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Ley del Principado de Asturias 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público. - Boletín Oficial del Principado de Asturias de 24-03-2023

Tiempo de lectura: 33 min

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Ambito: Asturias

Estado: VIGENTE. Validez desde 25 de Abril de 2023

F. entrada en vigor: 25/04/2023

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 58

F. Publicación: 24/03/2023

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
TÍTULO I. Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Personal con legislación específica propia.
TÍTULO II. Clases de empleados públicos
Artículo 4. Concepto y clases de empleados públicos. Artículo 5. Personal funcionario de carrera. Artículo 6. Personal funcionario interino. Artículo 7. Personal laboral. Artículo 8. Funciones del personal funcionario y del personal laboral. Artículo 9. Personal eventual. Artículo 10. Personal directivo profesional.
TÍTULO III. Órganos competentes en materia de personal de la Administración del Principado de Asturias
Artículo 11. Órganos competentes en materia de personal en la Administración del Principado de Asturias y su sector público. Artículo 12. Competencias del Presidente del Principado de Asturias. Artículo 13. Competencias del Consejo de Gobierno. Artículo 14. Competencias del Consejero competente en materia de empleo público. Artículo 15. Competencias del Consejero competente en materia presupuestaria. Artículo 16. Competencias de los Consejeros. Artículo 17. Competencias del Director General competente en materia de empleo público. Artículo 18. Competencias de los Secretarios Generales Técnicos. Artículo 19. Competencias de los máximos órganos unipersonales de los organismos públicos y las entidades de derecho público. Artículo 20. Especialidades en materia competencial. Artículo 21. La Comisión de Ordenación de los Recursos Humanos.
TÍTULO IV. Estructura y ordenación del empleo público
CAPÍTULO I. Planificación de los recursos humanos
Artículo 22. Objetivos e instrumentos de planificación.
CAPÍTULO II. Plantillas y oferta de empleo público
Artículo 23. Plantilla de personal. Artículo 24. Oferta de empleo público.
CAPÍTULO III. Instrumentos de ordenación de los puestos de trabajo
Artículo 25. El puesto de trabajo. Artículo 26. Análisis de los puestos de trabajo. Artículo 27. Instrumentos de ordenación de los puestos de trabajo. Artículo 28. Contenido de los instrumentos de ordenación de los puestos de trabajo. Artículo 29. Aprobación de los instrumentos de ordenación de los puestos de trabajo en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias.
CAPÍTULO IV. Planes de ordenación de recursos humanos
Artículo 30. Planes de ordenación de recursos humanos. Artículo 31. Ordenación de los puestos de trabajo en el ámbito docente y estatutario.
CAPÍTULO V. Grupos, cuerpos y escalas de funcionarios y agrupaciones profesionales
Artículo 32. Ordenación del empleo público. Artículo 33. Grupos de clasificación profesional. Artículo 34. Cuerpos de personal funcionario. Artículo 35. Cuerpos generales. Artículo 36. Cuerpos especiales. Artículo 37. Características y requisitos de los cuerpos y escalas. Artículo 38. Atribución de funciones. Artículo 39. Acceso a los cuerpos y escalas de personal funcionario. Artículo 40. Clasificación del personal laboral.
CAPÍTULO VI. Registro de personal
Artículo 41. Registro de personal.
TÍTULO V. Adquisición y pérdida de la condición de empleado público
CAPÍTULO I. Acceso al empleo público
SECCIÓN 1.ª Principios rectores y requisitos de acceso al empleo público
Artículo 42. Principios rectores del acceso al empleo público. Artículo 43. Requisitos generales y específicos de participación en los procesos selectivos. Artículo 44. Acceso al empleo público de nacionales de otros Estados. Artículo 45. Acceso al empleo público de funcionarios españoles de organismos internacionales. Artículo 46. Cooperación interadministrativa.
SECCIÓN 2.ª Acceso al empleo público de las personas con discapacidad
Artículo 47. Acceso al empleo público de las personas con discapacidad. Artículo 48. Reserva de plazas para personas con discapacidad. Artículo 49. Convocatorias.
SECCIÓN 3.ª Órganos de selección
Artículo 50. Composición. Artículo 51. Funcionamiento.
SECCIÓN 4.ª Sistemas selectivos
Artículo 52. Principios. Artículo 53. Sistemas selectivos.
CAPÍTULO II. Adquisición de la condición de empleado público
