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Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha. [2015/3029] - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 12-03-2015

Tiempo de lectura: 21 min

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Ambito: Castilla-La Mancha

Estado: VIGENTE. Validez desde 22 de Marzo de 2024

F. entrada en vigor: 01/04/2015

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA JUNTA

Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 49

F. Publicación: 12/03/2015


Preambulo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objetivo y fines. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Ejercicio de la caza. Artículo 4. Promoción y comercialización de la caza. Artículo 5. Custodia de la pureza genética, calidad y garantía sanitaria. Artículo 6. Conservación del medio natural en el ejercicio de la caza.
TÍTULO II. De las especies de caza y sus hábitats
Artículo 7. Especies objeto de caza y de control de poblaciones. Artículo 8. Responsabilidad por daños causados por especies cinegéticas. Artículo 9. De la comercialización de piezas de caza. Artículo 10. De la captura y suelta de piezas de caza vivas. Artículo 11. Traslado de las piezas de caza mayor muertas. Artículo 12. Medidas de control y mejora del estado de las poblaciones cinegéticas. Artículo 13. Conservación de los hábitats. Artículo 14. Prevención de enfermedades en las especies cinegéticas. Comunicación de enfermedades, daños o riesgos para la fauna en el medio natural. Artículo 15. Agrupaciones de defensa sanitaria cinegética.
TÍTULO III. Del ejercicio de la caza
CAPÍTULO I. De los requisitos para cazar
Artículo 16. Requisitos para cazar. Artículo 17. Licencia de caza. Artículo 18. Pruebas de aptitud del cazador.
CAPÍTULO II. De los medios y modalidades para practicar la caza
Artículo 19. Uso de medios de caza. Artículo 20. Uso de armas. Artículo 21. Utilización de perros y otros animales en el ejercicio de la caza. Artículo 22. Modalidades de caza. Artículo 23. Suspensión o limitación del uso de medios y modalidades de caza.
CAPÍTULO III. De la responsabilidad en el ejercicio de la caza y la propiedad de las piezas de caza
Artículo 24. Responsabilidad en el ejercicio de la caza. Artículo 25. De la propiedad de las piezas de caza y de los desmogues.
CAPÍTULO IV. De las prohibiciones generales y de las autorizaciones excepcionales para el control de poblaciones
Artículo 26. Medios prohibidos de caza y de control de poblaciones. Artículo 27. Prohibiciones para la protección de poblaciones cinegéticas. Artículo 28. Autorizaciones excepcionales para control de poblaciones cinegéticas.
CAPÍTULO V. De la Calidad Cinegética
Artículo 29. Calidad cinegética.
TÍTULO IV. De los terrenos
CAPÍTULO I. De los terrenos de carácter cinegético
Artículo 30. Clasificación y Áreas de Reserva.
SECCIÓN 1.ª De los Cotos de Caza
Artículo 31. Cotos de Caza. Artículo 32. Superficies mínimas. Artículo 33. Constitución y renovación de Cotos de Caza. Derechos cinegéticos. Artículo 34. Cuartel de Caza Comercial en Cotos de Caza. Artículo 35. De los cuarteles comerciales de caza en zonas sensibles.
SECCIÓN 2.ª De las Zonas Colectivas de Caza
Artículo 36. Zonas Colectivas de Caza. Artículo 37. Inclusión de terrenos en las Zonas Colectivas de Caza. Artículo 38. Superficie de las Zonas Colectivas de Caza.
SECCIÓN 3.ª De los Cotos Sociales de Caza
Artículo 39. De los cotos sociales de caza. Artículo 40. De la oferta pública de caza.
SECCIÓN 4.ª De los terrenos cinegéticos en Montes de Utilidad Pública
Artículo 41. Cotos de Caza y Zonas Colectivas de Caza constituidos en Montes de Utilidad Pública.
SECCIÓN 5.ª De los terrenos cinegéticos en Áreas Protegidas
Artículo 42. Terrenos cinegéticos en Áreas Protegidas.
SECCIÓN 6.ª De los titulares de la actividad cinegética
Artículo 43. Titulares cinegéticos y titulares de los aprovechamientos. Artículo 44. Titulares profesionales cinegéticos y organizadores de cacerías. Artículo 45. Derechos y obligaciones.
