Legislación
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Ley de Cantabria 4/2008, de 24 de noviembre, por la que se crea la Agencia Cántabra de Administración Tributaria. - Boletín Oficial de Cantabria de 02-12-2008

Tiempo de lectura: 9 min

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Ambito: Cantabria

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022

F. entrada en vigor: 03/12/2008

Órgano emisor: PARLAMENTO DE CANTABRIA

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 233

F. Publicación: 02/12/2008


PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Sección 1.ª Creación, naturaleza y régimen jurídico de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria
Artículo 1. Creación y naturaleza jurídica de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria. Artículo 2. Adscripción y control. Artículo 3. Régimen jurídico. Artículo 4. Convenios de colaboración. Artículo 5. Contrato de gestión y plan de acción anual.
Sección 2.ª Funciones, competencias y principios generales de actuación de la Agencia
Artículo 6. Organización y competencias de la Administración tributaria de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 7. Funciones y competencias de la Agencia. Artículo 8. Principios generales de organización y actuación de la Agencia. Artículo 9. Ingreso de la recaudación de la Agencia en la Tesorería de la Comunidad Autónoma.
CAPÍTULO II. Organización
Artículo 10. Órganos de la Agencia. Artículo 11. La Presidencia. Artículo 12. Del Consejo Rector. Artículo 13. La Dirección. Artículo 14. El Comité Ejecutivo. Artículo 15. Oficina para la Defensa del Contribuyente.
CAPÍTULO III. Funcionamiento y recursos
Sección 1.ª Personal
Artículo 16. Personal de la Agencia. Artículo 17. La oferta pública de empleo. Artículo 18. Procedimientos de selección. Artículo 19. Personal funcionario de carácter directivo. Artículo 20. Formación del personal. Artículo 21. Estructura y puestos de trabajo. Artículo 22. Procedimientos de provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal.
Sección 2.ª Contratación y patrimonio
Artículo 23. Contratación. Artículo 24. Patrimonio.
Sección 3.ª Medios económico-financieros
Artículo 25. Recursos económicos.
CAPÍTULO IV. Régimen presupuestario, de contabilidad y control
Artículo 26. Propuesta del presupuesto de la Agencia. Artículo 27. Estructura, contenido y modificación del presupuesto. Artículo 28. Ejecución del Presupuesto y Pago material de las obligaciones. Artículo 29. Contabilidad. Artículo 30. Control.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Creación de la Escala Tributaria del Cuerpo Superior de Inspectores de Finanzas. D.A. 2ª. Creación de la Escala Tributaria del Cuerpo Técnico de Finanzas. D.A. 3ª. Creación de la Escala de Analista de Informática Tributaria del Cuerpo Facultativo Superior. D.A. 4ª. Creación de la Escala de Técnico de Gestión de Sistemas Informáticos Tributarios del Cuerpo de Diplomados y Técnicos medios. D.A. 5ª. Régimen de adscripción del personal. D.A. 6ª. Implantación del sistema de anticipo de caja fija. D.A. 7ª. Gestión de datos de carácter personal.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Asunción efectiva de funciones por la Agencia. D.T. 2ª. Régimen de Integración en las Escalas de nueva creación. D.T. 3ª. Régimen transitorio contable, patrimonial, de tesorería y presupuestario.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Constitución y puesta en funcionamiento de la Agencia. D.F. 2ª. Referencias normativas a las funciones de la Agencia. D.F. 3ª. Desarrollo normativo. D.F. 4ª. Entrada en vigor.