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LEY 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea. - Boletín Oficial del Estado de 08-07-2003

Tiempo de lectura: 28 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 02 de Agosto de 2022

F. entrada en vigor: 28/07/2003

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 162

F. Publicación: 08/07/2003


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I II III IV V VI
TÍTULO I Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidad. Artículo 2. Ámbito de aplicación Artículo 3. Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil Artículo 4. Competencias en materia de estructura y gestión del espacio aéreo y de la circulación aérea. Artículo 4 bis. Competencias en materia de infraestructuras militares abiertas al tráfico civil y salvaguarda de los intereses de la defensa en otros ámbitos. Artículo 5. Competencias del Ministerio de Fomento Artículo 6. Coordinación entre los Ministerios de Defensa y de Fomento. Artículo 7. Competencias en materia de servicio meteorológico. Artículo 8. Circulares aeronáuticas Artículo 9. Construcción y planificación de sistemas aeroportuarios Artículo 10. Consejo Asesor de Aviación Civil
TÍTULO II .Gestión en materia de seguridad operacional
CAPÍTULO I. Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil
Artículo 11. Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil. Artículo 12. Protección de la información del Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil.
CAPÍTULO II .Investigación técnica de accidentes e incidentes de la aviación civil
Artículo 13. La Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil Artículo 14. Composición y funciones. Artículo 15. Régimen jurídico de la investigación técnica de accidentes e incidentes de aviación civil y del funcionamiento de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil. Artículo 16. Publicidad de los informes y recomendaciones y su seguimiento. Artículo 17. Coste de la búsqueda, recuperación, conservación y destino de los restos.
CAPÍTULO III. Protección de la Información
Artículo 18. Carácter reservado de la información. Artículo 19.Cesión o comunicación de la información.
TÍTULO III De la inspección aeronáutica
Artículo 20. Concepto y alcance Artículo 21. Adscripción y ejercicio Artículo 22. Contenido de la función de inspección Artículo 23. Transferencia de responsabilidades de inspección. Artículo 24. Actuaciones inspectoras Artículo 25. Atribuciones de los inspectores Artículo 26. Entidades y personal colaborador. Artículo 27. Procedimientos internos de verificación. Artículo 28. Documentación de las actuaciones de inspección Artículo 29. Subsanación Artículo 30. Medidas extraordinarias Artículo 31. Colaboración con la Unión Europea.
TÍTULO IV. De las obligaciones por razones de seguridad
Artículo 32. Sujetos de las obligaciones por razones de seguridad. Artículo 33. Obligaciones generales. Artículo 34. Obligaciones específicas del personal aeronáutico. Artículo 35. Obligacionese específicas de las entidades de diseño, producción y mantenimiento de las aeronaves y productos aeronáuticos. Artículo 36. Obligaciones específicas de los operadores aéreos. Artículo 37. Obligaciones específicas de las compañías aéreas y empresas de trabajos aéreos. Artículo 38. Obligaciones específicas de los proveedores civiles de servicios de navegación aérea. Artículo 39. Obligaciones específicas de los agentes y proveedores de servicios aeroportuarios. Artículo 40. Obligaciones de los gestores de aeropuertos, aeródromos y demás instalaciones aeroportuarias. Artículo 41. Obligaciones específicas de los pasajeros y otros usuarios de los servicios aeronáuticos. Artículo 42. Obligaciones específicas de las entidades colaboradoras en materia de inspección aeronáutica. Artículo 42 bis. Obligaciones específicas en relación con los riesgos a la seguridad, regularidad o continuidad de las operaciones.
TÍTULO V. De las infracciones y sanciones
CAPÍTULO I De las infracciones
Artículo 43. Concepto y clases de infracciones Artículo 44. Infracciones contra la seguridad de la aviación civil Artículo 45. Infracciones en relación con el transporte y los trabajos aéreos Artículo 45 bis. Infracciones en relación con la asistencia y compensación a los pasajeros. Artículo 46. Infracciones relativas al transporte de mercancías peligrosas o sujetas a normas especiales por vía aérea Artículo 47. Infracciones relativas a la disciplina del tráfico aéreo en materia de ruido Artículo 48. Infracciones en relación con el funcionamiento y uso de los aeropuertos Artículo 48 bis. Infracciones en relación con control del tránsito aéreo. Artículo 48 ter. Infracciones en relación con la gestión de afluencia de tránsito aéreo (ATFM). Artículo 49. Infracciones en relación con la coordinación de los aeropuertos y la utilización de las franjas horarias Artículo 50. Infracciones del deber de colaboración con las autoridades y órganos de la Administración General del Estado con competencias en materia de aviación civil Artículo 51. Reincidencia. Artículo 52. Responsables de las infracciones Artículo 53. Concurrencia de responsabilidades Artículo 54. Extinción de la responsabilidad.
CAPÍTULO II De las sanciones y otras medidas
Artículo 55. Sanciones Artículo 56. Sanciones accesorias Artículo 57. Otras medidas Artículo 58. Órganos con competencia para la imposición de las sanciones. Artículo 59. Criterios para la graduación de las sanciones.
CAPÍTULO III De las normas comunes a infracciones y sanciones
