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Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. - Boletín Oficial del Estado de 05-06-2013

Tiempo de lectura: 16 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 21 de Diciembre de 2022

F. entrada en vigor: 06/06/2013

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 134

F. Publicación: 05/06/2013


PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Naturaleza y régimen jurídico
Artículo 1. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Artículo 2. Naturaleza y régimen jurídico. Artículo 3. Independencia funcional y relación con las entidades públicas y privadas. Artículo 4. Coordinación y cooperación institucional.
CAPÍTULO II. Funciones
Artículo 5. Funciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia de carácter general y para preservar y promover la competencia efectiva en todos los mercados y sectores productivos. Artículo 6. Supervisión y control del mercado de comunicaciones electrónicas. Artículo 7. Supervisión y control en el sector eléctrico y en el sector del gas natural. Artículo 8. Supervisión y control del mercado postal. Artículo 9. Supervisión y control en materia de mercado de comunicación audiovisual. Artículo 10. Supervisión y control en materia de tarifas aeroportuarias. Artículo 11. Supervisión y control en el sector ferroviario. Artículo 12. Resolución de conflictos.
CAPÍTULO III. Organización y funcionamiento
Artículo 13. Órganos de gobierno. Artículo 14. El Consejo. Artículo 15. Nombramiento y mandato de los miembros del Consejo. Artículo 16. Funcionamiento del Consejo. Artículo 17. El pleno del Consejo. Artículo 18. Las salas del Consejo. Artículo 19. Funciones del Presidente. Artículo 20. Funciones del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Artículo 21. Competencias de pleno y salas. Artículo 22. Funciones e incompatibilidades de los miembros del Consejo. Artículo 23. Causas de cese en el ejercicio del cargo. Artículo 24. Obligación de informar y garantías para la actuación imparcial. Artículo 25. Órganos de dirección. Artículo 26. Estatuto Orgánico y Reglamento de funcionamiento interno.
CAPÍTULO IV. Régimen de actuación y potestades
Artículo 27. Facultades de inspección. Artículo 28. Requerimientos de información, deber de secreto y acceso a los registros estatales. Artículo 29. Potestad sancionadora. Artículo 30. Circulares, circulares informativas y comunicaciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Artículo 31. Régimen jurídico del personal. Artículo 32. Régimen de contratación. Artículo 33. Régimen económico-financiero y patrimonial. Artículo 34. Presupuesto, régimen de contabilidad y control económico y financiero. Artículo 35. Asistencia jurídica. Artículo 36. Recursos contra los actos, las decisiones y las resoluciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
CAPÍTULO V. Transparencia y responsabilidad
Artículo 37. Publicidad de las actuaciones. Artículo 38. Medidas para mejorar la eficiencia, eficacia y calidad de los procedimientos de supervisión. Artículo 39. Control parlamentario.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Constitución y ejercicio efectivo de las funciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. D.A. 2ª. Extinción de organismos. D.A. 3ª. Régimen especial de incompatibilidad e indemnización del Presidente, Vicepresidente y consejeros de los organismos que se extinguen. D.A. 4ª. Asignación de medios a la Administración General del Estado. D.A. 5ª. Atribución de competencias a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. D.A. 6ª. Integración del personal de los organismos públicos que se extinguen en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. D.A. 7ª. Funciones que asume el Ministerio de Industria, Energía y Turismo en materia audiovisual. D.A. 8ª. Funciones que asume el Ministerio de Industria, Energía y Turismo en materia de energía. D.A. 9ª. Toma de participaciones en el sector energético. D.A. 10ª. Funciones que asumen la Dirección General de Ordenación del Juego del Ministerio de Consumo y la Agencia Estatal de Administración Tributaria en materia de juego. D.A. 11ª. Funciones que asume el Ministerio de Fomento en relación con el sector postal. D.A. 12ª. Funciones que asume el Ministerio de la Presidencia en materia audiovisual. D.A. 13ª. Remisión de informes al Instituto Nacional de Consumo. D.A. 14ª. Tasas, prestaciones patrimoniales e ingresos derivados del ejercicio de las funciones previstas en esta Ley. D.A. 15ª. Consejos consultivos. D.A. 16ª. Ejercicio temporal de las funciones de supervisión en materia de tarifas aeroportuarias. D.A. 17ª. Fomento de la corregulación publicitaria. D.A. 18ª. Otras sedes. D.A. 19ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Primer mandato de los miembros de la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia. D.T. 2ª. Nombramiento del primer Presidente y Vicepresidente. D.T. 3ª. Continuación de funciones por los organismos que se extinguen. D.T. 4ª. Desempeño transitorio de funciones por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. D.T. 5ª. Procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley. D.T. 6ª. Puestos de trabajo de personal funcionario que venían siendo desempeñados por personal laboral. D.T. 8ª. Régimen transitorio contable y de rendición de cuentas anuales. D.T. 9ª. Gestión y liquidación de las tasas previstas en el Anexo. D.T. 10ª. Órganos de asesoramiento de la Comisión Nacional de Energía.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. D.F. 3ª. Modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos. D.F. 4ª. Modificación de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea. D.F. 5ª. Modificación de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones. D.F. 6ª. Modificación de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario. D.F. 7ª. Modificación de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia. D.F. 8ª. Modificación de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico. D.F. 9ª. Título competencial. D.F. 10ª. Habilitación normativa. D.F. 11ª. Entrada en vigor. ANEXO. Tasas y prestaciones patrimoniales de carácter público relacionadas con las actividades y servicios regulados en esta Ley