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Ley 27/2009, de 30 de diciembre, de medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la proteccion de las personas desempleadas. - Boletín Oficial del Estado de 31-12-2009

Tiempo de lectura: 9 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 02 de Enero de 2016

F. entrada en vigor: 01/01/2010

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 315

F. Publicación: 31/12/2009


Preambulo PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Medidas de mantenimiento del empleo
Artículo 1. Bonificación en la cotización empresarial a la Seguridad Social en los supuestos de regulaciones temporales de empleo. Artículo 2. Modificación de la regulación del convenio especial de la Seguridad Social a suscribir en determinados expedientes de regulación de empleo, para fomentar la actividad de los trabajadores en ellos incluidos.
CAPÍTULO II. Medidas de protección de las personas desempleadas
Artículo 3. Reposición del derecho a la prestación por desempleo. Artículo 4. Eliminación del periodo de espera para ser beneficiario del subsidio por desempleo.
CAPÍTULO III. Medidas de fomento del empleo
Artículo 5. Bonificaciones por la contratación indefinida de trabajadores beneficiarios de las prestaciones por desempleo. Artículo 6. Modificación de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo, para el impulso de los contratos a tiempo parcial.
CAPÍTULO IV. Plan extraordinario de mantenimiento y fomento del empleo de los trabajadores con discapacidad
Artículo 7. Modificación de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo, en relación con los contratos indefinidos de las personas con discapacidad. Artículo 8. Ampliación transitoria de las subvenciones por mantenimiento del empleo en los centros especiales de empleo. Artículo 9. Informe sobre el grado de cumplimiento de la cuota de reserva y las medidas alternativas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Financiación de las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social. D.A. 2ª. Excedentes del Fondo de Reserva de la Seguridad Social. D.A. 3ª. Evaluación del actual sistema de bonificaciones a la contratación y nuevo Programa de Fomento del Empleo. D.A. 4ª. Empresas dedicadas a la intermediación laboral. D.A. 5ª. Modificación de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo. D.A. 6ª. Medidas de fomento de empleo para el trabajo autónomo. D.A. 7ª. Fomento del empleo de jóvenes. D.A. 8ª. Recursos no gastados en formación continua. D.A. 9ª. Formación de trabajadores extranjeros. D.A. 10ª. Regulación de políticas activas de empleo. D.A. 11ª. Lucha contra las prácticas ilegales y fraudulentas en la intermediación laboral. D.A. 12ª. Modificación de la regulación del régimen de las empresas de inserción. D.A. 13ª. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. D.A. 14ª. Impulso de la formación continuada en las empresas de menos de 100 trabajadores. D.A. 15ª. Encuadramiento en la Seguridad Social del personal estatutario de los Servicios de Salud que realice actividades complementarias privadas. D.A. 16ª. Medidas relacionadas con el encuadramiento y la cotización a la Seguridad Social de determinados colectivos. D.A. 17ª. Seguridad Social aplicable a los socios trabajadores de determinadas Cooperativas. D.A. 18ª. Cotización de las personas que se dedican a la venta ambulante.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Contratos anteriores a la entrada en vigor de esta Ley. D.T. 2ª. Bonificaciones aplicables a cuotas devengadas con anterioridad al 8 de marzo de 2009. D.T. 3ª. Tratamiento fiscal de las indemnizaciones derivadas de Expedientes de Regulación de Empleo.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación al Gobierno para la aprobación de la prórroga del Plan Extraordinario de medidas de orientación, formación profesional e inserción laboral, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de abril de 2008. D.F. 2ª. Facultades de desarrollo. D.F. 3ª. Evaluación de las medidas establecidas en esta Ley. D.F. 4ª. Modificación de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles. D.F. 5ª. Entrada en vigor.