Artículo 60. Prescripción de infracciones y sanciones
CAPÍTULO IV. Del procedimiento sancionador
Artículo 61. Aplicación de la legislación general. Artículo 62. Iniciación. Artículo 62 bis. Especialidades de la iniciación de determinados procedimientos sancionadores. Artículo 63. Medidas cautelares Artículo 64. Instrucción Artículo 65. Plazo para resolver y notificar. Artículo 66. Efectos de la resolución Artículo 67. Multas coercitivas. TÍTULO VI. Ingresos de los gestores de aeropuertos CAPÍTULO I. Ingresos de los gestores de la red de "Aena Aeropuertos, S.A." Artículo 68. Ingresos de "Aena Aeropuertos, S.A. Artículo 69. Gestión y cobro de los ingresos de "Aena Aeropuertos, S.A." y sus sociedades filiales. Artículo 70. Ingresos de las sociedades filiales gestoras de aeropuertos. Artículo 71. Ingresos de las concesionarias de servicios aeroportuarios. CAPÍTULO II. Prestaciones patrimoniales de carácter público
Sección 1.ª Aspectos generales
Artículo 72. Definiciones. Artículo 73. Clasificación de los aeropuertos.
Sección 2.ª Prestación pública por aterrizaje y servicios de tránsito de aeródromo
Artículo 74. Obligados al pago. Artículo 75. Importes. Artículo 76. Recargo por ruido.
Sección 3.ª Prestaciones públicas por salida de pasajeros, PMRs y seguridad
Artículo 77. Obligados al pago. Artículo 78. Importes.
Sección 4.ª Prestación pública por carga
Artículo 79. Obligados al pago. Artículo 80. Importe. Artículo 81. Descuentos y exenciones.
Sección 5.ª Prestación pública por servicios de estacionamiento
Artículo 82. Obligados al pago. Artículo 83. Importe.
Sección 6.ª Prestación pública por suministro de combustibles y lubricantes
Artículo 84. Obligados al pago. Artículo 85. Importe.
Sección 7.ª Prestación pública por uso de pasarelas
Artículo 86. Obligados al pago. Artículo 87. Importe.
Sección 8.ª Prestación pública por servicios de asistencia en tierra
Artículo 88. Obligados al pago. Artículo 89. Importe.
Sección 9.ª Prestación pública por servicios meteorológicos
Artículo 90. Prestación patrimonial pública por servicios meteorológicos.
CAPÍTULO III. Actualización y modificación de las prestaciones patrimoniales de carácter público
Artículo 91. Actualización y modificación. Artículo 92. Propuesta de actualización de las cuantías.
CAPÍTULO IV. Procedimiento de transparencia, consulta y supervisión de determinadas tarifas aeroportuarias
Sección 1.ª Disposiciones comunes
Artículo 93. Información a las autoridades administrativas. Artículo 94. Tarifas aeroportuarias. Artículo 95. Principio general de no discriminación. Artículo 96. Autoridad de supervisión independiente.
Sección 2.ª Transparencia, consulta y supervisión en relación a las prestaciones patrimoniales públicas de "Aena Aeropuertos, S.A." y sus sociedades filiales
Artículo 97. Ámbito del procedimiento de consulta y supervisión. Artículo 98. Procedimiento de consulta. Artículo 99. Información suministrada. Artículo 100. Acuerdos sobre nivel de servicio y servicios personalizados. Artículo 101. Supervisión de la propuesta de modificación o actualización.
Sección 3.ª Transparencia, consulta y supervisión en relación a las tarifas aeroportuarias de las sociedades concesionarias de servicios aeroportuarios
Artículo 102. Procedimiento de transparencia y consulta. Artículo 103. Supervisión de la modificación. Artículo 104. Acuerdos sobre el nivel de servicio y servicios personalizados.
Sección 4.ª Transparencia, consulta y supervisión en relación a las tarifas aeroportuarias de aeropuertos autonómicos y de titularidad privada
Artículo 105. Régimen de transparencia y supervisión.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Medios para la aplicación de la ley D.A. 2ª. Modificación de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea. El artículo 58 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea tendrá la siguiente redacción. D.A. 3ª. Modificación de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. El artículo 87 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, tendrá la siguiente red... D.A. 4ª. Colaboración técnica. D.A. 5ª. Comisión Interministerial entre Defensa y Transportes (CIDETRA) . D.A. 6ª. D.A. 7ª. D.A. 8ª. D.A. 9ª. Protocolo de colaboración en relación con la investigación técnica de accidentes e incidentes de la aviación civil. D.A. 10ª. Régimen y clasificación de instalaciones aeroportuarias. D.A.11ª. Bases aéreas militares abiertas al tráfico civil y aeródromos de utilización conjunta civil y militar. D.A.12ª. Tasa de aproximación. D.A. 13ª. Régimen jurídico del personal laboral de Aena. D.A. 14ª. Procedimientos en materia de tarifas aeroportuarias. D.A. 15ª. Consulta sobre tarifas aeroportuarias. D.A. 16ª. Tasa de seguridad aérea. D.A. 17ª. Prestación patrimonial pública de asignación de franjas horarias. D.A. 18ª. Propuesta de actualización y modificación de la prestación patrimonial pública de asignación de franjas horarias. D.A. 19ª. Silencio administrativo negativo. D.A. 20ª. Cuantía aplicable a pasajeros en los viajes con destino a un aeropuerto del Reino Unido.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T.1ª. Tasas aeroportuarias. D.T. 2ª. Autoridad Estatal de Supervisión.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Títulos competenciales. D.F. 2ª. Actualización de la cuantía de las sanciones. D. F. 2ª bis. Revisión de la fórmula para la actualización de las cuantías de las prestaciones patrimoniales públicas. D.F. 3ª. Habilitación normativa. D.F. 4ª. Entrada en vigor.