Legislación
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Ley 3/2010, de 21 de mayo, por la que se modifican diversas leyes para la transposicion en Andalucia de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 08-06-2010

Tiempo de lectura: 9 min

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 31 de Marzo de 2012

F. entrada en vigor: 28/06/2010

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 111

F. Publicación: 08/06/2010


Preambulo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Artículo primero. Modificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, del Comercio Interior de Andalucía. Artículo segundo. Modificación de la Ley 9/1988, de 25 de noviembre, del Comercio Ambulante. Artículo tercero. Modificación de la Ley 3/1992, de 22 de octubre, de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía. Artículo cuarto. Modificación de la Ley 12/1999, de 15 de diciembre, del Turismo. Artículo quinto. Modificación de la Ley 8/2007, de 5 de octubre, de Museos y Colecciones Museográficas de Andalucía. Artículo sexto. Modificación de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía. Artículo séptimo. Modificación de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía. Artículo octavo. Modificación de La Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo noveno. Modificación del Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos. Artículo décimo. Modificación de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía. Artículo undécimo. Modificación de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía. Artículo duodécimo. Modificación de la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección. Artículo decimotercero. Modificación de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía. Artículo decimocuarto. Modificación de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de prevención y lucha contra los incendios forestales. Artículo decimoquinto. Modificación de la Ley 8/1999, de 27 de octubre, del Espacio Natural de Doñana. Artículo decimosexto. Modificación de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Acceso y comunicación electrónica. D.A. 2ª. Certificado de Calidad Municipal del Comercio de Andalucía. D.A. 3ª. Consejo Andaluz de Comercio. D.A. 4ª. Plan de Establecimientos Comerciales. D.A. 5ª. Prohibición de grandes superficies minoristas sobre suelo no urbanizable. D.A. 6ª. Licencia municipal de obras. D.A. 7ª. Régimen de seguros. D.A. 8ª. Aplicación de los requisitos previstos para el silencio administrativo desestimatorio regulado en normas preexistentes. D.A. 9ª. Notificación a la Comisión Europea.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Previsiones del pla­neamiento urbanístico sobre grandes superficies minoristas. D.T. 2ª. Adaptación del planeamiento sin aprobación inicial. D.T. 3ª. Aplicación de los requisitos establecidos en el Título IV de la Ley 1/1996, de 10 de enero, a las solicitudes de licencia municipal de obras. D.T. 4ª. Licencias comerciales y licencias municipales en tramitación. D.T. 5ª. Solicitudes de licencia municipal de obras con planeamiento con ordenación pormenorizada a la entrada en vigor del Decreto-Ley 3/2009, de 22 de diciembre. D.T. 6ª. Prórroga de licencias comerciales no ejecutadas. D.T. 7ª. Personas inscritas en el Registro General de Comerciantes Ambulantes. D.T. 8ª. Instituciones Feriales. D.T. 9ª. Ferias Comerciales Oficiales. D.T. 10ª. Régimen transitorio en materias distintas al área comercial y ferial.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Delegación legislativa para la refundición de normas en materia de comercio. D.F. 2ª. Desarrollo. ANEXO