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Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. - Boletín Oficial del Estado de 29-07-2011

Tiempo de lectura: 19 min

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Ambito: BOE

Estado: DEROGADO. Desde 10 de Abril de 2022 por Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economia circular.

F. entrada en vigor: 30/07/2011

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 181

F. Publicación: 29/07/2011


PREÁMBULO
TÍTULO I. Disposiciones y principios generales
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Definiciones. Artículo 4. Subproductos. Artículo 5. Fin de la condición de residuo. Artículo 6. Clasificación y Lista europea de residuos.
CAPÍTULO II. Principios de la política de residuos y competencias administrativas
Artículo 7. Protección de la salud humana y el medio ambiente. Artículo 8. Jerarquía de residuos. Artículo 9. Autosuficiencia y proximidad. Artículo 10. Acceso a la información y participación en materia de residuos. Artículo 11. Costes de la gestión de los residuos. Artículo 12. Competencias administrativas. Artículo 13. Comisión de coordinación en materia de residuos.
TÍTULO II. Instrumentos de la política de residuos
Artículo 14. Planes y programas de gestión de residuos. Artículo 15. Programas de prevención de residuos. Artículo 16. Medidas e instrumentos económicos.
TÍTULO III. Producción, posesión y gestión de los residuos
CAPÍTULO I. De la producción y posesión inicial de los residuos
Artículo 17. Obligaciones del productor u otro poseedor inicial relativas a la gestión de sus residuos. Artículo 18. Obligaciones del productor u otro poseedor inicial relativas al almacenamiento, mezcla, envasado y etiquetado de residuos. Artículo 19. Residuos domésticos peligrosos.
CAPÍTULO II. De la gestión de residuos
SECCIÓN 1.ª Obligaciones en la gestión de residuos
Artículo 20. Obligaciones de los gestores de residuos.
SECCIÓN 2.ª Objetivos y medidas en la gestión de los residuos
Artículo 21. Recogida, preparación para la reutilización, reciclado y valorización de residuos. Artículo 22. Objetivos específicos de preparación para la reutilización, reciclado y valorización. Artículo 23. Eliminación de residuos.
SECCIÓN 3.ª Biorresiduos
Artículo 24. Biorresiduos.
SECCIÓN 4.ª Traslado de residuos
Artículo 25. Régimen de los traslados de residuos en el interior del territorio del Estado. Artículo 26. Entrada y salida de residuos del territorio nacional.
CAPÍTULO III. Régimen de autorización y comunicación de las actividades de producción y gestión de residuos
Artículo 27. Autorización de las operaciones de tratamiento de residuos. Artículo 28. Exenciones de los requisitos de autorización. Artículo 29. Comunicación previa al inicio de las actividades de producción y gestión de residuos. Artículo 30. Restablecimiento de la legalidad ambiental.
TÍTULO IV. Responsabilidad ampliada del productor del producto
Artículo 31. Concepto y obligaciones. Artículo 32. Gestión de residuos en el marco de la responsabilidad ampliada del productor del producto.
TÍTULO V. Suelos contaminados
Artículo 33. Actividades potencialmente contaminantes. Artículo 34. Declaración de suelos contaminados. Artículo 35. Inventarios de suelos contaminados. Artículo 36. Sujetos responsables de la descontaminación y recuperación de suelos contaminados. Artículo 37. Reparación en vía convencional de suelos contaminados. Artículo 38. Recuperación voluntaria de suelos.
TÍTULO VI. Información sobre residuos
Artículo 39. Registro de producción y gestión de residuos. Artículo 40. Archivo cronológico. Artículo 41. Obligaciones de información.
TÍTULO VII. Responsabilidad, vigilancia, inspección, control y régimen sancionador
CAPÍTULO I. Responsabilidad, vigilancia, inspección y control
Artículo 42. Alcance de la responsabilidad en materia de residuos. Artículo 43. Competencias y medios de vigilancia, inspección y control. Artículo 44. Inspección.
CAPÍTULO II. Régimen sancionador
Artículo 45. Sujetos responsables de las infracciones. Artículo 46. Infracciones. Artículo 47. Sanciones. Artículo 48. Graduación de las sanciones. Artículo 49. Potestad sancionadora. Artículo 50. Procedimiento. Artículo 51. Prescripción de las infracciones y sanciones. Artículo 52. Concurrencia de sanciones. Artículo 53. Medidas de carácter provisional. Artículo 54. Reparación del daño e indemnización. Artículo 55. Multas coercitivas y ejecución subsidiaria. Artículo 56. Publicidad.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Declaración de utilidad pública e interés social. D.A. 2ª. Sustitución de las bolsas de un solo uso. D.A. 3ª. Residuos de las Illes Balears, Canarias, Ceuta y Melilla. D.A. 4ª. Aplicación de las leyes reguladoras de la Defensa Nacional. D.A. 5ª. Normas sobre protección de la salud y prevención de riesgos laborales. D.A. 6ª. Control de actividades de gestión de residuos relevantes para la seguridad ciudadana. D.A. 7ª. Coordinación de garantías financieras. D.A. 8ª. Adecuación de la normativa a esta Ley. D.A. 9ª. Tramitación electrónica. D.A. 10ª. Sobre compensación de emisión de gases de efecto invernadero en el sector de residuos. D.A. 11ª. Grupo de Trabajo de la Comisión de coordinación en materia de residuos. D.A. 12ª. Cooperación técnica y colaboración entre la Administración y la iniciativa privada. D.A. 13ª. Centro de investigación sobre la prevención y gestión de residuos. D.A. 14ª. D.A. 15ª. Convalidación de actuaciones realizadas al amparo del Real Decreto 1419/2005, de 25 de noviembre. D.A. 16ª. Residuos reciclables.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Subproductos. D.T. 2ª. Ordenanzas de Entidades Locales. D.T. 3ª. Contratos en vigor de las Entidades Locales para la gestión de residuos comerciales. D.T. 4ª. Adaptación al nuevo régimen de responsabilidad ampliada del productor. D.T. 5ª. Garantías financieras. D.T. 6ª. Comisión de coordinación en materia de residuos. D.T. 7ª. Registro de producción y gestión de residuos. D.T. 8ª. Régimen transitorio de las autorizaciones y comunicaciones.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Títulos competenciales. D.F. 2ª. Incorporación de Derecho de la Unión Europea. D.F. 3ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario. D.F. 4ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Operaciones de eliminación ANEXO II. Operaciones de valorización ANEXO III. Características de los residuos que permiten calificarlos como peligrosos ANEXO IV. Ejemplos de medidas de prevención de residuos contempladas en el artículo 15 Medidas que pueden afectar a las condiciones marco de la generación de residuos ANEXO V. Contenido de los planes autonómicos de gestión de residuos ANEXO VI. Contenido de la solicitud de autorización de las actividades de tratamiento de residuos ANEXO VII. Contenido de la autorización de tratamiento de residuos ANEXO VIII. Contenido de la comunicación de los productores y gestores de residuos ANEXO IX. Contenido mínimo de la comunicación de los sistemas individuales de responsabilidad ampliada ANEXO X. Contenido mínimo de la solicitud de autorización de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada ANEXO XI. Obligaciones de información en materia de suelos contaminados ANEXO XII. Obligaciones de información de las empresas de tratamiento de residuos contenidas en el artículo 41