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Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992. - Boletín Oficial del Estado de 31-12-1991

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 03 de Julio de 2011

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 313

F. Publicación: 31/12/1991


PREÁMBULO
TÍTULO I. De la aprobación de los Presupuestos y de sus modificaciones
CAPÍTULO I. Créditos iniciales y financiación de los mismos
Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales del Estado. Artículo 2. De la aprobación de los Estados de gastos e ingresos de los Entes referidos en las letras a) a e) del artículo 1 de la presente Ley. Artículo 3. De los beneficios fiscales. Artículo 4. De la financiación de los créditos aprobados en el artículo 2 de la presente Ley. Artículo 5. De la Cuenta de operaciones comerciales de los Organismos Autónomos de carácter comercial, industrial, financiero o análogo. Artículo 6. De los Presupuestos de los Entes referidos en las letras f), g) y h) del artículo 1 de esta Ley. Artículo 7. Del presupuesto resumen de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local.
CAPÍTULO II. Normas de modificación y ejecución de créditos presupuestarios
Artículo 8. Principios generales. Artículo 9. Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias. Artículo 10. De la limitación al reconocimiento de obligaciones.
CAPÍTULO III. De la Seguridad Social
Artículo 11. De la Seguridad Social.
TÍTULO II. De la gestión presupuestaria
CAPÍTULO I. De la gestión de gastos y de la contratación administrativa
Artículo 12. Contratación en el ámbito de la Administración del Estado. Artículo 13. Contratación en el ámbito de los Organismos autónomos.
CAPÍTULO II. De la gestión de los Presupuestos Docentes
Artículo 14. Módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de Centros concertados. Artículo 15. Autorización de los costes de personal de las Universidades de competencia de la Administración del Estado.
CAPÍTULO III. Normas de gestión de las relaciones financieras con las Comunidades Europeas
Artículo 16. Normas de gestión de los créditos cofinanciados por la Comunidad Económica Europea.
CAPÍTULO IV. Otras normas sobre gestión presupuestaria
Artículo 17. Modificación de las normas sobre gestión presupuestaria. Artículo 18. Procedimientos especiales de gestión.
CAPÍTULO V. De la gestión presupuestaria de la Seguridad Social
Artículo 19. Pagos por cuenta del Estado y cancelación de la deuda de la Seguridad Social.
TÍTULO III. De los Gastos de Personal Activo
CAPÍTULO I. De los regímenes retributivos
Sección 1.ª Del incremento de retribuciones del personal al servicio del sector público
Artículo 20. Personal al servicio del Sector Público no sometido a legislación laboral. Artículo 21. Personal laboral.
Sección 2.ª De los altos cargos
Artículo 22. Retribuciones de los altos cargos.
Sección 3.ª Del personal funcionario de la administración civil del Estado
Artículo 23. Retribuciones de los funcionarios del Estado incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984.
Sección 4.ª Del personal de las Fuerzas Armadas
Artículo 24. Retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas.
Sección 5.ª De las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
Artículo 25. Retribuciones del personal del Cuerpo de la Guardia Civil. Artículo 26. Retribuciones del Voluntariado Especial de la Guardia Civil. Artículo 27. Retribuciones del personal del Cuerpo Nacional de Policía.
Sección 6.ª De los jueces y fiscales y del personal al servicio de la administración de Justicia
Artículo 28. Retribuciones del personal al servicio de la Administración de Justicia y de determinados miembros de las Carreras Judicial y Fiscal.
Sección 7.ª Otros regímenes retributivos
Artículo 29. Retribuciones del personal de la Seguridad Social. Artículo 30. Retribuciones de los funcionarios de Cuerpos de Sanitarios Locales. Artículo 31. Retribuciones del personal contratado administrativo.
CAPÍTULO II. Otras disposiciones en materia de régimen del personal activo
Sección 1.ª Normas comunes
Artículo 32. Prohibición de ingresos atípicos. Artículo 33. Recompensas, cruces y medallas. Artículo 34. Reconocimiento de compatibilidad. Artículo 35. Otras normas comunes.