Artículo 54. Adquisición de la condición de personal funcionario de carrera. Artículo 55. Adquisición de la condición de personal laboral fijo.
CAPÍTULO III. Pérdida de la relación de servicio
Artículo 56. Causas de pérdida de la condición de personal funcionario de carrera y de personal laboral fijo. Artículo 57. Renuncia. Artículo 58. Pérdida de la nacionalidad. Artículo 59. Pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público. Artículo 60. Jubilación. Artículo 61. Prolongación de la permanencia en el servicio activo. Artículo 62. Rehabilitación de la condición del personal funcionario.
TÍTULO VI. Provisión de puestos de trabajo
CAPÍTULO I. Formas de provisión de puestos, movilidad y cobertura de necesidades de personal
Artículo 63. Principios y procedimientos de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de carrera.
CAPÍTULO II. Provisión definitiva
Artículo 64. Concurso de provisión de los puestos de trabajo del personal funcionario de carrera. Artículo 65. Libre designación con convocatoria pública del personal funcionario de carrera.
CAPÍTULO III. Provisión temporal
Artículo 66. Comisiones de servicios. Artículo 67. Adscripción provisional del personal funcionario de carrera. Artículo 68. Adscripción provisional de personal funcionario de otras Administraciones públicas.
CAPÍTULO IV. Traslado, redistribución de personal y movilidad forzosos por razón del servicio
Artículo 69. Traslado forzoso. Artículo 70. Redistribución forzosa. Artículo 71. Movilidad forzosa.
CAPÍTULO V. Provisión por causas extraordinarias
Artículo 72. Adscripción de personal funcionario por razones de salud o de rehabilitación. Artículo 73. Adscripción de la funcionaria víctima de violencia de género o de violencia sexual. Artículo 74. Adscripción por razón de violencia terrorista.
CAPÍTULO VI. Otras formas de cobertura de necesidades de personal
Artículo 75. Atribución temporal de funciones.
CAPÍTULO VII. Efectos de la movilidad interadministrativa en la provisión de puestos de trabajo
Artículo 76. Provisión de puestos de trabajo por personal funcionario de carrera de otras Administraciones públicas. Artículo 77. Provisión de puestos de trabajo en otras Administraciones públicas.
CAPÍTULO VIII. Pérdida del puesto de trabajo
Artículo 78. Pérdida de la adscripción a los puestos de trabajo.
TÍTULO VII. Situaciones administrativas de los empleados públicos
Artículo 79. Situaciones administrativas del personal funcionario de carrera. Artículo 80. Servicio activo. Artículo 81. Servicios especiales. Artículo 82. Servicio en otras Administraciones públicas. Artículo 83. Servicios en el sector público autonómico. Artículo 84. Excedencia. Artículo 85. Excedencia voluntaria por interés particular. Artículo 86. Excedencia voluntaria por agrupación familiar. Artículo 87. Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público. Artículo 88. Excedencia por cuidado de familiares. Artículo 89. Excedencia por razón de violencia de género o de violencia sexual. Artículo 90. Excedencia por razón de violencia terrorista. Artículo 91. Excedencia forzosa por desempeño de cargos electivos en las organizaciones sindicales más representativas. Artículo 92. Excedencia forzosa por expectativa de destino. Artículo 93. Excedencia por prestación de servicios en el subgrupo o grupo de clasificación superior. Artículo 94. Suspensión de funciones. Artículo 95. Reingreso al servicio activo. Artículo 96. Situaciones administrativas del personal funcionario interino. Artículo 97. Situaciones del personal laboral.
TÍTULO VIII. Derechos y deberes
CAPÍTULO I. Derechos de los empleados públicos
Artículo 98. Derechos individuales y derechos individuales ejercidos colectivamente.
CAPÍTULO II. La evaluación del desempeño
Artículo 99. Evaluación del desempeño y criterios para su aplicación. Artículo 100. Efectos.
CAPÍTULO III. Carrera profesional
SECCIÓN 1.ª Concepto, principios y modalidades de la carrera profesional
Artículo 101. Concepto, principios y modalidades de la carrera profesional.
SECCIÓN 2.ª Carrera Horizontal
Artículo 102. Carrera horizontal del personal funcionario.
SECCIÓN 3.ª La Carrera Vertical. Grado Personal
Artículo 103. La carrera vertical. Artículo 104. El grado personal.
SECCIÓN 4.ª Promoción Interna
Artículo 105. Régimen aplicable. Artículo 106. Sistemas selectivos y requisitos de participación. Artículo 107. Convocatorias de promoción interna.
SUBSECCIÓN 1.ª Promoción desde cuerpos o escalas de un grupo de titulación a otro del inmediato superior
