y ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA
CAPÍTULO I. Planificación y seguimiento
Artículo 43. Plan Andaluz de Memoria Democrática y planes anuales. Artículo 44. Informe anual de seguimiento de las actuaciones en materia de memoria democrática.
CAPÍTULO II. Instituto de la Memoria Democrática de Andalucía
Artículo 45. Instituto de la Memoria Democrática de Andalucía.
CAPÍTULO III. Colaboración y cooperación administrativa
Artículo 46. Colaboración en investigación y divulgación de la Memoria Democrática de Andalucía. Artículo 47. Actuaciones en materia de enseñanza. Artículo 48. Colaboración de los medios de comunicación públicos. Artículo 49. Colaboración con las entidades locales.
TÍTULO VI. RÉGIMEN SANCIONADOR
Artículo 50. Régimen jurídico. Artículo 51. Responsables. Artículo 52. Infracciones. Artículo 53. Agravación de la calificación. Artículo 54. Sanciones. Artículo 55. Procedimiento. Artículo 56. Competencia sancionadora.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Incorporación al Inventario de Lugares de Memoria Democrática de Andalucía. D.A. 2ª. Retirada de elementos contrarios a la Memoria Democrática. D.A. 3ª. Desaparición de fondos documentales. D.A. 4ª. Reconocimiento y restitución personal como consecuencia de la ilegitimidad de los tribunales y otros órganos. D.A. 5ª. Inscripción en el Registro Civil del fallecimiento de víctimas.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Procedimientos en tramitación.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley del Patrimonio Histórico de Andalucía. D.F. 2ª. Modificación de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. D.F. 3ª. Modificación de la Ley de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas. D.F. 4ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 5ª. Entrada en vigor.