SECCIÓN 7.ª De la suspensión de la actividad cinegética y anulación de la condición de Coto de Caza o Zona Colectiva de Caza
Artículo 46. Suspensión de la actividad cinegética. Artículo 47. Anulación de la condición de Coto de Caza o Zona Colectiva de Caza.
CAPÍTULO II. De los terrenos no cinegéticos
Artículo 48. Terrenos no cinegéticos en general. Artículo 49. Terrenos enclavados. Artículo 50. Zonas de Seguridad.
CAPÍTULO III. De la señalización de los terrenos
Artículo 51. Señalización de los terrenos.
TÍTULO V. Infraestructuras
Artículo 52. Infraestructuras en terrenos cinegéticos. Artículo 53. Cerramientos cinegéticos y cerramientos especiales. Artículo 54. Autorizaciones y condiciones de los cerramientos cinegéticos.
TÍTULO VI. Planificación del aprovechamiento cinegético
Artículo 55. Instrumentos de planificación del aprovechamiento cinegético. Artículo 56. Planes de Ordenación Cinegética. Artículo 57. Planes Generales para las Especies de Interés Preferente. Artículo 58. Órdenes Anuales de Vedas. Artículo 59. Memorias Anuales de Gestión. Artículo 60. Planes Zoosanitarios Cinegéticos. Artículo 61. Planes de Control Administrativo. Artículo 62. Memorias anuales de caza.
TÍTULO VII. De las granjas cinegéticas y de los talleres de taxidermia
Artículo 63. Las granjas cinegéticas. Artículo 64. Talleres de taxidermia.
TÍTULO VIII. De la administración y de la vigilancia de la actividad cinegética
CAPÍTULO I. De la administración de la actividad cinegética
Artículo 65. Registros públicos. Artículo 66. Investigación, experimentación y colaboración con la Administración. Artículo 67. Plazo máximo para resolver y notificar autorizaciones y concesiones.
CAPÍTULO II. De los Órganos Colegiados
Artículo 68. Comisión Regional de Homologación de Trofeos de Caza. Artículo 69. Consejos de Caza.
CAPÍTULO III. De la inspección, custodia y vigilancia de la actividad cinegética
Artículo 70. Funciones de los Agentes de la Autoridad para el cumplimento de la legislación en materia de caza. Artículo 71. Vigilancia y protección privada de Cotos de Caza y Zonas Colectivas de Caza.
TÍTULO IX. De las infracciones y el procedimiento sancionador
CAPÍTULO I. De las infracciones
Artículo 72. Infracciones administrativas y calificación. Artículo 73. Infracciones leves. Artículo 74. Infracciones graves. Artículo 75. Infracciones muy graves.
CAPÍTULO II. De las sanciones
Artículo 76. Sanción de las infracciones administrativas. Artículo 77. Graduación de las sanciones.
CAPÍTULO III. De la responsabilidad y de los daños y perjuicios
Artículo 78. Responsabilidad de las infracciones. Artículo 79. Responsabilidad penal. Artículo 80. Daños y perjuicios.
CAPÍTULO IV. De la prescripción
Artículo 81. Prescripción de infracciones. Artículo 82. Prescripción de las sanciones.
CAPÍTULO V. Del procedimiento
Artículo 83. Procedimiento sancionador. Medidas de carácter provisional. Artículo 84. Multas coercitivas. Artículo 85. Potestad sancionadora. Artículo 86. Decomisos. Artículo 87. Registro Regional de Infractores de Caza.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Cotos Privados de Caza. D.A. 2ª. Terrenos enclavados. D.A. 3ª. Terrenos Vedados. D.A. 4ª. Cerramientos cinegéticos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Cotos Sociales y Zonas de Caza Controlada. D.T. 2ª. Cotos de Aves Acuáticas. D.T. 3ª. Planes Técnicos de Caza. D.T. 4ª. Granjas Cinegéticas. D.T. 5ª. Derechos de caza en vías pecuarias. D.T. 6ª. Vigilantes de Cotos Privados de Caza. D.T. 7ª. Explotaciones Industriales de Caza. D.T. 8ª. Cotos intensivos de caza. D.T. 9ª. Señalización de terrenos enclavados. D.T. 10ª. Expedientes sancionadores. D.T. 11ª. Procedimientos ya iniciados.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Reserva de Caza de la Serranía de Cuenca. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias. D.F. 3ª. Modificación de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza. D.F. 4ª. Modificación de la Ley 1/1992, de 7 de mayo, de Pesca Fluvial. D.F. 5ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario. D.F. 6ª. Entrada en vigor.