Sección 2.ª Del personal funcionario
Artículo 36. Modificación de la Ley 30/1984.
Sección 3.ª Del personal no funcionario
Artículo 37. Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral y no funcionario. Artículo 38. Contratación de personal laboral con cargo a los créditos de inversiones.
TÍTULO IV. De las pensiones públicas
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 39. Concepto de pensiones públicas.
CAPÍTULO II. Determinación inicial de pensiones del Régimen de Clases Pasivas, especiales de guerra y no contributivas de la Seguridad Social
Artículo 40. Determinación inicial de pensiones de Cases Pasivas del Estado. Artículo 41. Determinación inicial de pensiones especiales de guerra. Artículo 42. Determinación inicial de pensiones no contributivas de la Seguridad Social.
CAPÍTULO III. Limitaciones en el señalamiento inicial de pensiones públicas
Artículo 43. Limitación del señalamiento inicial de pensiones públicas.
CAPÍTULO IV. Revalorización y modificación de los valores de pensiones públicas para 1992
Artículo 44. Revalorización y modificación de los valores de pensiones públicas para 1992. Artículo 45. Pensiones no revalorizables para 1992. Artículo 46. Limitación del importe de la revalorización para 1992 de las pensiones públicas.
CAPÍTULO V. Complementos para mínimos
Artículo 47. Limitaciones para el reconocimiento de complementos para mínimos en pensiones de Clases Pasivas y de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local. Artículo 48. Limitaciones para el reconocimiento de los complementos para pensiones inferiores a la mínima en el Sistema de la Seguridad Social e importes de dichas pensiones.
CAPÍTULO VI. Otras disposiciones en materia de pensiones públicas
Artículo 49. Pensiones no concurrentes del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez. Artículo 50. Establecimiento de una paga adicional para los pensionistas de los Regímenes Especiales de Autónomos y Hogar que, en la actualidad, no perciban 14 pagas de pensión al año. Artículo 51. Pago a cuenta de las pensiones de Clases Pasivas. Artículo 52. Modificaciones del texto refundido de Clases Pasivas del Estado.
TÍTULO V. De las operaciones financieras
CAPÍTULO I. Deuda Pública
Artículo 53. Deuda Pública. Artículo 54. Operaciones de crédito autorizadas a Organismos autónomos. Artículo 55. Asunción por el Estado de Deuda del Instituto Nacional de Industria. Artículo 56. Asunción por el Estado de deuda de «Tabacalera, Sociedad Anónima.» Artículo 57. Reconocimiento por el Estado de deuda con la Sociedad estatal «Caja Postal, Sociedad Anónima.» Artículo 58. Información de la evolución de la Deuda del Estado al Ministerio de Economía y Hacienda.
CAPÍTULO II. Avales públicos y otras garantías
Artículo 59. Importe de los avales del Estado. Artículo 60. Avales de los Organismos autónomos y otros Entes públicos. Artículo 61. Dotación para la subrogación del Estado en el reaseguro de riesgos comerciales en el Seguro de Crédito a la Exportación y compensación con la deuda en Seguros Agrarios Combinados. Artículo 62. Avales de Entidades de Crédito de Capital Público Estatal por reconversión. Artículo 63. Fondo de Garantía Complementaria del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. Artículo 64. Información sobre avales públicos otorgados.
CAPÍTULO III. Relaciones del Estado con el Instituto de Crédito Oficial
Artículo 65. Préstamos del Estado al Instituto de Crédito Oficial. Artículo 66. Compensación del Estado al Instituto de Crédito Oficial para la financiación de créditos a la exportación. Artículo 67. Reembolsos del Estado al Instituto de Crédito Oficial. Artículo 68. Otras compensaciones del Estado al Instituto de Crédito Oficial. Artículo 69. Fondo de Ayuda al Desarrollo.
TÍTULO VI. Normas tributarias
CAPÍTULO PRIMERO. Impuestos directos
Sección 1.ª Impuesto sobre Sociedades
Artículo 70. Tipos de gravamen en el Impuesto sobre Sociedades. Artículo 71. Pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades. Artículo 72. Deducciones por inversiones y creación de empleo. Artículo 73. Recurso de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.
