Legislación
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LEY 35/2007, de 15 de noviembre, por la que se establece la deduccion por nacimiento o adopcion en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas y la prestacion economica de pago unico de la Seguridad Social por nacimiento o adopcion. - Boletín Oficial del Estado de 16-11-2007

Tiempo de lectura: 4 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2011

F. entrada en vigor: 16/11/2007

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 275

F. Publicación: 16/11/2007


Preambulo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Personas beneficiarias. Artículo 3. Instrumentación e importe. Artículo 4. Plazo y procedimiento para su solicitud. Artículo 5. Competencia para la gestión y administración de la prestación no contributiva de la Seguridad Social.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Nacimientos y adopciones que dan derecho a la presente ayuda. D.A. 2ª. Contribuyentes a los que resulte aplicable la normativa foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. D.A. 3ª. Coordinación con las Comunidades Autónomas. D.A. 4ª. Políticas tendentes a la escolarización de cero a tres años. D.A. 5ª. Políticas tendentes al desarrollo de la conciliación de la vida laboral, personal y familiar. D.A. 6ª. Perspectiva de género. D.A. 7ª. Convenios de financiación de centros y servicios que posibiliten la red de escuelas infantiles en el tramo de cero a tres años.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Comunicaciones presentadas antes de la entrada en vigor de esta Ley.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificaciones de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de los no Residentes y sobre el Patrimonio. D.F. 2ª. Modificaciones de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio. D.F. 3ª. Habilitación normativa. D.F. 4ª. Entrada en vigor.