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LEY 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenacion del Territorio y Proteccion del Paisaje. [2004/6916] - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 02-07-2004

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Ambito: Comunidad Valenciana

Estado: DEROGADO. Desde 20 de Agosto de 2014 por LEY 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenacion del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana.

F. entrada en vigor: 03/07/2004

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 4788

F. Publicación: 02/07/2004


TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley. Artículo 2. Objetivos. Artículo 3. Colaboración y vinculación.
TÍTULO I. CRITERIOS DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO.
Artículo 4. Alcance.
CAPÍTULO I. CALIDAD DE VIDA DE LOS CIUDADANOS.
Artículo 5. Mejora de entornos urbanos. Artículo 6. Accesibilidad del ciudadano en el entorno urbano. Artículo 7. Movilidad urbana y transporte público. Artículo 8. Equipamientos y dotaciones públicas. Artículo 9. Acceso a la vivienda. Artículo 10. Participación ciudadana.
CAPÍTULO II. DESARROLLO SOSTENIBLE.
Artículo 11. Protección del paisaje. Artículo 12. Utilización racional de los recursos naturales. Artículo 13. Utilización racional del suelo. Artículo 14. Prevención de riesgos naturales o inducidos. Artículo 15. Ordenación del litoral. Artículo 16. Aprovechamientos minerales y energéticos. Artículo 17. Uso eficiente de los recursos hídricos. Artículo 18. Protección de la calidad de los recursos hídricos. Artículo 19. Uso sostenible del agua. Artículo 19 bis. Infraestructura Verde de la Comunitat Valenciana. Artículo 20. Protección del medio natural. Artículo 21. Conservación y puesta en valor del patrimonio cultural. Artículo 22. Revitalización del patrimonio rural. Artículo 23. Implantación de infraestructuras. Artículo 24. Incremento de la eficiencia de los recursos energéticos.
TÍTULO II. PROTECCIÓN Y ORDENACIÓN DEL PAISAJE.
CAPÍTULO I. OBJETIVOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
Artículo 25. Objetivos. Artículo 26. Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. POLÍTICAS DE PAISAJE.
Artículo 27. Políticas en materia de paisaje. Artículo 28. Fines de las acciones públicas. Artículo 29. Acciones.
CAPÍTULO III. INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN PAISAJÍSTICA.
Artículo 30. Instrumentos de ordenación y gestión del paisaje. Artículo 31. Estudios de paisaje. Artículo 32. Objeto de los estudios de paisaje. Artículo 33. Normas generales de integración paisajística en la planificación territorial y urbanística. Artículo 34. Normas de aplicación directa en medio rural. Artículo 35. Normas en relación con el paisaje urbano. Artículo 36. Programas de imagen urbana.
TÍTULO III. INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL.
CAPÍTULO I. ESTRATEGIA TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.
Artículo 37. Concepto y ámbito. Artículo 38. Contenido de la Estrategia Territorial de la Comunidad Valenciana. Artículo 39. Documentación. Artículo 40. Formulación. Artículo 41. Tramitación y aprobación. Artículo 42. Publicación y vigencia.
CAPÍTULO II. PLANES DE ACCIÓN TERRITORIAL.
SECCIÓN I. REGLAS COMUNES.
Artículo 43. Concepto y ámbito. Artículo 44. Tipos. Artículo 45. Suspensión de licencias. Artículo 46. Aprobación definitiva y efectos. Artículo 47. Publicación y vigencia.
SECCIÓN II. PLANES DE ACCIÓN TERRITORIAL INTEGRADOS.
Artículo 48. Contenido. Artículo 49. Definición de objetivos. Artículo 50. Análisis territorial. Artículo 51. Diagnóstico del territorio. Artículo 52. Estrategias del plan. Artículo 53. Documentación. Artículo 54. Relación de los planes de acción territorial integrados con otros instrumentos de ordenación territorial y urbanística. Artículo 55. Formulación y tramitación.
SECCIÓN III. PLANES DE ACCIÓN TERRITORIAL SECTORIALES.
Artículo 56. Contenido. Artículo 57. Determinaciones. Artículo 58. Documentación. Artículo 59. Relación de los planes de acción territorial sectoriales con otros instrumentos de ordenación territorial y urbanística. Artículo 60. Formulación y tramitación.
CAPÍTULO III. SISTEMA DE INFORMACIÓN TERRITORIAL.
Artículo 61. Instrumentos al servicio del sistema de información territorial. Artículo 62. El Sistema de Información Territorial. Artículo 63. Obligatoriedad del Sistema de Información Territorial. Artículo 64. Cooperación y garantías estadísticas.
