Legislación
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Ley 3/2007, de 1 de marzo, de Calidad de los Servicios Sociales - Boletín Oficial de La Rioja de 08-03-2007

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: La Rioja

Estado: VIGENTE. Validez desde 09 de Marzo de 2007

F. entrada en vigor: 09/03/2007

Órgano emisor: PRESIDENCIA Y ACCION EXTERIOR

Boletín: Boletín Oficial de La Rioja Número 32

F. Publicación: 08/03/2007

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito. Artículo 3. Tipologías de actuación. Artículo 4. Programas de calidad. Artículo 5. Principios generales de actuación.
TÍTULO II. Derechos y deberes de los usuarios
Artículo 6. Derechos de las personas usuarias de los Servicios Sociales. Artículo 7. Deberes de las personas usuarias de los Servicios Sociales. Artículo 8. Acción protectora.
TÍTULO III. Comisión de Calidad
Artículo 9. Estructura. Artículo 10. Funciones de la Comisión de Calidad. Artículo 11. Coordinación interdepartamental.
TÍTULO IV. Programas de calidad
Artículo 12. Programa de planificación. Artículo 13. Programa de evaluación. Artículo 14. Programa de mejora. Artículo 15. Programa de normalización y estandarización de la prestación del servicio. Artículo 16. Programa de análisis de la demanda y grado de satisfacción de la persona usuaria. Artículo 17. Programa de cartas de compromiso y/o servicios. Artículo 18. Programa de quejas y sugerencias. Artículo 19. Programas y Protocolos específicos para Centros propios. Artículo 20. Programas de acreditación de centros con plazas concertadas o que tengan suscrito un contrato de gestión de servicios públicos. Artículo 21. Programas específicos de gestión del conocimiento.
TÍTULO V. Observatorio de la calidad de los Servicios Sociales
Artículo 22. Observatorio de la calidad.
TÍTULO VI. Fomento del sistema de calidad
Artículo 23. Planes de Mejora. Artículo 24. Acreditación de la calidad. Artículo 25. Contratación administrativa. Artículo 26. Premios de calidad.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Formación en gestión de calidad. D.A. 2ª. Acreditación de la residencia en las prestaciones de Servicios Sociales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Centros con plazas concertadas o sobre los que se haya suscrito contrato de gestión de servicios públicos. D.T. 2ª. Observatorio de Calidad.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo Reglamentario. D.F. 2ª. Entrada en vigor.