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LEY 3/2019, de 2 de julio, de ordenación farmacéutica de Galicia. - Diario Oficial de Galicia de 10-07-2019

Tiempo de lectura: 18 min

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Ambito: Galicia

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023

F. entrada en vigor: 30/07/2019

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA

Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 130

F. Publicación: 10/07/2019


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
TÍTULO I. La atención farmacéutica
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 2. La atención farmacéutica Artículo 3. Principios por los que se rige la atención farmacéutica Artículo 4. Establecimientos y servicios de atención farmacéutica Artículo 5. Dispensación de medicamentos y productos sanitarios Artículo 6. Modalidades de venta de medicamentos y productos sanitarios y prohibiciones Artículo 7. Supuestos especiales de entrega de medicamentos y productos sanitarios
CAPÍTULO II. Derechos y obligaciones
Artículo 8. Obligaciones de los establecimientos y servicios de atención farmacéutica Artículo 9. Derechos y obligaciones de la ciudadanía Artículo 10. Objeción de conciencia
CAPÍTULO III. Régimen de autorizaciones administrativas en los establecimientos y servicios de atención farmacéutica
Artículo 11. Régimen de las autorizaciones y competencia Artículo 12. Procedimientos de autorización
TÍTULO II. La atención farmacéutica en el nivel de la atención primaria
CAPÍTULO I. Las oficinas de farmacia
SECCIÓN 1ª. Definición, funciones y condiciones y requisitos generales
Artículo 13. Definición y funciones Artículo 14. Colaboración de las oficinas de farmacia en el desempeño de la prestación farmacéutica del Sistema nacional de salud Artículo 15. Otras actividades Artículo 16. Acceso a las oficinas de farmacia Artículo 17. Requisitos de los locales Artículo 18. Reclamaciones en la atención farmacéutica Artículo 19. Zonas de las oficinas de farmacia
SECCIÓN 2ª. Titularidad y personal
Artículo 20. Titularidad de las oficinas de farmacia Artículo 21. Farmacéutico/a regente Artículo 22. Farmacéutico/a sustituto/a Artículo 23. Farmacéutico/a adjunto/a Artículo 24. Autorización de nombramientos Artículo 25. Condiciones para el nombramiento de personal Artículo 26. Personal técnico y auxiliar de farmacia
SECCIÓN 3ª. Atención al público
Artículo 27. Presencia y actuación del/de la farmacéutico/a e identificación del personal Artículo 28. Señalización, publicidad y promoción de las oficinas de farmacia Artículo 29. Horarios y servicios de guardia de las oficinas de farmacia
SECCIÓN 4ª. Planificación y ordenación territorial de nuevas oficinas de farmacia
Artículo 30. Planificación de las oficinas de farmacia Artículo 31. Zonas farmacéuticas Artículo 32. Módulos de población Artículo 33. Distancias entre las oficinas de farmacia Artículo 34. Mapa farmacéutico
SECCIÓN 5ª. Procedimiento de otorgamiento de la autorización de instalación de nuevas oficinas de farmacia
Artículo 35. Procedimiento de otorgamiento de la autorización de instalación de nuevas oficinas de farmacia Artículo 36. Reglas de procedimiento y de competencia Artículo 37. Efectos de la no apertura de la oficina de farmacia adjudicada Artículo 38. Concurso de traslado Artículo 39. Concurso de nueva adjudicación Artículo 40. Caducidad de la autorización
SECCIÓN 6ª. Cambio de ubicación, reforma de local y limitaciones
Artículo 41. Cambio de ubicación, tipos y limitaciones Artículo 42. Autorización de cambio de ubicación Artículo 43. Reforma de los locales de la oficina de farmacia
SECCIÓN 7ª. Transmisión y cierre
Artículo 44. Transmisión inter vivos Artículo 45. Transmisión mortis causa Artículo 46. Reglas de aplicación a las transmisiones inter vivos Artículo 47. Cierre provisional Artículo 48. Cierre definitivo
CAPÍTULO II. Los botiquines
Artículo 49. Definición Artículo 50. Condiciones para la apertura Artículo 51. Vinculación del botiquín Artículo 52. Cierre del botiquín
CAPÍTULO III. La atención farmacéutica en las estructuras de atención primaria
Artículo 53. Disposiciones generales Artículo 54. Condiciones y requisitos Artículo 55. Funciones de las unidades de farmacia de atención primaria
TÍTULO III. La atención farmacéutica en los hospitales, centros sociosanitarios y otros centros, servicios y establecimientos sanitarios
Artículo 56. Atención farmacéutica en los hospitales y centros sociosanitarios Artículo 57. Servicios de farmacia hospitalaria propios de los hospitales y centros sociosanitarios Artículo 58. Funciones de los servicios de farmacia hospitalaria propios de los hospitales y centros sociosanitarios Artículo 59. Recursos materiales y humanos de los servicios de farmacia hospitalaria propios Artículo 60. Depósitos de medicamentos y productos sanitarios Artículo 61. Atención farmacéutica en instituciones penitenciarias
TÍTULO IV. Distribución de medicamentos de uso humano y de productos sanitarios
Artículo 62. Entidades de distribución Artículo 63. Autorización de las entidades de distribución de medicamentos de uso humano Artículo 64. Dirección técnica y personal adicional de las entidades de distribución de medicamentos de uso humano
TÍTULO V. Unidades de radiofarmacia
Artículo 65. Disposiciones generales Artículo 66. Clasificación de las unidades de radiofarmacia Artículo 67. Autorizaciones Artículo 68. Recursos humanos Artículo 69. Adquisición y dispensación
TÍTULO VI. La distribución y dispensación de medicamentos veterinarios
Artículo 70. La distribución y dispensación de medicamentos veterinarios
TÍTULO VII. Los/Las profesionales farmacéuticos/as y otro personal de los establecimientos y servicios de atención farmacéutica
Artículo 71. Definición de profesional farmacéutico/a Artículo 72. Formación continuada Artículo 73. Incompatibilidades
TÍTULO VIII. Publicidad, promoción e información de los medicamentos y productos sanitarios
Artículo 74. Garantías en la información, promoción y publicidad de medicamentos y productos sanitarios
TÍTULO IX. Régimen sancionador
Artículo 75. Disposiciones generales Artículo 76. Acción inspectora Artículo 77. Infracciones Artículo 78. Sanciones y criterios de graduación Artículo 79. Instrucción de expedientes sancionadores Artículo 80. Competencia sancionadora Artículo 81. Medidas cautelares Artículo 82. Prescripción Artículo 83. Plazo para resolver
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Convenios de colaboración
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Aplicación de las disposiciones reglamentarias vigentes D.T. 2ª. Procedimientos administrativos en tramitación D.T. 3ª. Locales de oficinas de farmacia D.T. 4ª. Servicio de guardia y vacaciones D.T. 5ª. Régimen de transmisión de las oficinas de farmacia adjudicadas en el concurso convocado por Resolución de 2 de julio de 2018, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de nuevas oficinas de farmacia
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación para el desarrollo normativo D.F. 2ª. Entrada en vigor