CAPÍTULO IV. INSTITUTO DEL PAISAJE DE LA GENERALITAT.
Artículo 65. Objeto y régimen jurídico.
Artículo 66. Funciones.
Artículo 67. Organización del Instituto del Paisaje de la Generalitat.
Artículo 68. Recursos económicos, patrimonio y personal.
TÍTULO IV. GESTIÓN TERRITORIAL.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 69. Objeto de la gestión territorial. Artículo 70. Finalidades de los poderes públicos para la gestión del territorio. Artículo 71. Instrumentos de gestión territorial.
CAPÍTULO II. ACCIONES PARA LA SOSTENIBILIDAD Y CALIDAD DE VIDA.
Artículo 72. Objeto, fines y ámbito.
SECCIÓN I. PROGRAMAS PARA LA SOSTENIBILIDAD Y PARA LA CALIDAD DE VIDA.
Artículo 73. Funciones. Artículo 74. Iniciativa y gestión. Artículo 75. Documentación y contenido. Artículo 76. Tramitación.
SECCIÓN II. PROYECTOS PARA LA SOSTENIBILIDAD Y PARA LA CALIDAD DE VIDA.
Artículo 77. Funciones. Artículo 78. Promoción. Artículo 79. Documentación y contenido de los proyectos. Artículo 80. Tramitación.
CAPÍTULO III. UMBRALES DE SOSTENIBILIDAD.
Artículo 81. Sistema de indicadores territoriales y ambientales. Umbrales. Artículo 82. Planificación urbanística sostenible.
CAPÍTULO IV. CUOTAS DE SOSTENIBILIDAD.
Artículo 83. Cuotas de sostenibilidad. Artículo 84. Cuotas de sostenibilidad derivadas de la gestión urbanística. Artículo 85. Cuotas de sostenibilidad derivadas de actuaciones en suelo no urbanizable. Artículo 86. Gestión de los patrimonios públicos de suelo. Artículo 87. Cuotas de sostenibilidad derivadas de la implantación de infraestructuras.
CAPÍTULO V. FONDO PARA LA EQUIDAD TERRITORIAL.
Artículo 88. Fondo para la Equidad Territorial.
TÍTULO V. GOBERNANZA DEL TERRITORIO Y PAISAJE.
Artículo 89. Principios de gobernanza. Artículo 90. Concertación y armonización de las competencias administrativas con transcendencia territorial. Artículo 91. Competencias del Consell de la Generalitat en materia de ordenación territorial y paisaje. Artículo 92. Competencias de la Conselleria competente en materia de territorio, medio ambiente y urbanismo. Artículo 93. Otros órganos de la Generalitat. Artículo 94. Competencias de la administración local. Artículo 95. Ordenación del territorio mediante la planificación urbanística. Artículo 96. Determinaciones de ordenación territorial en el planeamiento municipal. Artículo 97. Adecuación de los planes municipales a los instrumentos de ordenación del territorio. Artículo 98. Seguimiento de otros instrumentos con incidencia territorial y resolución de conflictos. Artículo 99. Cauces de participación. Artículo 100. Juntas de participación de territorio y paisaje.
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Referencias entre normas legales. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Avances de los instrumentos de ordenación del territorio. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Derechos de tanteo y retracto urbanístico. DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Nueva redacción del artículo 10 de la Ley 6/1994, de 15 de noviembre, de la Generalitat, Reguladora de la Actividad Urbanística. DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Declaración de utilidad pública. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Proyectos de infraestructuras de especial relevancia. DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA. Emisión de informes por la administración de la Generalitat y las entidades locales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Régimen transitorio de los procedimientos. DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Régimen transitorio de las previsiones de evaluación ambiental estratégica. DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA. Fijación de umbrales. DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA. Adecuación de los planes municipales a los instrumentos de ordenación del territorio. DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA. Reclasificaciones de suelo.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
DISPOSICIÓN DEROGATORIA PRIMERA. Derogación de normas. DISPOSICIÓN DEROGATORIA SEGUNDA. Cláusula general de derogación.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Desarrollo y aplicación de la Ley. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Entrada en vigor.