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LEY 4/2017, de 10 de mayo, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017 - Boletín Oficial de Aragón de 17-05-2017

Tiempo de lectura: 17 min

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Ambito: Aragón

Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Mayo de 2017

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ARAGON

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 92

F. Publicación: 17/05/2017

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
TÍTULO I. DE LA APROBACIÓN Y CONTENIDO DE LOS PRESUPUESTOS
Artículo 1.- Aprobación y contenido. Artículo 2.- Beneficios fiscales. Artículo 3.- Actualización de las tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
TÍTULO II. DE LOS CRÉDITOS Y SUS MODIFICACIONES
Artículo 4.- Control de las Cortes de Aragón. Artículo 5.- Control de las Cortes de Aragón sobre operaciones financieras. Artículo 6.- Vinculación de los créditos. Artículo 7.- Imputación de gastos. Artículo 8.- Créditos ampliables. Artículo 9.- Transferencias de crédito. Artículo 10.- Incorporación de remanentes de crédito. Artículo 11.- Habilitación de aplicaciones presupuestarias. Artículo 12.- Garantía presupuestaria de los recursos afectados. Artículo 13.- Ajustes en los estados de gastos e ingresos del presupuesto. Artículo 14.- Normas generales relativas a los expedientes de modificación de créditos.
TÍTULO III. DE LA GESTIÓN DEL PRESUPUESTO
Artículo 15.- Reglas sobre los proyectos normativos y acuerdos que contengan compromisos financieros. Artículo 16.- Gestión de los créditos finalistas y cofinanciados. Artículo 17.- Autorización para adquirir compromisos de ejercicios futuros. Artículo 18.- Transferencias a organismos públicos.
TÍTULO IV. DE LOS CRÉDITOS DE PERSONAL
CAPÍTULO I. Regímenes Retributivos
Artículo 19.- Normas básicas en materia de gastos de personal. Artículo 20.- Retribuciones de los miembros del Gobierno, de los Directores Generales y asimilados, del personal eventual y de otro personal directivo. Artículo 21.- Conceptos retributivos, devengo y cuantías aplicables a los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en los términos de la disposición final cuarta del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Artículo 22.- Personal docente no universitario. Artículo 23.- Complemento de productividad y gratificaciones. Artículo 24.- Complemento personal transitorio. Artículo 25.- Retribuciones del personal laboral. Artículo 26.- Retribuciones de los funcionarios interinos. Artículo 27.- Retribuciones del personal estatutario. Artículo 28.- Retribuciones complementarias del personal al servicio de la Administración de Justicia. Artículo 29.- Retribuciones del personal de las sociedades mercantiles autonómicas.
CAPÍTULO II. Otras disposiciones en materia de régimen de personal activo
Artículo 30.- Anticipos de retribuciones. Artículo 31.- Prohibición de ingresos atípicos. Artículo 32.- Provisión de puestos reservados a representantes sindicales. Artículo 33.- Normas generales sobre ordenación y provisión de puestos de trabajo. Artículo 34.- Estabilización de empleo.
TÍTULO V. DE LAS TRANSFERENCIAS A ENTIDADES LOCALES Y DE LAS ACTUACIONES DE POLÍTICA TERRITORIAL
Artículo 35.- Normas de gestión del Fondo Local de Aragón. Artículo 36.- Programas de apoyo a la Administración Local y de Política Territorial.
TÍTULO VI. DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS
Artículo 37.- Alcance y contenido de las operaciones de endeudamiento. Artículo 38.- Operaciones financieras de organismos públicos, empresas y demás entes pertenecientes al sector público de la Comunidad Autónoma. Artículo 39.- Otorgamiento de avales y garantías. Artículo 40.- Límite para los contratos de reafianzamiento y aval con las sociedades de garantía recíproca. Artículo 41.- Incentivos regionales.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.- Gestión del presupuesto de las Cortes de Aragón. D.A. 2ª.- Normas a las que ha de ajustarse la concesión de subvenciones. D.A. 3ª.- Subsidiación de intereses de empresas. D.A. 4ª.- Información sobre gestión presupuestaria a la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública de las Cortes de Aragón. D.A. 5ª.- Fondo de Acción Social en favor del personal. D.A. 6ª.- Subvenciones sindicales. D.A. 7ª.- Reducción de retribuciones del Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio. D.A. 8ª.- Adecuación retributiva. D.A. 9ª.- Gestión de los créditos de la Sección 30. D.A. 10ª.- Anticipos de subvenciones en materia de servicios sociales y sanitarios. D.A. 11ª.- Ayudas sociales a pacientes hemofílicos afectados por virus de la hepatitis C (VHC). D.A. 12ª.- Ingreso Aragonés de Inserción. D.A. 13ª.- Ayuda a los países más desfavorecidos. D.A. 14ª.- Rendición y contenido de cuentas. D.A. 15ª.- Compensación por iniciativas legislativas populares. D.A. 16ª.- Transferencias corrientes a las entidades locales aragonesas para la gestión de los servicios sociales. D.A. 17ª.- Política demográfica. D.A. 18ª.- Fondo Municipal de Aragón. D.A. 19ª.- Administraciones comarcales. D.A. 20ª.- Programas finalistas de servicios sociales. D.A. 21ª.- Tarifa del Impuesto sobre la contaminación de las aguas. D.A. 22ª.- Retribuciones del personal sanitario en formación por el sistema de residencia. D.A. 23ª.- Unidad de la Policía Nacional adscrita a la Comunidad Autónoma de Aragón. D.A. 24ª.- Extensión de los nombramientos del personal funcionario interino docente. D.A. 25ª.- Enseñanza concertada. D.A. 26ª.- Justificación de costes indirectos por parte de la Universidad de Zaragoza. D.A. 27ª.- Reservas sociales de contratos para el año 2017. D.A. 28ª.- Prolongación de la permanencia en el servicio activo. D.A. 29ª.- Recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón. D.A. 30ª.- Autorización para la prestación de garantía a favor de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión y sus sociedades. D.A. 31ª.- Procedimiento para la compensación a las universidades de los gastos de matrícula de los alumnos beneficiarios de las becas y ayudas al estudio concedidas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y no financiada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. D.A. 32ª.- Construcción de nuevas infraestructuras. D.A. 33ª.- Extinción de deudas y cobro de créditos. D.A. 34ª.- Número de dotaciones de personal funcionario, eventual y laboral. D.A. 35ª.- Fondo de compensación a Ayuntamientos en municipios incluidos en áreas de Espacios Naturales Protegidos de Aragón.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.- Indemnizaciones por razón de servicio. D.T. 2ª.- Subvenciones a cámaras agrarias de Aragón. D.T. 3ª.- Recuperación de las cuantías del Ingreso Aragonés de Inserción.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA.- Entrada en vigor. ANEXO I ANEXO II ANEXO III ANEXO IV