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Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia. - Boletín Oficial del Estado de 19-09-2020

Tiempo de lectura: 10 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 28 de Diciembre de 2022

F. entrada en vigor: 20/09/2020

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 250

F. Publicación: 19/09/2020


PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Medidas procesales
Artículo 1. Tramitación de la impugnación de expedientes de regulación temporal de empleo a que se refiere el artículo 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Artículo 2. Tramitación preferente de determinados procedimientos.
CAPÍTULO II. Medidas concursales y societarias
Artículo 3. Modificación del convenio concursal. Artículo 4. Aplazamiento del deber de solicitar la apertura de la fase de liquidación. Artículo 5. Acuerdos de refinanciación. Artículo 6. Régimen especial de la solicitud de declaración del concurso de acreedores. Artículo 7. Financiaciones y pagos por personas especialmente relacionadas con el deudor. Artículo 8. Impugnación del inventario y de la lista de acreedores. Artículo 8 bis. Incidentes de reintegración de la masa activa. Artículo 9. Tramitación preferente. Artículo 10. Enajenación de la masa activa. Artículo 11. Aprobación del plan de liquidación. Artículo 12. Agilización de la tramitación del acuerdo extrajudicial de pagos, concurso consecutivo y beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. Artículo 13. Suspensión de la causa de disolución por pérdidas.
CAPÍTULO III. Medidas organizativas y tecnológicas
Artículo 14. Celebración de actos procesales mediante presencia telemática. Artículo 15. Acceso a las salas de vistas. Artículo 16. Exploraciones médico-forenses y de los equipos psicosociales. Artículo 17. Dispensa de la utilización de togas. Artículo 18. Atención al público. Artículo 19. Órganos judiciales asociados al COVID-19. Artículo 20. Asignación preferente de jueces de adscripción territorial. Artículo 21. Actuaciones dentro de un mismo centro de destino. Artículo 22. Jornada laboral. Artículo 23. Sustitución y refuerzo de letrados de la Administración de Justicia en prácticas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Ampliación de plazos en el ámbito del Registro Civil. D.A. 2ª. Suspensión de la causa de disolución del artículo 96.1.e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. D.A. 3ª. Adecuación de determinadas disposiciones a la jurisdicción militar. D.A. 4ª. Actos de comunicación del Ministerio Fiscal. D.A. 5ª. Creación de unidades judiciales. D.A. 6ª. Indicaciones de las autoridades sanitarias. D.A. 7ª. Cambio extraordinario de las circunstancias contractuales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Régimen transitorio de las actuaciones procesales. D.T. 2ª. Previsiones en materia de medidas organizativas y tecnológicas.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. D.F. 3ª. Modificación de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea. D.F. 4ª. Modificación de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia. D.F. 5ª. Modificación de la disposición final décima de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil. D.F. 6ª. Modificación de la Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo. D.F. 7ª. Modificación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. D.F. 8ª. Modificación del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. D.F. 9ª. Modificación del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo. D.F. 10ª. Título competencial. D.F. 11ª. Intervención telemática de notarios y registradores. D.F. 12ª. Actuaciones telemáticas. D.F. 13ª. Entrada en vigor.