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Ley 2/2018, de 13 de abril, de memoria y reconocimiento democráticos de las Illes Balears - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 19-04-2018

Tiempo de lectura: 10 min

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Ambito: Baleares

Estado: VIGENTE. Validez desde 20 de Abril de 2018

F. entrada en vigor: 20/04/2018

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS

Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 48

F. Publicación: 19/04/2018

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Principios rectores Artículo 3. Medidas y actuaciones dirigidas a las víctimas
TÍTULO I. DEL DERECHO A LA VERDAD
CAPÍTULO I. Sobre las víctimas de la Guerra Civil y la represión franquista
Artículo 4. Determinación de las víctimas
CAPÍTULO II. Identificación de las víctimas
Artículo 5. Censo de Víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura franquista
TÍTULO II. DEL DERECHO A LA MEMORIA DEMOCRÁTICA DE LAS ILLES BALEARS
CAPÍTULO I. Del patrimonio documental y bibliográfico relativo a la memoria democrática de las Illes Balears
Artículo 6. Documentos de la Memoria Democrática de las Illes Balears y su protección Artículo 7. Bibliografía de la Memoria Democrática de las Illes Balears y su protección Artículo 8. Derecho de acceso a los documentos
CAPÍTULO II. Museos de la Memoria Democrática
Artículo 9. Secciones museísticas de la Memoria Democrática
CAPÍTULO III. Espacios e itinerarios de Memoria y Reconocimiento Democráticos
Artículo 10. Espacios de Memoria y Reconocimiento Democráticos Artículo 11. Catálogo de Espacios e Itinerarios de Memoria y Reconocimiento Democráticos de las Illes Balears Artículo 12. Procedimiento de inscripción Artículo 13. Modificación y cancelación de la inscripción Artículo 14. Efectos de la inscripción Artículo 15. Obligaciones derivadas de la inscripción Artículo 16. Régimen de protección y conservación Artículo 17. Difusión e interpretación
CAPÍTULO IV. Del movimiento memorialista y de las asociaciones de víctimas
Artículo 18. Reconocimiento del movimiento memorialista Artículo 19. Fomento de la actividad de las entidades memorialistas y de las asociaciones de víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura franquista
TÍTULO III. DEL DERECHO A LA REPARACIÓN Y AL RECONOCIMIENTO A LAS VÍCTIMAS DE LA GUERRA CIVIL Y LA DICTADURA FRANQUISTA
CAPÍTULO I. Reparación y reconocimiento
Artículo 20. Actuaciones y medidas de reparación y reconocimiento Artículo 21. Día de recuerdo Artículo 22. Reparación jurídica de las víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura franquista
CAPÍTULO II. Tutela de la Memoria Democrática
Artículo 23. Actos contrarios a la Memoria Democrática Artículo 24. Censo de símbolos, leyendas y menciones franquistas Artículo 25. Retirada de símbolos, leyendas y menciones franquistas contrarios a esta ley Artículo 26. Anulación de distinciones, nombramientos, títulos y honores institucionales Artículo 27. Privación de ayudas y subvenciones públicas
TÍTULO IV. GARANTÍAS DE NO REPETICIÓN
Artículo 28. Investigación científica y divulgación Artículo 29. Actuaciones en materia de la enseñanza no universitaria
TÍTULO V. ACTUACIÓN Y ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA
CAPÍTULO I. Planificación y seguimiento
Artículo 30. Comisión Técnica de Memoria y Reconocimiento Democráticos Artículo 31. Plan Autonómico de Memoria y Reconocimiento Democráticos y planes anuales Artículo 32. Informe anual de seguimiento de las actuaciones en materia de Memoria y Reconocimiento Democráticos
CAPÍTULO II. Colaboración y cooperación administrativa
Artículo 33. Colaboración con los consejos insulares y las entidades locales
TÍTULO VI. RÉGIMEN SANCIONADOR
Artículo 34. Régimen jurídico Artículo 35. Responsables Artículo 36. Infracciones Artículo 37. Agravación de la calificación Artículo 38. Sanciones Artículo 39. Potestad sancionadora
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Desaparición de fondos documentales y de bienes D.A. 2ª. Inscripción en el Registro Civil de la defunción de las víctimas D.A. 3ª. Desaparición forzada de niños y niñas D.A. 4ª. Recursos humanos y materiales D.A. 5ª. Adaptación a las leyes básicas D.A. 6ª. Relaciones interadministrativas
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones D.F. 2ª. Adaptación legislativa D.F. 3ª. Desarrollo reglamentario D.F. 4ª. Entrada en vigor