Sección 2.ª Impuesto sobre sucesiones y donaciones
Artículo 74. Base liquidable. Artículo 75. Tarifa. Artículo 76. Cuota tributaria.
Sección 3.ª Impuestos locales
Artículo 77. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Artículo 78. Impuesto sobre Actividades Económicas. Artículo 79. Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
CAPÍTULO II. Impuestos indirectos
Sección 1.ª Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y activos jurídicos documentados
Artículo 80. Transmisiones y rehabilitaciones de títulos y grandezas.
Sección 2.ª Impuesto sobre el Valor Añadido
Artículo 81. Tipos de gravamen en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Sección 3.ª Impuestos especiales
Artículo 82. Tipos impositivos de los Impuestos Especiales.
CAPÍTULO III. Otros tributos
Artículo 83. Tasas.
CAPÍTULO IV. Disposiciones en materia de Inspección, Gestión y Recaudación Tributaria
Artículo 84. Número de Identificación Fiscal. Artículo 85. Responsables de la deuda tributaria. Artículo 86. Recaudación en vía de apremio.
TÍTULO VII. De los Entes Territoriales
CAPÍTULO I. Corporaciones Locales
Artículo 87. Participación de los Municipios en los tributos del Estado para el ejercicio de 1992. Artículo 88. Porcentaje de participación de las Provincias, Comunidades Autónomas Uniprovinciales no insulares e Islas, en los tributos del Estado. Artículo 89. Participación de las Provincias, Comunidades Autónomas Uniprovinciales no insulares e Islas, en los tributos del Estado para el ejercicio 1992. Artículo 90. Entregas a cuenta y liquidación definitiva de las participaciones a favor de las Corporaciones Locales. Artículo 91. Subvenciones a las Entidades Locales por servicios de transporte colectivo urbano. Artículo 92. Compensación de los beneficios fiscales concedidos a las personas físicas o jurídicas en los tributos locales, como consecuencia de inundaciones y otras catástrofes. Artículo 93. Otras subvenciones a las Entidades Locales. Artículo 94. Préstamos a favor de las Corporaciones Locales por la supresión de los recursos tributarios definidos en la Ley 24/1983, de 21 de diciembre. Artículo 95. Anticipos a favor de los Ayuntamientos por desfases en la gestión recaudatoria de los Tributos Locales. Artículo 96. Información a suministrar por las Corporaciones Locales. Artículo 97. Retenciones a practicar a los Municipios en aplicación de la Disposición Adicional Decimocuarta de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
CAPÍTULO II. Comunidades Autónomas
Artículo 98. Porcentaje de participación de las Comunidades Autónomas en los ingresos del Estado para el quinquenio 1992-1996, aplicables a partir de 1 de enero de 1992. Artículo 99. Participación de las Comunidades Autónomas en los ingresos del Estado. Artículo 100. Liquidación definitiva de la participación de las Comunidades Autónomas en los Ingresos del Estado para 1991. Artículo 101. Transferencias a Comunidades Autónomas correspondientes al coste de los nuevos servicios traspasados. Artículo 102. Fondo de Compensación Interterritorial.
TÍTULO VIII. Disposiciones sobre la Organización y los sistemas de gestión económico-financiera del Sector Público
CAPÍTULO I. Disposiciones Generales
Artículo 103. Reordenación de Organismos autónomos y Entidades públicas.
CAPÍTULO II. De los Organismos autónomos
Artículo 104. Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
CAPÍTULO III. De las Sociedades Estatales y otros Entes Públicos
Artículo 105. Recursos propios del Instituto de Crédito Oficial. Artículo 106. Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Artículo 107. Instituto Nacional de Industria. Artículo 108. Red Nacional de Ferrocarriles Españoles. Artículo 109. Consejo Económico y Social. Artículo 110. Sociedad Estatal de Promoción y Equipamiento de Suelo (SEPES).
