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LEY 24/2018, de 5 de diciembre, de la Generalitat, de mediación de la Comunitat Valenciana [2018/11432] - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 07-12-2018

Tiempo de lectura: 11 min

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Ambito: Comunidad Valenciana

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022

F. entrada en vigor: 07/03/2019

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8439

F. Publicación: 07/12/2018


PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
CAPÍTULO I. De la actividad de la mediación
Artículo 1. Finalidad Artículo 2. Ámbito de aplicación Artículo 3. Objeto de mediación Artículo 4. Conceptos básicos
CAPÍTULO II. Principios esenciales de la mediación
Artículo 5. Voluntariedad Artículo 6. Igualdad de las partes en conflicto Artículo 7. Neutralidad e imparcialidad de las personas mediadoras Artículo 8. Confidencialidad Artículo 9. Buena fe Artículo 10. Carácter presencial Artículo 11. Flexibilidad Artículo 12. Lengua del procedimiento Artículo 13. Accesibilidad universal para las personas con diversidad funcional o discapacidad
TÍTULO I. De las actuaciones y de la organización administrativa en el ámbito de la mediación
CAPÍTULO I. De la actuación de las administraciones públicas otras entidades en el ámbito de la mediación
Artículo 14. De la actuación de la Generalitat Artículo 15. De la actuación de las administraciones locales Artículo 16. De la actuación de las entidades mediadoras
CAPÍTULO II. De la organización administrativa en materia de mediación
Artículo 17. De la organización administrativa de la Generalitat en materia de mediación Artículo 18. El Centro de Mediación de la Comunitat Valenciana Artículo 19. El Registro de Personas y Entidades Mediadoras de la Comunitat Valenciana Artículo 20. El Consejo Asesor de Mediación de la Comunitat Valenciana Artículo 21. Sello de calidad mediadora
TÍTULO II. De las partes en conflicto intervinientes en la mediación
CAPÍTULO I. Legitimación para acceder a la mediación
Artículo 22. De las personas legitimadas para acceder a la mediación
CAPÍTULO II. Derechos y deberes de las partes en la mediación
Artículo 23. Derechos de las partes en la mediación Artículo 24. Deberes de las partes en la mediación
TÍTULO III. De las personas mediadoras
CAPÍTULO I. De las personas mediadoras y de su formación
Artículo 25. De las personas mediadoras en el ámbito de esta ley Artículo 26. De la formación de las personas mediadoras
CAPÍTULO II. Derechos y obligaciones de las personas mediadoras
Artículo 27. Derechos de las personas mediadoras Artículo 28. Obligaciones de las personas mediadoras
TÍTULO IV. Del procedimiento y costes de la mediación
CAPÍTULO I. Procedimiento
Artículo 29. Inicio del procedimiento Artículo 30. Solicitud de inicio Artículo 31. Designación de las personas mediadoras Artículo 32. De la garantía de la imparcialidad de las personas mediadoras Artículo 33. Co-mediación Artículo 34. Información y sesiones informativas Artículo 35. Sesión inicial de constitución del procedimiento Artículo 36. Duración de la mediación Artículo 37. Acta final de la mediación y contenido y validez de los acuerdos Artículo 38. Finalización del procedimiento Artículo 39. Ejecución de los acuerdos alcanzados y tribunales competentes para la ejecución de los acuerdos de mediación
CAPÍTULO II. Costes
Artículo 40. De los costes de la mediación Artículo 41. Supuestos de mediación gratuita
TÍTULO V. Régimen sancionador
CAPÍTULO I. Consideraciones generales
Artículo 42. Disposiciones generales
CAPÍTULO II. De las infracciones
Artículo 43. De las infracciones de las entidades mediadoras Artículo 44. De las infracciones de las personas mediadoras
CAPÍTULO III. De las sanciones
Artículo 45. Tipos de sanciones Artículo 46. Graduación de las sanciones Artículo 47. De la prescripción de las infracciones y de las sanciones
CAPÍTULO IV. Del procedimiento sancionador
Artículo 48. Competencia Artículo 49. Procedimiento sancionador
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Inscripción de las personas y entidades mediadoras inscritas en otros registros D.A. 2ª. Mediación en relación con los procedimientos administrativos de la Generalitat
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario D.F. 2ª. Entrada en vigor