Artículo 108. Características de las pruebas. Artículo 109. Derechos del personal funcionario de promoción interna. Artículo 110. Acumulación de vacantes.
SUBSECCIÓN 2.ª Promoción a cuerpos o escalas del mismo grupo de titulación
Artículo 111. Procedimiento de promoción horizontal.
CAPÍTULO IV. Derechos retributivos
Artículo 112. Determinación de las cuantías y de los incrementos retributivos. Artículo 113. Retribuciones básicas. Artículo 114. Retribuciones complementarias. Artículo 115. Pagas extraordinarias. Artículo 116. Retribuciones del personal funcionario en prácticas. Artículo 117. Retribuciones del personal laboral. Artículo 118. Indemnizaciones. Artículo 119. Retribuciones diferidas. Artículo 120. Deducción de retribuciones.
CAPÍTULO V. Derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional. Derecho de reunión
Artículo 121. Normativa aplicable. Artículo 122. Mesa General de Función Pública. Artículo 123. Mesas sectoriales. Artículo 124. Funcionamiento. Artículo 125. Objeto de la negociación. Artículo 126. Mesa General de Negociación de la Administración del Principado de Asturias. Artículo 127. Pactos y acuerdos. Artículo 128. Órganos de representación. Artículo 129. Solución extrajudicial de conflictos colectivos. Artículo 130. Derecho de reunión.
CAPÍTULO VI. Derecho a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones
Artículo 131. Jornada de trabajo del personal funcionario. Artículo 132. Teletrabajo. Artículo 133. Permisos del personal funcionario. Artículo 134. Vacaciones del personal funcionario. Artículo 135. Jornada de trabajo, permisos y vacaciones del personal laboral. Artículo 136. Prestación económica complementaria.
CAPÍTULO VII. Deberes de los empleados públicos. Código de conducta
Artículo 137. Deberes. Código de conducta. Artículo 138. Responsabilidad social corporativa. Artículo 139. Incompatibilidades.
TÍTULO IX. Régimen disciplinario
Artículo 140. Responsabilidad disciplinaria. Artículo 141. Ejercicio de la potestad disciplinaria. Artículo 142. Faltas disciplinarias. Artículo 143. Sanciones. Artículo 144. Prescripción de las faltas y sanciones. Artículo 145. Procedimiento disciplinario. Artículo 146. Medidas provisionales. Artículo 147. Responsabilidad por daños y perjuicios. Artículo 148. Anotación y cancelación de las sanciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Aplicación a las empresas públicas del Principado de Asturias y fundaciones de su sector público D.A. 2ª. Otras agrupaciones profesionales sin requisito de titulación D.A. 3ª. Ordenación de cuerpos y escalas D.A. 4ª. Supresión de cuerpos y escalas anteriores a esta ley y estatuto jurídico de los cuerpos y escalas a extinguir D.A. 5ª. Equivalencias entre los cuerpos y escalas anteriores de la Administración del Principado de Asturias y la ordenación establecida en esta ley D.A. 6ª. Especialidad de Abogacía del Cuerpo Superior de Administración D.A. 7ª. Creación y desarrollo de otras especialidades D.A. 8ª. Complemento de productividad D.A. 9ª. Planes de igualdad D.A. 10ª. Salas de reposo y lactancia D.A. 11ª. Lenguaje no sexista D.A. 12ª. Lenguaje de signos y lectura fácil D.A. 13ª. Equivalencias en el ámbito de aplicación. D.A. 14ª. Adecuación del régimen jurídico del personal en materia de situaciones administrativas D.A. 15ª. Ayudas para el acceso al empleo público D.A. 16ª. Acceso al empleo público de deportistas de alto nivel. D.A. 17ª. Criterios de lucha contra el despoblamiento en las políticas de personal D.A. 18ª. Segunda actividad en el Servicio de Emergencias del Principado de Asturias D.A. 19ª. Cobertura de plazas vacantes del Cuerpo Administrativo
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Personal laboral fijo que realice funciones o desempeñe puestos de trabajo de personal funcionario D.T. 2ª. Cuerpos y escalas del nuevo Grupo B de clasificación D.T. 3ª. Finalización de las comisiones de servicios existentes a la entrada en vigor de la Ley por el transcurso del plazo máximo de dos años de duración previsto en el artículo 66
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Aplicación específica al personal de organismos, entes públicos y demás entidades de derecho público de la Administración del Principado de Asturias D.F. 2ª. Modificación de la Ley del Principado de Asturias 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración D.F. 3ª. Desarrollo reglamentario D.F. 4ª. Entrada en vigor