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Ley 3/2005, de 14 de marzo, de Ordenación de la actividad comercial y las actividades feriales en la Comunidad Autónoma de La Rioja. - Boletín Oficial de La Rioja de 22-03-2005

Tiempo de lectura: 16 min

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Ambito: La Rioja

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2013

F. entrada en vigor: 22/09/2005

Órgano emisor: PRESIDENCIA Y ACCION EXTERIOR

Boletín: Boletín Oficial de La Rioja Número 40

F. Publicación: 22/03/2005


Preambulo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Disposiciones generales
CAPÍTULO I. Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. De la actividad comercial
Artículo 3. Concepto. Artículo 4. Actividad comercial mayorista. Artículo 5. Actividad comercial minorista. Artículo 6. Prohibiciones y restricciones al ejercicio de la actividad comercial. Artículo 7. Cooperativas de consumidores y usuarios.
TÍTULO II. Régimen administrativo de la actividad comercial
CAPÍTULO I. Del ejercicio de la actividad comercial
Artículo 8. De los principios aplicables al ejercicio de la actividad comercial. Artículo 9. De las condiciones administrativas para el ejercicio de la actividad comercial. Artículo 10. Oferta comercial y prohibición de limitar la adquisición de artículos.
CAPÍTULO II. Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de La Rioja
Artículo 11. Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de La Rioja. Artículo 12. Inscripción en el Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de La Rioja. Artículo 13. Funcionamiento del Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de La Rioja.
CAPÍTULO III. De los precios y horarios comerciales
Sección 1.ª Precios
Artículo 14. De los precios. Artículo 15. Ventas a pérdida. Artículo 16. Información sobre los precios y medios de pago. Artículo 17. Indicación de precios en los productos ofrecidos a distancia. Artículo 18. Exigibilidad de los precios anunciados.
Sección 2.ª Horarios comerciales
Artículo 19. De los horarios comerciales. Artículo 20. De la información sobre los horarios comerciales.
CAPÍTULO IV. Del Consejo Riojano de Comercio
Artículo 21. Consejo Riojano de Comercio. Artículo 22. Funciones del Consejo Riojano de Comercio. Artículo 23. Composición y funcionamiento.
TÍTULO III. Concepto de establecimiento comercial y régimen de autorización de grandes establecimientos comerciales
CAPÍTULO I. De los establecimientos comerciales
Artículo 24. Concepto de establecimiento comercial. Artículo 25. Instalación de establecimientos comerciales.
CAPÍTULO II. De los grandes establecimientos comerciales
Artículo 26. Concepto de gran establecimiento comercial minorista. Artículo 27. Del régimen de autorización de grandes establecimientos comerciales. Artículo 27 bis. Procedimiento de concesión de la licencia comercial.
CAPÍTULO III. Planes territoriales especiales de grandes establecimientos comerciales
Artículo 28. Objetivos.
CAPÍTULO IV. De los mercadillos y mercados de ocasión
Artículo 29. De los mercadillos. Artículo 30. De los mercados de ocasión. Artículo 31. Información sobre mercadillos.
TÍTULO IV. Modalidades específicas de venta
CAPÍTULO I. Disposición general
Artículo 32. Modalidades específicas de venta.
CAPÍTULO II. De las ventas especiales
Artículo 33. Principio general. Artículo 34. Concepto.
Sección 1.ª Ventas ambulantes o no sedentarias
Artículo 35. Concepto. Artículo 36. Modalidades de venta ambulante o no sedentaria.
Sección 2.ª Ventas a domicilio
Artículo 37. Concepto.
Sección 3.ª Ventas a distancia
Artículo 38. Concepto.
Sección 4.ª Ventas automáticas
Artículo 39. Concepto.
Sección 5.ª Ventas en pública subasta
Artículo 40. Concepto.
CAPÍTULO III. De las ventas promocionales
Sección 1.ª Conceptos generales
Artículo 41. Definición general. Artículo 42. Requisitos generales. Artículo 43. Publicidad. Artículo 44. Artículos promocionados.
Sección 2.ª Ventas con obsequio
Artículo 45. Ventas con obsequio. Artículo 46. Requisitos. Artículo 47. Legislación aplicable en materia de sorteos.
Sección 3.ª Ventas en rebajas
Artículo 48. Ventas en rebajas. Artículo 49. Condiciones. Artículo 50. Información. Artículo 51. Separación de los productos rebajados.
Sección 4.ª Venta en liquidación
Artículo 52. Ventas en liquidación. Artículo 53. Requisitos de las ventas en liquidación.
Sección 5.ª Ventas de saldo
Artículo 54. Ventas de saldo. Artículo 55. Diferenciación de mercancías en ventas de saldo. Artículo 56. Requisitos de los comerciantes dedicados a ventas de saldos.
Sección 6.ª Ventas con descuento
Artículo 57. Ventas con descuento.
TÍTULO V. De las actividades feriales
Artículo 58. Concepto. Artículo 59. Clasificación de actividades feriales. Artículo 60. Ferias y exposiciones oficiales. Artículo 61. Calendario. Artículo 62. Entidades organizadoras. Artículo 63. Instituciones feriales de la Comunidad de La Rioja. Artículo 64. Régimen de comunicación previa de las actividades feriales. Artículo 65. Registro Oficial de Actividades Fe­riales. Artículo 66. Promoción de actividades feriales.
TÍTULO VI. De la actuación pública sobre la actividad comercial
CAPÍTULO I. Instituciones y medios de fomento de la actividad comercial
Artículo 67. Promoción de la actividad comercial. Artículo 68. Principios ordenadores.
CAPÍTULO II. De la reforma de las estructuras comerciales
Artículo 69. Reforma de las estructuras comerciales.
CAPÍTULO III. De la función inspectora y del régimen de infracciones y sanciones
Sección 1.ª De la inspección
Artículo 70. Órganos competentes. Artículo 71. Del personal de la inspección.
Sección 2.ª De las infracciones
Artículo 72. Infracciones. Artículo 73. Tipificación de las infracciones. Artículo 74. Calificación y graduación de las infracciones.
Sección 3.ª De las sanciones
Artículo 75. De las sanciones. Artículo 76. Competencia para imponer sanciones. Artículo 77. Publicidad y ejecución de las sanciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. D.A. 2ª. D.A. 3ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. D.T. 2ª.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. D.F. 2ª. D.F. 3ª.