Legislación
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LEY 3/2007, del 4 de julio, de la obra pública. - Diario Oficial de Cataluña de 06-07-2007

Tiempo de lectura: 11 min

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Ambito: Cataluña

Estado: VIGENTE. Validez desde 31 de Marzo de 2017

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 4920

F. Publicación: 06/07/2007


PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto de la ley Artículo 2. Definición de obra pública Artículo 3. Ámbito de aplicación Artículo 4. Principios generales Artículo 5. Agentes que participan en la obra pública
CAPÍTULO II. Planificación y programación
Artículo 6. Planificación de la Generalidad Artículo 7. Programación anual de la Generalidad Artículo 8. Planificación y programación de las entidades locales
CAPÍTULO III. Estudios y proyectos
SECCIÓN 1.ª Tipología
Artículo 9. Régimen jurídico de aplicación a los estudios y proyectos
SECCIÓN 2.ª Estudio informativo o anteproyecto
Artículo 10. Estudio informativo o anteproyecto: definición y contenido Artículo 11. Estudio de impacto ambiental Artículo 12. Tramitación en caso de obras de competencia de la Generalidad Artículo 13. Tramitación de obras de competencia de las entidades locales Artículo 14. Resolución Artículo 15. Modificación de los estudios informativos o anteproyectos: causas y procedimiento Artículo 16. Aprobación de las modificaciones
SECCIÓN 3.ª El proyecto
Artículo 17. Proyectos Artículo 18. Documentación de los proyectos Artículo 19. Tramitación de proyectos de obras de competencia de la Generalidad Artículo 20. Tramitación de proyectos de obras de competencia de las entidades locales Artículo 21. Trámite específico para determinadas obras públicas Artículo 22. Resolución Artículo 23. Modificación de los proyectos
SECCIÓN 4.ª Disposiciones comunes
Artículo 24. Supervisión Artículo 25. Órganos de supervisión de proyectos Artículo 26. Supervisión continua Artículo 27. Auditoría técnica Artículo 28. Adecuación al ordenamiento urbanístico Artículo 29. Licencia o trámite de control preventivo municipal
CAPÍTULO IV. Normas complementarias al régimen de contratación
Artículo 30. Régimen de contratación Artículo 31. Órganos de contratación Artículo 32. Mesa de contratación Artículo 33. Requisitos de los contratistas Artículo 34. Uniones temporales de empresas Artículo 35. Subcontratación Artículo 36. Registro de buenas prácticas en la ejecución de obras de Cataluña Artículo 37. Selección de los contratistas y los procedimientos de adjudicación Artículo 38. Valoración de las ofertas Artículo 39. Publicidad y transparencia
CAPÍTULO V. Ejecución de la obra
Artículo 40. Información a los ciudadanos y usuarios Artículo 41. Señalización Artículo 42. Obligaciones de la empresa constructora Artículo 43. Dirección de la obra Artículo 44. Control y seguimiento de la ejecución de las obras Artículo 45. Control y seguimiento de la ejecución de obras de túneles urbanos Artículo 46. Evaluación y control de calidad Artículo 47. Garantías y requisitos de seguridad y salud en el trabajo Artículo 48. Ejecución de modificaciones o mejoras Artículo 49. Memoria final sobre la ejecución y el precio de la obra Artículo 50. Responsabilidad de los profesionales y las empresas Artículo 51. Publicidad de la actividad contractual de los promotores y gestores
CAPÍTULO VI. Organización administrativa
Artículo 52. El Consejo Asesor de Túneles y Otras Obras Singulares Artículo 53. Arbitraje y otras formas de resolución convencional de incidencias
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Cartografía D.A. 2ª. Información sobre el suelo y el subsuelo D.A. 3ª. Incorporación de la perspectiva de género
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo D.F. 2ª. Actualización D.F. 3ª. Entrada en vigor