Legislación
Legislación

Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. - Boletín Oficial del Estado de 29-07-2015

Tiempo de lectura: 9 min

Tiempo de lectura: 9 min

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Noviembre de 2015

F. entrada en vigor: 18/08/2015

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 180

F. Publicación: 29/07/2015


Preambulo PREÁMBULO Artículo primero. Modificación de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Artículo segundo. Modificación del código Civil. Artículo tercero. Modificación de la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional. Artículo cuarto. Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Utilización de la expresión «Entidad Pública». D.A. 2ª. Referencias al acogimiento preadoptivo y al acogimiento simple y a las Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional. D.A. 3ª. Criterios comunes de cobertura, calidad y accesibilidad. D.A. 4ª. Régimen jurídico de los centros específicos de protección de menores con problemas de conducta de entidades privadas colaboradoras de las entidades públicas competentes. D.A. 5ª. Mecanismo interterritorial de asignaciones. D.A. 6ª. Equiparación de regímenes jurídicos en materia de acogimiento. D.A. 7ª. Planes específicos de protección para los menores.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Normativa aplicable a los procedimientos judiciales ya iniciados. D.T. 2ª. Cese de los acogimientos constituidos judicialmente. D.T. 3ª. Normativa aplicable a los expedientes de adopción internacional ya iniciados; y vigencia de la acreditación de los organismos acreditados. D.T. 4ª. Certificación de antecedentes penales. D.T. 5ª. Extensión de los beneficios relativos a los derechos de matriculación y examen en el ámbito de la educación a los títulos de familia numerosa en vigor a partir de 1 de enero de 2015.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación de normas.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. D.F. 3ª. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo. D.F. 4ª. Modificación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. D.F. 5ª. Modificación de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. D.F. 6ª. Modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. D.F. 7ª. Modificación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa. D.F. 8ª. Modificación de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo. D.F. 9ª. Modificación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. D.F. 10ª. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio. D.F. 11ª. Modificación del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por el Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril. D.F. 12ª. Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. D.F. 13ª. Modificación de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social. D.F. 14ª. Eficacia en la aplicación de las modificaciones legales. D.F. 15ª. Títulos competenciales. D.F. 16ª. Desarrollo reglamentario de las Ciudades de Ceuta y Melilla. D.F. 17ª. Creación del registro central de delincuentes sexuales. D.F. 18ª. Modificaciones y desarrollos reglamentarios. D.F. 19ª. Incorporación de normas de la Unión Europea. D.F. 20ª. No incremento del gasto. D.F. 21ª. Entrada en vigor.