Legislación
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LEY 22/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autonoma de Canarias para 2004. - Boletín Oficial de Canarias de 31-12-2003

Tiempo de lectura: 16 min

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Ambito: Canarias

Estado: VIGENTE. Validez desde 05 de Junio de 2004

F. entrada en vigor: 01/01/2004

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

Boletín: Boletín Oficial de Canarias Número 254

F. Publicación: 31/12/2003


TÍTULO I. DE LA APROBACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS Y SUS MODIFICACIONES
CAPÍTULO I. CRÉDITOS INICIALES Y FINANCIACIÓNDE LOS MISMOS
Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma. Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes mencionados en los apartados 1, 2, 3 y 4 del artículo 1 de la presente Ley. Artículo 3. De los estados de dotaciones y recursos de explotación y capital del Organismo Autónomo Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia. Artículo 4. De los Presupuestos de los entes referidos en el apartado 5 del artículo 1 de esta Ley.
CAPÍTULO II. De la vinculación y modificación de créditos
Artículo 5. Vinculación de los créditos. Artículo 6. Vinculación de los créditos del Servicio Canario de la Salud. Artículo 7. Vinculaciones específicas. Artículo 8. Régimen general de las modificaciones de crédito. Artículo 9. Regímenes específicos de las modificaciones de crédito. Artículo 10. Financiación de determinadas actuaciones mediante bajas en créditos. Artículo 11. Transferencias de crédito. Artículo 12. Competencias del Gobierno. Artículo 13. Competencias del Consejero de Economía y Hacienda. Artículo 14. Competencias de los titulares de los departamentos y de los organismos autónomos y entes sometidos a Derecho Público. Artículo 15. Variación de los presupuestos de las empresas públicas.
TÍTULO II. DE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA
Artículo 16. Autorizaciones de gastos. Artículo 17. Gastos plurianuales en transferencias corrientes. Artículo 18. Gestión de las transferencias corrientes y de capital. Artículo 19. Gestión centralizada de determinados gastos financieros. Artículo 20. Régimen de control interno de determinados gastos. Artículo 21. De los créditos por transferencias y delegaciones de competencias a los cabildos insulares. Artículo 22. De los créditos para la financiación de las universidades canarias. Artículo 23. Otras medidas de gestión universitaria. Artículo 24. Gestión de los créditos para la financiación de los planes y programas sectoriales. Artículo 25. Libramiento de créditos. Artículo 26. Concertación parcial de la actividad preventiva de riesgos laborales.
TÍTULO III. GASTOS Y MEDIDAS DE GESTIÓN DE PERSONAL
CAPÍTULO I. De los gastos de personal
Artículo 27. Incremento de las retribuciones del personal al servicio del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias. Artículo 28. Del personal del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias sometido a régimen administrativo y estatutario. Artículo 29. Del personal laboral del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias. Artículo 30. Retribuciones de los funcionarios de la Comunidad Autónoma. Artículo 31. Retribuciones de otro personal del sector público autonómico. Artículo 32. Retribuciones de los miembros del Gobierno y de los altos cargos. Artículo 33. Prohibición de ingresos atípicos. Artículo 34. Otras disposiciones en materia de gastos de personal. Artículo 35. Acción Social. Artículo 36. Ayudas de estudios.
CAPÍTULO II. Medidas de gestión de personal
Artículo 37. Gestión de gastos de personal. Artículo 38. Oferta de empleo público. Artículo 39. Provisión de puestos de trabajo, nombramiento y contratación de personal. Artículo 40. Normas de contratación de personal laboral con cargo a créditos para inversiones. Artículo 41. Normas de gestión del personal al servicio de la Administración de Justicia. Artículo 42. Normas de contratación de otro personal laboral. Artículo 43. Programación del personal docente y sanitario. Artículo 44. Normas de gestión de personal docente y otro profesorado. Artículo 45. Horas lectivas extraordinarias. Artículo 46. Modificación de las retribuciones del personal laboral y no funcionario.
TÍTULO IV. DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS
CAPÍTULO I. Operaciones de endeudamiento
Artículo 47. Operaciones de endeudamiento a largo plazo. Artículo 48. Operaciones de endeudamiento a corto plazo. Artículo 49. Autorización para la asunción de las deudas de las universidades canarias. Artículo 50. Contabilización e imputación de operaciones.
CAPÍTULO II. Avales de la Comunidad Autónoma de Canarias
Artículo 51. Avales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
TÍTULO V. NORMAS TRIBUTARIAS
Artículo 52. Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo. Artículo 53. Tasas. Artículo 54. Tasa estatal sobre juegos de suerte, envite o azar.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. De los presupuestos del Consorcio Sanitario de Tenerife. D.A. 2ª. Dación de cuentas. D.A. 3ª. Ejecución de obras del anexo V de la Ley 5/1996, de 27 de diciembre. D.A. 4ª. Gestión económica de determinados centros. D.A. 5ª. Distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados. D.A. 6ª. Contratación centralizada en materia de informática. D.A. 7ª. Compromisos plurianuales para el arrendamiento de inmuebles destinados a servicios públicos. D.A. 8ª. Actualización de los módulos económicos de la red regional de carreteras. D.A. 9ª. Afectación de recursos obtenidos por la enajenación de bienes patrimoniales. D.A. 10ª. Actualización de los recursos asignados al Fondo Canario de Financiación Municipal. D.A. 11ª. Transferencias por nuevos edificios administrativos. D.A. 12ª. Del Presupuesto de Puertos Canarios. D.A. 13ª. Crédito ampliable del Instituto Canario de la Vivienda. D.A. 14ª. Desarrollo del Plan para el fomento de la economía en la isla de La Palma. D.A. 15ª. D.A. 16ª. D.A. 17ª. D.A. 18ª. D.A. 19ª. D.A. 20ª. D.A. 21ª. Modificación de la Ley 9/2003, de 3 de abril, de Medidas tributarias y de financiación de las haciendas territoriales canarias.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Indemnización por residencia. D.T. 2ª. Autorización para la declaración de actuaciones protegidas en materia de vivienda durante el año 2004.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Fusión o absorción de sociedades mercantiles. D.F. 2ª. Modificación del incremento retributivo previsto en esta Ley. D.F. 3ª Desarrollo de la Ley. D.F. 4ª. Entrada en vigor. ANEXO I. CRÉDITOS AMPLIABLES ANEXO II. PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CANARIAS. RELACION DE TRANSFERENCIAS