CAPÍTULO IV. De la Seguridad Social
Artículo 111. Cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional en 1992.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Garantía del Estado para obras de interés cultural. D.A. 2ª. Seguimiento de objetivos. D.A. 3ª. Asignación tributaria a fines religiosos y otros. D.A. 4ª. Programas para la ejecución de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial. D.A. 5ª. Plan de recuperación de espacios en edificios judiciales. D.A. 6ª. Seguro de crédito a la exportación. D.A. 7ª. Interés legal del dinero. D.A. 8ª. Provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. D.A. 9ª. Régimen Especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y de los Funcionarios de la Administración de Justicia. D.A. 10ª. Prestaciones económicas de la Seguridad Social por hijo a cargo. D.A. 11ª. Pensiones asistenciales y subsidios económicos de la Ley 13/1982, de Integración Social de los Minusválidos. D.A. 12ª. Pensiones causadas por determinado personal. D.A. 13ª. Depósitos y garantías para la exploración, Investigación y explotación de hidrocarburos. D.A. 14ª. Determinación del índice de evolución del gasto equivalente. D.A. 15ª. Publicación de relación de operadores de comercio exterior. D.A. 16ª. Modificación de la Ley 82/1980, de 30 de diciembre. D.A. 17ª. Modificación de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas. D.A. 18ª. Indemnizaciones a favor de quienes sufrieron prisión como consecuencia de los supuestos contemplados en la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía. D.A. 19ª. Prestaciones extraordinarias por actos de terrorismo. D.A. 20ª. Instituto Nacional de Hidrocarburos. D.A. 21ª. Exclusión de amnistías y regularizaciones fiscales. D.A. 22ª. Sorteo especial de Lotería Nacional a favor de la Asociación Española contra el Cáncer. D.A. 23ª. Régimen tributario del Canal de Isabel II y SEPES. D.A. 24ª. Retribuciones del personal activo. D.A. 25ª. Personal laboral del Consejo Superior de Deportes. D.A. 26ª. Régimen fiscal de las Entidades deportivas. D.A. 27ª. Actas extendidas o promovidas por los controladores laborales. D.A. 28ª. Pensiones extraordinarias causadas por actos terroristas. D.A. 29ª. Integración de determinado personal en los Cuerpos de funcionarios docentes. D.A. 30ª. Revisión salarial.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Relaciones de puestos de trabajo. D.T. 2ª. Indemnización por residencia del personal al servicio del Sector Público no sometido a legislación laboral. D.T. 3ª. Régimen Especial de la Seguridad Social de los funcionarios de la Administración Local. D.T. 4ª. Pase a retirado del personal perteneciente al Cuerpo de Mutilados de Guerra por la Patria. D.T. 5ª. Régimen de jubilación voluntaria de los funcionarios docentes. D.T. 6ª. Impuestos Especiales. D.T. 7ª. Fondo de solidaridad. D.T. 8ª. Prorroga del plazo establecido en la Disposición Transitoria Tercera del Real Decreto-ley 2/1986, de 23 de mayo. D.T. 9ª. Gestión del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Plan de Empleo Rural. D.F. 2ª. Subvenciones en materia de Cooperación Internacional. D.F. 3ª. Autorización al Presidente del Gobierno en materia de reestructuraciones administrativas. D.F. 4ª. Autorización al Ministerio de Economía y Hacienda en relación al establecimiento de sistemas de información. D.F. 5ª. Autorización para aprobar el texto refundido de las disposiciones estatales vigentes sobre suelo y ordenación urbana. D.F. 6ª. Administración Turística Española. D.F. 7ª. Centros sanitarios del Instituto Nacional de la Salud.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Normas sobre organización y régimen del Crédito Oficial ANEXO I. Distribución por programas ANEXO II. Créditos ampliables ANEXO III. Operaciones de crédito autorizadas a Organismos Autónomos y Entes Públicos ANEXO IV. Asunción de deuda del INI con efectos de 1 de enero de 1992 ANEXO V. Asunción de deuda de Tabacalera, Sociedad Anónima ANEXO VI. Módulos económicos de distribución de Fondos Públicos para sostenimiento de Centros concertados ANEXO VII. Costes de personal de las Universidades de competencia de la Administración del Estado CUADROS RESUMEN DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1992